| Fecha de publicación | Prestador | Título | Resumen y modificaciones | Materia |
|---|---|---|---|---|
| 15/01/2026 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal San Miguel | Descargar 83 KB PDF | Imponer al prestador “INTEGRAMEDICA SAN MIGUEL, una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/01/2026 | Descargar 898 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Varas, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 27/01/2026 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Vitacura, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/01/2026 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 800 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Mayor Temuco, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 14/01/2026 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 09/12/2025 | Clínica Oftalmológica IOPA Santiago | Descargar 83 KB PDF | Imponer al prestador “CLÍNICA OFTALMOLÓGICA IOPA SANTIAGO” una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/12/2025 | Descargar 83 KB PDF | Imponer al prestador “CLÍNICA OFTALMOLÓGICA IOPA PROVIDENCIA” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 18/12/2025 | Descargar 863 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 35 Unidades de Fomento a Clínica Los Carrera, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 750 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Ciudad del Mar, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 800 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Providencia, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 575 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 20 Unidades de Fomento a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 941 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 959 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Viña del Mar, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 25 Unidades de Fomento a Clínica Bupa Reñaca, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 879 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 25 Unidades de Fomento a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/12/2025 | Descargar 857 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 20 Unidades de Fomento a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/12/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 30 Unidades de Fomento a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/12/2025 | Descargar 628 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 35 Unidades de Fomento a Clínica Los Carrera, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 24/11/2025 | Descargar 770 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Concepción, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/08/2025 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago Ex Bicentenario, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 12/08/2025 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 12/08/2025 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Rancagua, también conocida como Clínica Salud Integral, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 14/08/2025 | Descargar 85 KB PDF | Imponer al prestador “San José Interclínica (ex Clínica San José – Arica)”, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 14/08/2025 | Centro Médico San Joaquín | Descargar 81 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO SAN JOAQUÍN (CEDIUC)” una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/08/2025 | Centro Médico Vidaintegra de Puente Alto | Descargar 79 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO VIDAINTEGRA PUENTE ALTO” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/08/2025 | Centro Médico Dávila Maipú | Descargar 101 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO DÁVILA MAIPÚ” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/08/2025 | Cesfam Villa Francia | Descargar 84 KB PDF | AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR VILLA FRANCIA”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/08/2025 | Medicenter La Florida | Descargar 74 KB PDF | Imponer al prestador “CENTROS MÉDICOS MEDICENTER” (La Florida), una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/07/2025 | medicenter Recoleta | Descargar 74 KB PDF | Imponer al prestador “MEDICENTER RECOLETA”, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/07/2025 | Centro Médico Dávila Las Condes | Descargar 82 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO DÁVILA LAS CONDES” una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2025 | Descargar 75 KB PDF | Imponer al prestador “FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA LOS ANDES”, de la Serena, una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 22/07/2025 | Centro Médico Rancagua UC Christus | Descargar 76 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO RANCAGUA UC CHRISTUS” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2025 | Clínica Fleming de Talca | Descargar 73 KB PDF | Imponer al prestador “CLÍNICA FLEMING DE TALCA” una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2025 | Centro Médico Clínica Santa María Vitacura | Descargar 73 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO CLÍNICA SANTA MARÍA VITACURA” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2025 | Centro Médico Libertad Clínica Ciudad del Mar | Descargar 57 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO LIBERTAD CLÍNICA CIUDAD DEL MAR” una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2025 | Centro Médico y Dental Red Salud Alameda | Descargar 73 KB PDF | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO Y DENTAL RED SALUD ALAMEDA” una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en elación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/07/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt SpA, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 09/07/2025 | Descargar 736 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Elqui, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 02/07/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Iquique, por una infracción del artículo 173, inciso Séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 30/06/2025 | CESFAM Dr. Agustín Cruz Melo | Descargar 90 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Agustín Cruz Melo”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/06/2025 | CESFAM Enfermera Sofía Pincheira | Descargar 126 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Enfermera Sofía Pincheira”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/06/2025 | CESFAM Nuevo Horizonte | Descargar 74 KB PDF | AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR NUEVO HORIZONTE”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/06/2025 | CESFAM N°5 | Descargar 80 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar N°5”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/06/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 12/06/2025 | CESFAM Dr. Fernando Maffioletti | Descargar 80 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Dr. Fernando Maffioletti”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2025 | CESFAM Dr. Raúl Yazigi | Descargar 79 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Dr. Raúl Yazigi”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2025 | CESFAM N°1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo | Descargar 63 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar N°1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2025 | CESFAM El Roble | Descargar 69 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar El Roble”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2025 | Centro Comunitario de Salud Mental de Melipilla | Descargar 53 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro Comunitario de Salud Mental de Melipilla”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2025 | Centro de Salud Familiar Dr. Mario Salcedo Sepúlveda | Descargar 56 KB PDF | AMONESTAR al prestador “CENTRO DE SALUD FAMILIAR DR. MARIO SALCEDO”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2025 | CESFAM El Sauce | Descargar 57 KB PDF | AMONESTAR al prestador “CENTRO DE SALUD FAMILIAR EL SAUCE”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2025 | CESFAM Dr. José Symon Ojeda | Descargar 76 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro Comunitario de Salud Familiar Dr. José Symon Ojeda”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/06/2025 | CESFAM Cerro Esmeralda | Descargar 56 KB PDF | AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR CERRO ESMERALDA”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2025 | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Sanatorio Alemán, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/05/2025 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 750 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/05/2025 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/05/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica Andes Salud Puerto Montt, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/05/2025 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/05/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 141, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/05/2025 | CESFAM Eduardo Frei Montalva | Descargar 57 KB PDF | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Eduardo Frei Montalva (La Cisterna)”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2025 | CESFAM Dr. Alberto Bachelet | Descargar 75 KB PDF | Se AMONESTA al prestador “Centro de Salud Familiar Alberto Bachelet Martínez”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/04/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 642 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Lircay, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Ciudad del Mar S.A., por una infracción del artículo 173, inciso Séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 760 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 887 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica San Carlos de Apoquindo Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 624 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila Vespucio, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 641 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 900 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 613 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 625 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/04/2025 | Descargar 740 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
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| 27/03/2025 | Descargar 671 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Viña del Mar, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 27/03/2025 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 20/03/2025 | Descargar 851 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 20/03/2025 | Descargar 662 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Instituto Oncológico Fundación Arturo López Pérez, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
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| 20/03/2025 | Descargar 816 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 20/03/2025 | Descargar 818 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 20/03/2025 | Descargar 654 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Puerto Montt, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 20/03/2025 | Descargar 663 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Nueva Cordillera, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 20/03/2025 | Descargar 650 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 27/02/2025 | Descargar 599 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Varas, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 21/02/2025 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Sanatorio Alemán, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 20/02/2025 | Descargar 622 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/02/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Las Condes Peñalolén, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/02/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo,, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/02/2025 | Descargar 662 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 18/02/2025 | Descargar 618 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 30/01/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 100 Unidades de Fomento a Cima Salud por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N°20.584 |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 21/01/2025 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Valparaíso, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 10/02/2025 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Colonial, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 10/02/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 07/02/2025 | Descargar 703 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 07/02/2025 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica El Loa, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 06/02/2025 | Descargar 781 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 06/02/2025 | Descargar 753 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Hospital del Trabajador, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 06/02/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Madre e Hijo, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 30/01/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 29/01/2025 | Descargar 890 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/01/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 23/01/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 23/01/2025 | Descargar 741 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 21/01/2025 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
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| 17/12/2024 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Fusat, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 17/12/2024 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 13/12/2024 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica Redsalud Vitacura, por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 13/12/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 13/12/2024 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica La Portada, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 899 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 1.021 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Magallanes, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 699 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 843 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Vitacura, por una infracción del artículo 141, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica Vidaestética por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N°20.584 |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 11/12/2024 | Descargar 908 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 10 Unidades Tributarias Mensuales a CAL-MED Limitada por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 846 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 100 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Rancagua, por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/12/2024 | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Mutual de Seguridad CChC, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 28/11/2024 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 25/11/2024 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 23/09/2024 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 23/09/2024 | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Rancagua, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/08/2024 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/08/2024 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 31/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 141 , inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 26/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 26/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 24/07/2024 | Descargar 11 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 22/07/2024 | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 22/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico FUSAT, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 22/07/2024 | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/07/2024 | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico FUSAT, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
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| 17/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
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| 17/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila Vespucio, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 17/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila Vespucio, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 17/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila Vespucio, por una infracción del artículo 141, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 17/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Magallanes, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 12/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Vitacura, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 12/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Mayor Temuco, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 10/07/2024 | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 08/07/2024 | Descargar 658 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 08/07/2024 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Providencia, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 08/07/2024 | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 08/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 08/07/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Los Carrera, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 29/04/2024 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salu UC Christus, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 24/04/2024 | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 23/04/2024 | Descargar 971 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 10 Unidades de Fomento a Integraldent Los Andes, por una infracción del artículo 38, inciso N°4, de la Ley 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 23/04/2024 | Descargar 14 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Fundación El Teniente (FUSAT), por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 19/04/2024 | Descargar 986 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 10 Unidades de Fomento a Clínica Everest Sucursal Huechuraba, por una infracción del artículo 38, inciso N°4, de la Ley 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 19/04/2024 | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 10 Unidades de Fomento a Clínica Dental Quinteros, por una infracción del artículo 38, inciso N°4, de la Ley 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 20/02/2024 | Clínica El Elqui | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional del Elqui, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 02/02/2024 | Clínica Puerto Montt | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt SpA, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 12/01/2024 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 59 KB PDF | Se impone una multa 150 U.F. (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica RedSalud Valparaíso, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 02/01/2024 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 94 KB PDF | Se acoge parcialmente el recurso de reposición presentado por el Hospital Clínico Mutual de Seguridad C.Ch.C., en contra de la Resolución Exenta IF/N° 175 de fecha 26 de abril de 2023, rebajándose la multa impuesta a 300 UF (trescientas unidades de fomento). |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 21/12/2023 | Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile General Dr. Raúl Yazigi J. | Descargar 99 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile General Dr. Raúl Yazigi J., por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/12/2023 | Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río | Descargar 57 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/12/2023 | Hospital Clínico Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaria | Descargar 58 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Clínico de Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaria, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/12/2023 | Hospital de Castro | Descargar 110 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital de Castro Dr. Augusto Riffart, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/11/2023 | Hospital Regional de Coyhaique | Descargar 73 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Regional de Coyhaique, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/11/2023 | Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames | Descargar 57 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Regional de Iquique Dr. Ernesto Torres Galdames, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/11/2023 | Hospital Dr. César Garavagno Burotto de Talca | Descargar 83 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Regional de Talca Dr. César Garavagno Burotto, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/11/2023 | Hospital Carlos Van Buren | Descargar 57 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Dr. Carlos Van Büren, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2023 | Clínica Lircay | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Lircay, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 10/11/2023 | Hospital Regional de Rancagua | Descargar 32 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Regional de Rancagua, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/10/2023 | Hospital Militar de Santiago | Descargar 64 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Militar de Santiago, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/09/2023 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 78 KB PDF | Se impone una multa de 50 UTM (cincuenta unidades tributarias mensuales) al prestador Clínica Redsalud Valparaíso, por incumplimiento del deber de otorgamiento de los tratamientos incorporados al sistema de protección financiera para tratamientos de alto costo a los beneficiarios de la Ley 20.850. Además se le impone una multa de 100 UTM (cien unidades tributarias mensuales), por incumplimiento de la obligación de informar a los beneficiarios de la Ley 20.850, la confirmación de un diagnóstico o tratamiento de alto costo. |
Infracción a la Ley de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo |
| 27/09/2023 | Hospital Base Valdivia | Descargar 63 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Hospital Base de Valdivia, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/09/2023 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Valparaíso, por una infracción del artículo 173, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 31/08/2023 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/06/2023 | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 10 Unidades de Fomento a Implantología y Ortodoncia Dental Group Providencia, por una infracción del artículo 38, inciso N°4, de la Ley 20.584, por el incumplimiento oportuno y total de las órdenes impartidas en la Resolución Exenta IP/N°3201, de 9 de agosto de 2022. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 29/06/2023 | Hospital Clínico del Sur | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico del Sur, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/06/2023 | Clínica Oftalmológica IOPA | Descargar 67 KB PDF | Se impone una multa 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) al prestador Instituto Oftalmológico Profesor Arentsen (Clínica Oftalmológica IOPA), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/06/2023 | Clínica Oftalmológica IOPA Santiago Centro | Descargar 68 KB PDF | Se impone una multa 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) al prestador Instituto Oftalmológico Profesor Arentsen Huérfanos (Clínica Oftalmológica IOPA Santiago), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/06/2023 | Clínica Universidad de Chile Quilín | Descargar 67 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Clínica Universidad de Chile Quilín, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/04/2023 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 58 KB PDF | Se impone una multa 400 U.F. (cuatrocientas unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico Mutual de Seguridad C.CH.C, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 21/04/2023 | Clínica Dávila Vespucio | Descargar 85 KB PDF | Se impone una multa de 150 U.F. (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Dávila Vespucio, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 27/03/2023 | Hospital del Trabajador | Descargar 61 KB PDF | Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador Hospital del Trabajador, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 27/02/2023 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 10 Unidades de Fomento a Asociación de Dializados y Trasplantados de Chile, por una infracción del artículo 38, inciso N°4, de la Ley 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 27/02/2023 | Clínica Sanatorio Alemán | Descargar 9 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Sanatorio Alemán, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/01/2023 | Clínica El Loa | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica El Loa S.A., por una infracción del artículo 141, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/01/2023 | Clínica Dávila | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/01/2023 | Centro Médico y Dental RedSalud La Florida | Descargar 82 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Centro Médico y Dental RedSalud La Florida, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/01/2023 | clínica Meds | Descargar 86 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Clínica MEDS La Dehesa, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/01/2023 | Centro Médico y Diagnóstico DARSALUD | Descargar 55 KB PDF | Se AMONESTA al prestador Centro Médico y Diagnóstico DARSALUD, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/12/2022 | Clínica Santa María | Descargar 62 KB PDF | Se impone una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento) al prestador Clínica Santa María La Dehesa, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2022 | Descargar 63 KB PDF | Se impone una multa de 50 U.F. (cincuenta unidades de fomento) al prestador Medicenter, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 09/12/2022 | Centro Médico San Joaquín | Descargar 63 KB PDF | Se impone una multa de 400 U.F. (cuatrocientas unidades de fomento) al prestador Centro Médico San Joaquín - Red Salud UC Christus, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/12/2022 | Clínica Universidad de Los Andes | Descargar 62 KB PDF | Se impone una multa de 400 U.F. (cuatrocientas unidades de fomento) al prestador Clínica Universidad de Los Andes, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/12/2022 | Clínica Dávila Vespucio | Descargar 63 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Dávila Vespucio, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/12/2022 | Integramédica Bandera | Descargar 62 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Centro Médico Integramedica Bandera, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/08/2022 | Clínica Alemana de Osorno | Descargar 11 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Alemana de Osorno, por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/08/2022 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/08/2022 | Clínica Tarapacá | Descargar 12 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/08/2022 | Clínica Tarapacá | Descargar 13 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 220 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/08/2022 | Centro de Salud Familiar Barros Luco | Descargar 64 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Barros Luco, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2022 | Clínica Dávila | Descargar 9 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/07/2022 | CESFAM Gustavo Molina | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Gustavo Molina, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/07/2022 | Centro de Salud Garín | Descargar 61 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Garín, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2022 | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades de Fomento a Clínica de Cirugía y Estética Edelwiss SpA, por una infracción del artículo 38, inciso N°4, de la Ley 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 08/07/2022 | Clínica Redsalud Vitacura, Clínica Tabancura | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Vitacura (ex Clínica Tabancura), por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/07/2022 | Clínica Bicentenario | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago (ex Clínica Bicentenario), por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 04/07/2022 | Centro de Salud Familiar Padre Orellana | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Padre Orellana, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/06/2022 | Clínica Cordillera | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/06/2022 | Clínica Vespucio | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Vespucio, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/06/2022 | Cesfam Dr. Ramón COrbalán Melgarejo | Descargar 57 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Ramón Corbalán Melgarejo, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/06/2022 | CESFAM El Barrero | Descargar 59 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM El Barrero, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/06/2022 | CESFAM Dr. Aníbal Ariztía | Descargar 61 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Aníbal Ariztía, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/06/2022 | CESFAM San Joaquín | Descargar 63 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM San Joaquín, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/06/2022 | Clínica Dávila | Descargar 127 KB PDF | Se impone una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) al prestador Clínica Dávila, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/06/2022 | CESFAM Raúl Cuevas de San Bernardo | Descargar 61 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Raúl Cuevas, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/06/2022 | CESFAM Irene Frei de Cid de Quilicura | Descargar 60 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Irene Frei de Cid, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/06/2022 | CESFAM Santa Laura | Descargar 60 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Santa Laura, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/06/2022 | CESFAM Bicentenario de Renca | Descargar 60 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Bicentenario, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/06/2022 | CESFAM Orlando Letelier | Descargar 60 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Canciller Orlando Letelier, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/06/2022 | CESFAM Dr. Héctor García de Buin | Descargar 60 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Héctor García de Buin, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/05/2022 | Clínica Redsalud Vitacura | Descargar 805 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Red Salud Vitacura, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/05/2022 | Clínica Puerto Montt | Descargar 13 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt SpA, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/05/2022 | Clínica Puerto Montt | Descargar 11 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt SpA, por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/05/2022 | Clínica Las Condes | Descargar 66 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Las Condes, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/05/2022 | Clínica Bicentenario | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago (ex Clínica Bicentenario), por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 06/05/2022 | Clínica Puerto Varas | Descargar 13 MB PDF | Sancionase del pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Varas, por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 06/05/2022 | Clínica Tarapacá | Descargar 14 MB PDF | Sancionase a Clínica Tarapacá, con una multa de beneficio fiscal de 25 Unidades de Fomento, por infracción al artículo 125 del DFL N°1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 05/05/2022 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 63 KB PDF | Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Clínica Alemana de Valdivia, en contra de la Resolución Exenta IF/N° 51 de fecha 25 de enero de 2022, rebajando la multa impuesta a 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento). |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/05/2022 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 67 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Alemana, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/05/2022 | Clínica Bicentenario | Descargar 2 MB PDF | Sancionase del pago de una multa por 800 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago (ex Clínica Bicentenario), por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 03/05/2022 | Clínica Santa María | Descargar 89 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Santa María, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/04/2022 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 63 KB PDF | Se impone una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile-Red Salud UC Christus, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/04/2022 | Clínica Dávila | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/04/2022 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 64 KB PDF | Se impone una multa de 350 U.F. (trescientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica San Carlos de Apoquindo-Red Salud UC Christus, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/04/2022 | CESFAM Edgardo Enríquez Fröedden | Descargar 59 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Edgardo Enríquez Fröeden, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/04/2022 | Centro Médico y Dental Redsalud San Miguel | Descargar 61 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Centro Médico y Dental Redsalud San Miguel, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/04/2022 | Centro Médico y Dental RedSalud Ñuñoa | Descargar 60 KB PDF | Se amonesta al prestador Centro Médico y Dental Redsalud Ñuñoa, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/04/2022 | Clínica Dávila | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 05/04/2022 | Clínica Cordillera | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 24/03/2022 | Instituto Clínico Oncológico Fundación Arturo López Pérez | Descargar 61 KB PDF | Se amonesta al prestador Instituto Clínico Oncológico Fundación Arturo López Pérez, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/03/2022 | Clínica RedSalud Providencia | Descargar 60 KB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica RedSalud Providencia, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/03/2022 | Clínica Los Carrera | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Los Carrera, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 25/01/2022 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 64 KB PDF | Se impone una multa 400 U.F. (cuatrocientas unidades de fomento) al prestador Clínica Alemana de Valdivia, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/01/2022 | Clínica Dávila | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/12/2021 | Clínica Vespucio | Descargar 1 MB PDF | Se impone una multa 400 U.F. (cuatrocientas unidades de fomento) al prestador Clínica Vespucio, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/12/2021 | Clínica Cordillera | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/12/2021 | Clínica El Elqui | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional del Elquí, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/11/2021 | Clínica Cordillera | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/11/2021 | Clínica Redsalud Vitacura | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Vitacura, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 12/11/2021 | Clínica Dávila | Descargar 8 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 12/11/2021 | Clínica Dávila | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 10/11/2021 | Clínica Dávila | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 10/11/2021 | Clínica Dávila | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 09/11/2021 | Clínica Indisa | Descargar 24 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/10/2021 | Clínica Magallanes | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Magallanes, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/10/2021 | Clínica Bicentenario | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Santiago (Ex-Bicentenario), por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/10/2021 | Descargar 9 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Los Andes, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 15/10/2021 | Clínica Dávila | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/10/2021 | Clínica Dávila | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 04/10/2021 | Clínica Dávila | Descargar 8 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/09/2021 | Clínica Tarapacá | Descargar 11 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 23/09/2021 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 9 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/09/2021 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/09/2021 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 9 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 16/09/2021 | Clínica Santa María | Descargar 1 MB PDF | Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador Clínica Santa María, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 07/09/2021 | Hospital Base Valdivia | Descargar 55 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Regional de Valdivia (Hospital Base de Valdivia), por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Información al Paciente GES”, o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/08/2021 | Clínica Dávila | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/07/2021 | Clínica Dávila | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 100 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/06/2021 | Clínica Biobío | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales Mensuales a Clínica Bío Bío, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/05/2021 | Clínica El Elqui | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional El Elqui S.p.A (Clínica Redsalud Elqui), por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/05/2021 | Clínica Vespucio | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Vespucio, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/05/2021 | Clínica Dávila | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 10/03/2021 | Hospital del Cobre Dr. Salvador Allende | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital del Cobre Dr. Salvador Allende Gossens, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 01/03/2021 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 2 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Parroquial de San Bernardo, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 12/02/2021 | Clínica Miraflores | Descargar 18 MB PDF | Sanciónase al pago de dos multas una por 700 Unidades Tributarias Mensuales y otra por por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Miraflores, la primera multa por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL y la segunda multa por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 11/02/2021 | Clínica Reñaca | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Reñaca, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 11/02/2021 | Descargar 12 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Universidad de Los Andes, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 11/02/2021 | Clínica Santa María | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 800 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Santa María, por infracción del artículo 141, inciso penúltimo y al artículo 173, inciso séptimo, ambos del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 11/02/2021 | Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente | Descargar 9 MB PDF | Sancionase al pago de una multa de 300 Unidades Tributarias Mensuales a la Hospital Clínico Fundación el Teniente, por infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 09/02/2021 | Clínica Isamédica | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Isamédica, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/01/2021 | Clínica Dávila | Descargar 8 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/01/2021 | Clínica Dávila | Descargar 7 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141, bis, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/01/2021 | Clínica Vespucio | Descargar 2 MB PDF | Se acoge parcialmente el recurso jerárquico deducido en subsidio por el prestador Clínica Vespucio, en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 135, de 6 de marzo de 2020, debiéndose establecer una nueva multa, expresando los motivos, razones y circunstancias consideradas para tal determinación. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/01/2021 | Clínica Santa María | Descargar 2 MB PDF | Se acoge parcialmente el recurso jerárquico deducido por el prestador de salud Clínica Santa María en contra de la Resolución Exenta IF/N° 111, de 20 de febrero de 2020, debiéndose establecer una nueva sanción que no considere la circunstancia de reincidencia inicialmente aplicada. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/12/2020 | Clínica Dávila | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/12/2020 | Clínica Dávila | Descargar 11 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 1400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/12/2020 | Clínica Dávila | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/12/2020 | Clínica Dávila | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/11/2020 | Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente | Descargar 843 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Fundación el Teniente, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 11/11/2020 | Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar | Descargar 1 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 100 Unidades de Fomento al Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 31/07/2020 | Centro Médico y Dental Redsalud San Miguel | Descargar 3 MB PDF | Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador de salud "Centro Médico y Dental RedSalud San Miguel", por incumplimiento de las instrucciones Impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/07/2020 | Clínica Bicentenario | Descargar 937 KB PDF | Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por el prestador Clínica Red Salud Santiago (Ex Clínica Bicentenario), en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 113, de 20 de febrero de 2020, rebajando a 450 U.F. el monto de la multa impuesta. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/07/2020 | Clínica Reñaca | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador Clínica Reñaca (Clínica BUPA Reñaca), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 30/07/2020 | Centro Médico Inmunomédica Concepción, | Descargar 4 MB PDF | Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador de salud "Centro Médico Inmunomedica Concepción", por incumplimiento de las instrucciones impartidas par esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecha a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatario en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología a condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/07/2020 | Clínica Santa María | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 173 inciso séptimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 25/06/2020 | Centro Médico y Dental RedSalud San Bernardo | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador de salud "Centro Medico y Dental Red Salud San Bernardo", por incumplimiento de las instrucciones impartidas par esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecha a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatario en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología a condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile General Dr. Raúl Yazigi J. | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile General Dr. Rául Yazigi J, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río | Descargar 4 MB PDF | Se amonesta al Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Hospital Dr. César Garavagno Burotto de Talca | Descargar 4 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Regional de Talca Dr. César Garavagno Burotto, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Hospital Base Valdivia | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Regional de Valdivia (Hospital Base de Valdivia), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Hospital Regional de Coyhaique | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Coyhaique, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Hospital El Pino | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Hospital El Pino, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de de 250 U.F. (doscientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Valparaíso", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 18/06/2020 | Hospital de Niños Roberto del Río | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Hospital Roberto del Río, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2020 | Hospital Dr. Juan Morey | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Juan Morey (La Unión), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/05/2020 | Hospital Dr. Mauricio Heyermann | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Mauricio Heyermann (Angol), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2020 | Hospital Intercultural de Nueva Imperial | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Intercultural de Nueva Imperial, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2020 | Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Iquique Dr. Ernesto Torres Galdames, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2020 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Clínica Universidad de Chile Quilín (Hospital Clínico Universidad de Chile Qullín), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/05/2020 | Hospital del Salvador | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital del Salvador, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/05/2020 | Hospital Regional Dr. Lautaro Navarro Avaría | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Lautaro Navarro Avaria de Punta Arenas, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/05/2020 | Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Inzunza, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Consultorio Juan Verdaguer | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Centro de Salud Juan Verdaguer, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital San Juan de Dios | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital de Puerto Montt | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Puerto Montt, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Urgencia Asistencia Pública, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Carlos Van Buren | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Van Büren, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital de Castro | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Castro Dr. Augusto Riffart, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Instituto Nacional del Cáncer | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Instituto Nacional del Cáncer Dr. Caupolicán Pardo Correa, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | CESFAM Dr. Thomas Fenton | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Thomas Fenton, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Militar de Santiago | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Militar de Santiago, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Luis Tisné | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné Brousse, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Regional de Rancagua | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Dr. Gustavo Fricke | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Gustavo Fricke, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Claudio Vicuña de San Antonio | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Claudio Vicuña, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital San Martín de Quillota | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Martín de Quillota, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2020 | Hospital San Camilo | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Camilo (San Felipe), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2020 | Hospital Militar del Norte | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Militar del Norte , por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/04/2020 | Hospital Clínico San Borja-Arriarán | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico San Borja Arriarán, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/04/2020 | CESFAM Talcahuano Sur | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Talcahuano Sur, por el incumplimiento de la obligación de informar sabre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formularlo de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratorio Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 alias" y Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología a condición de salud amparada par dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/03/2020 | Centro Médico CEDIMED | Descargar 2 MB PDF | Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la prestadora Centro Médico CEDIMED Ltda. en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 179, de 27 de marzo de 2019, rebajando la multa impuesta, a la suma de 220 UF (doscientas veinte unidades de fomento). |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/03/2020 | Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada | Descargar 2 MB PDF | Se acoge el recurso jerárquico deducido en subsidio por el prestador Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada, en contra de la Resolución Exenta IF/N° 939, de 15 de octubre de 2019, quedando sin efecto la sanción de amonestación impuesta. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2020 | Clínica Dávila | Descargar 3 MB PDF | Se impone una multa de de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Dávila", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2020 | Clínica Vespucio | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Vespucio", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/02/2020 | Clínica Reñaca | Descargar 2 MB PDF | Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por por el prestador de salud Clínica Reñaca (Ex Clínica Bupa Reñaca) en contra de la Resolución Exenta IF/N° 1006, de 22 de noviembre de 2019, rebajándose a 950 U.F. el monto de la multa impuesta. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2020 | Clínica Bicentenario | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Red Salud Santiago (Ex Clínica Bicentenario)", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2020 | Clínica Santa María | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 1.000 UF (mil unidades de fomento) al prestador Clínica Santa María, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 20/02/2020 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 1 MB PDF | Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la prestadora "Clínica Universitaria de Concepción", en contra de la Resolución Exenta IF/N° 467, de 31 de mayo de 2019, rebajándose a 100 U.F. el monto de la multa impuesta. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 18/02/2020 | Hospital Base de Osorno | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Base San José de Osorno, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/02/2020 | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Padre Alberto Hurtado, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 18/02/2020 | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Linares, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 18/02/2020 | CESFAM Puerto Natales | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al "CESFAM Dr. Juan Henríquez Lozic" (Ex CESFAM Puerto Natales), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2020 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 1 MB PDF | Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la prestadora Clínica UC San Carlos de Apoquindo, en contra de la Resolución Exenta IF/N° 355, de 17 de mayo de 2019, rebajándose a 225 U.F. el monto de la multa impuesta. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2020 | Centro Médico y Dental Fundación | Descargar 4 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Centro Médico y Dental Fundación (Ex BECH)", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2020 | Centro Médico San Joaquín | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Centro Médico San Joaquín U.C. Christus", por incumplimiento de las instrucciones Impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de Informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2020 | Integramédica Barcelona | Descargar 3 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Centro Médico Integramédica Barcelona", por incumplimiento de las Instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2020 | Centro Médico Clínica Santa María La Dehesa | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Centro Médico Clínica Santa María (La Dehesa)", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2020 | Centro Médico Lira Red Salud UC Christus | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Centro Médico Lira 85 - Red Salud U.C. Christus", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2020 | Centro Médico y Dental Megasalud Temuco | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Centro Médico Redsalud Temuco (Ex Megasalud)", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/01/2020 | CESFAM Alto Jahuel | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Alto Jahuel, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/01/2020 | CESFAM Valle de Los Libertadores | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Valle de Los Libertadores, por el Incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/01/2020 | CESFAM Cardenal Raúl Silva Henríquez | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Cardenal Silva Henríquez, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/01/2020 | CESFAM Lo Franco | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Lo Franco, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/12/2019 | Clínica Las Condes | Descargar 4 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador de salud "Clínica Las Condes", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/12/2019 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 8 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 20 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Universitaria de Concepción, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 09/12/2019 | Clínica Integral | Descargar 1 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 20 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Integral de Rancagua, actual Clínica Redsalud Rancagua, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 29/11/2019 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 10 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Hospital Parroquial de San Bernardo", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/11/2019 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Hospital Clínico Mutual de Seguridad", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/11/2019 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/11/2019 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad Católica, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del DFL N°1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/11/2019 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/11/2019 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, 141 inciso 3° del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/11/2019 | Hospital Panguipulli | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 1.000 U.F. (mil unidades de fomento) a la prestadora "Hospital Padre Bernabé de Lucerna", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Avansalud | Descargar 6 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Red Salud Providencia", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Reñaca | Descargar 3 MB PDF | Se impone una multa de 1.000 U.F. (mil unidades de fomento) a la prestadora "Clínica Bupa Reñaca", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Iquique | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Clínica Red Salud Iquique", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 1.000 U.F. (mil unidades de fomento) a la prestadora "Clínica San Carlos de Apoquindo", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Puerto Varas | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Puerto Varas", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 7 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Clínica Alemana de Santiago", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Universitaria de Puerto Montt | Descargar 11 MB PDF | Se impone una multa de 1.000 U.F. (mil unidades de fomento) al prestador "Clínica Universitaria de Puerto Montt", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica del Maule | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica del Maule, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/11/2019 | Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Hospital Clínico FUSAT", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica El Loa | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica El Loa, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del DFL N°1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/11/2019 | Clínica Indisa | Descargar 829 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 100 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Indisa, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 22/11/2019 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) a la prestadora "Hospital Clínico de la Universidad Católica", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Clínica Tabancura | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Tabancura", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2019 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital del Trabajador, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 22/11/2019 | Clínica Bupa Santiago | Descargar 3 MB PDF | Se impone una multa de 1.000 U.F. (mil unidades de fomento) a la prestadora "Clínica BUPA Santiago", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/11/2019 | Clínica San Julián | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 10 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica San Julián, por una infracción del artículo 173 bis del DFL N°1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/11/2019 | Clínica Indisa | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 20 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Indisa, por una infracción del artículo 141 bis del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/11/2019 | Clínica Alemana de Puerto Varas | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 20 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Puerto Varas, por una infracción del artículo 141 bis del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/11/2019 | CESFAM Dr. Hernán Urzúa Merino | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Hernán Urzúa Merino, por el Incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Ontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/11/2019 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Valparaíso, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del DFL N°1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 13/11/2019 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/10/2019 | Centro de Salud Familiar Lucas Sierra | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Lucas Sierra, para el incumplimiento de la obligación de informar sabre el derecha a las GES, dejada constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en et documento alternativo excepcionalmente autorizada para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de maneja ambulatoria en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología a condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/10/2019 | Clínica Bicentenario | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 75 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Bicentenario, actualmente Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 29/10/2019 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Valparaíso, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/10/2019 | Centro de Salud Familiar Dr. Mario Salcedo Sepúlveda | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Mario Salcedo Sepúlveda, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formularlo de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2019 | Descargar 863 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica San Antonio S.A., por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 23/10/2019 | Clínica Indisa | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/10/2019 | Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/10/2019 | CESFAM Los Nogales | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Padre Vicente Irarrázaval (Ex Consultorio Los Nogales), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ella en el "Formularia de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/10/2019 | Centro de Salud Familiar Dr. José Manuel Balmaceda | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. José Manuel Balmaceda, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepciona!mente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/10/2019 | CESFAM Los Volcanes | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Volcanes de Villarrica, por el Incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ella en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología a condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/10/2019 | Clínica Bicentenario | Descargar 607 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Bicentenario SpA actual RedSalud Santiago , por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 26/09/2019 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 725 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Valdivia, por una infracción del artículo 173, del DFL N°1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/09/2019 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Santiago, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 29/08/2019 | Hospital Militar de Santiago | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Militar de Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/08/2019 | Clínica Avansalud | Descargar 866 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Avanzalud actual Redsalud Providencia, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley 20.854. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/08/2019 | Centro Médico Clínica Tabancura | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Clínica Tabancura, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ella en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2019 | CESFAM Dra. Mariela Salgado Zepeda | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dra. Mariela Salgado Zepeda, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/08/2019 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 175 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley 20.854. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/08/2019 | Clínica Dávila | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 173, inciso 7° del D.F.L. 1 de 2005 de Salud. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 25/07/2019 | Clínica Dávila | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 125 Unidades Tributarias Clínica Dávila, por una infracción del artículo 38, inciso 4° de la ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 25/07/2019 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 750 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/07/2019 | Clínica Bicentenario | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 125 Unidades Tributarias Clínica RedSalud Santiago, por una infracción del artículo 38, inciso 4° de la ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 19/07/2019 | Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz | Descargar 1 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 125 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Metropolitano de La Florida, por una infracción del artículo 38, inciso 4° de la ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 19/07/2019 | Clínica Indisa | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 175 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 38, inciso 4° de la ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 19/07/2019 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 175 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Delgado, por una infracción del artículo 38, inciso 4° de la ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 18/07/2019 | Clínica San Julián | Descargar 685 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 675 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica de Clínica San Julián S.A., por una infracción del artículo 38, inciso 4° de la ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 18/07/2019 | Clínica Cordillera | Descargar 995 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 675 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 11/07/2019 | Clínica Tabancura | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 675 Unidades Tributarias Mensuales a Servicios Médicos Tabancura SpA (Clínica Tabancura actual Clínica RedSalud Vitacura ), por una infracción del artículo 141, inciso 3° del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 11/07/2019 | Clínica Tabancura | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica "Servicios Médicos Tabancura SpA"- en cuanto organiza, dirige y administra a Clínica RedSalud Vitacura (Ex-Tabancura), por una infracción del artículo 173 bis del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/07/2019 | Clínica Reñaca | Descargar 4 MB PDF | Se impone una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) a la prestadora "Clínica BUPA Reñaca", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2019 | Clínica Bicentenario | Descargar 32 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 725 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Bicentenario, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 07/06/2019 | Clínica Bicentenario | Descargar 14 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 175 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica "Empresas Redsalud S.p.A" , propietaria de la Clínica RedSalud Santiago (Ex-Bicentenario), por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N°20.584. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 04/06/2019 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 14 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 675 Unidades Tributarias Mensuales a la Universidad de Chile, propietaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 04/06/2019 | Hospital Clínico del Sur | Descargar 16 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 725 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica "Inmobiliaria e Inversiones Clínicas del Sur S.p.A.", Hospital Clínico del Sur, por una infracción del artículo 141, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 31/05/2019 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 1 MB PDF | Se impone una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento) al prestador Clínica Universitaria de Concepción, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de fas 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/05/2019 | Clínica Reñaca | Descargar 934 KB PDF | Se impone una multa de 75 U.F. (setenta y cinco unidades de fomento) al prestador Clínica BUPA Reñaca (Ex Clínica Reñaca), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 29/05/2019 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 725 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica "Clínica Alemana de Temuco S.A.", Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 173, insciso 7°, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/05/2019 | Clínica Integral | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 675 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica "Empresas Red Salud S.A.", Clínica Integral de Rancagua actual Clínica RedSalud Rancagua, por una infracción del artículo 141, insciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/05/2019 | Clínica Dávila | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica "Clínica Dávila y Servicios Médicos S.A.", por una infracción del artículo 141, insciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/05/2019 | Clínica Santa María | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 180 UF (ciento ochenta unidades de fomento) al prestador Clínica Santa María, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 28/05/2019 | CESFAM Cardenal Raúl Silva Henríquez | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al "CESFAM Cardenal Silva Henríquez de Peñalolén", por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2019 | Hospital Dr. Mauricio Heyermann | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al "Hospital Dr. Mauricio Heyermann Torres de Angol", por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2019 | Instituto Nacional de Geriatría | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Instituto Nacional de Geriatría, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2019 | Hospital Juan Morey de La Unión | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Juan Morey de La Unión, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2019 | Clínica Universitaria de Puerto Montt | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 150 U.F (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Universitaria de Puerto Montt, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 23/05/2019 | Centro de Salud Alcalde Leocán Portus | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Alcalde Leocán Portus, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/05/2019 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 725 Unidades Tributarias Mensuales a la persona Jurídica UC CHRISTUS SERVICIOS CLÍNICOS S.P.A. (Clínica San Carlos de Apoquindo), por una infracción del artículo 173, insciso 7°, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 17/05/2019 | Hospital San José del Carmen | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital San José del Carmen de Copiapó, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/05/2019 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador "Clínica UC San Carlos de Apoquindo", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/05/2019 | Clínica Atacama | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 60 UF (sesenta unidades de fomento) al prestador Clínica Atacama, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 17/05/2019 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 3 MB PDF | Se impone una multa de 220 U.F. (doscientas veinte unidades de fomento) al prestador "Clínica Universitaria de Concepción", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario deConstancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/05/2019 | Hospital Claudio Vicuña de San Antonio | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Claudio Vicuña, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/05/2019 | Clínica El Elqui | Descargar 4 MB PDF | Señalase al pago de una multa por 110 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional del Elqui, por una infracción del artículo 173, bis, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/04/2019 | Hospital Base de Osorno | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al al Hospital Base San José de Osorno, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/04/2019 | Clínica Bupa Santiago | Descargar 980 KB PDF | Se amonesta a la Clínica BUPA Santiago, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/04/2019 | Hospital San Juan de Dios de San Fernando | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de San Fernando, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/04/2019 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 913 KB PDF | Se impone una multa de 180 UF (ciento ochenta unidades de fomento) al prestador Clínica UC San Carlos de Apoquindo, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 23/04/2019 | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Integramédica Las Condes, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 23/04/2019 | Clínica Maitenes | Descargar 1 MB PDF | Se impone una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Maitenes", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y, completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud , "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/04/2019 | CESFAM Cartagena | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Cartagena, por el incumplimiento de la obligación de Informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Ontológica Ambulatoria, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2019 | Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2019 | Hospital Presidente Carlos Ibañez del Campo | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Linares, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2019 | Hospital Panguipulli | Descargar 996 KB PDF | Se amonesta al Hospital Padre Bernabé de Lucerna (Panguipulli), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 02/04/2019 | Clínica Bicentenario | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 275 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Red Salud Santiago(Ex Bicentenario), por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 27/03/2019 | Centro Médico CEDIMED | Descargar 1 MB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Centro Médico CEDIMED Ltda., por incumplímiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/03/2019 | Hospital Militar de Santiago | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Militar de Santiago, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/03/2019 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) al prestador Centro Médico Integramédica Alameda, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/03/2019 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal San Miguel | Descargar 3 MB PDF | Se impone una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) al prestador Centro Médico Integramédica San Miguel, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del ''Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternatiyo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/03/2019 | Centro Médico y Dental Fundación | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico y Dental Fundación, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/03/2019 | Clínica Las Condes | Descargar 516 KB PDF | Se acoge el recurso de reposición deducido por el prestador Clínica Las Condes en contra de la Resolución Exenta IF/N° 444,de 31 de octubre de 2018, dejándose sin efecto la multa aplicada. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | Consultorio Miraflores | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al al Consultorio Miraflores, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problema; de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | CESFAM Las Ánimas | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Las Ánimas, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | Centro de Salud Universidad de Los Andes | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Centro Médico Universidad de Los Andes, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | Descargar 3 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 275 Unidades Tributarias Mensuales al Instituto Oncológico Fundación Arturo López Pérez, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 27/02/2019 | CESFAM Padre Alberto Hurtado | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Padre Alberto Hurtado, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | CESFAM Huamachuco | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Huamachuco, por el incumplimiento de la obligación de Informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | Centro Médico Bellolio | Descargar 1 MB PDF | Se impone una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento) al prestador Centro Médico Bellolio, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del " Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y " Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | CESFAM Padre Pierre Dubois | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Padre Pierre Dubois, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2019 | CESFAM Dr. Thomas Fenton | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Thomas Fenton, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2019 | Centro Médico Lira Red Salud UC Christus | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Lira de la Red Salud UC Christus, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | Consultorio El Belloto | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al al Consultorio El Belloto, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | CESFAM Talcahuano Sur | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Talcahuano Sur, por el Incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | CESFAM Dr. Bernardo Mellibovsky | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Bernardo Mellibovsky, por el Incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según· fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | Hospital San Juan de Dios de La Serena | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta Hospital San Juan de Dios de La Serena, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | CESFAM Poetisa Gabriela Mistral | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Poetisa Gabriela Mistral, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | CESFAM Quepe | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Quepe, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | CESFAM Dr. Alberto Allendes Jones | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Alberto Allende Jones (Ex Consultorio Municipal de Talagante), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | CESFAM Jorge Ahumada Lemus | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Jorge Ahumada Lemus (Ex CESFAM Santa María), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/01/2019 | CESFAM Dr. Manuel Ferreira | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Manuel Ferreira, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respir'atoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/01/2019 | CESFAM Quinta Bella | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Quinta Bella, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/01/2019 | CESFAM Santo Tomás | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Santo Tomás, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/01/2019 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 13 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 275 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 03/01/2019 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 11 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 268,75 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Universitaria de Concepción, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 03/01/2019 | Hospital Dr. Gustavo Fricke | Descargar 13 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 175 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Dr. Gustavo Fricke, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 03/01/2019 | Hospital de Peñaflor | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 225 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital de Peñaflor, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 03/01/2019 | Hospital Naval Almirante Adriazola | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 225 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Naval Almirante Adriazola, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 27/12/2018 | CESFAM Santa Anselma | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Santa Anselma, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud " Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/12/2018 | CESFAM Presidente Salvador Allende | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Presidente Salvador Allende, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/12/2018 | CESFAM San Pablo | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM San Pablo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/11/2018 | CESFAM Clara Estrella | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Clara Estrella, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/11/2018 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Hospital Parroquial San Bernardo, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcioncionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/11/2018 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 2 MB PDF | Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Valparaíso, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/11/2018 | Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria" según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/11/2018 | Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar | Descargar 3 MB PDF | Impónese una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación d.e informar sobre :el derecho a .las GES mediante el uso y completo llenado del "Formulario de constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/11/2018 | Clínica Sanatorio Alemán | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 50 U.F. (cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica de la Mujer Sanatorio Alemán, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/10/2018 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 90 U.F. (noventa unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico Mutual de Seguridad C.CH.C, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/10/2018 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Alemana de Temuco, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES ", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de Salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/10/2018 | Clínica Mayor | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Mayor, por incumplimiento de las insutrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/10/2018 | Clínica Puerto Varas | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Puerto Varas, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/10/2018 | Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 350 U.F. (trescientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico FUSAT, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/10/2018 | Clínica Las Condes | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 110 U.F. (ciento diez unidades de fomento) al prestador Clínica Las Condes, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de Salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/10/2018 | Clínica Alemana de Osorno | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Alemana de Osorno, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el. derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES, o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años y "Urgencia Odontológica Ambulatoria, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/10/2018 | Clínica Tabancura | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa 150 U.F. (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Tabancura, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 30/10/2018 | Clínica La Portada | Descargar 4 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 225 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica La Portada de Antofagasta, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 29/10/2018 | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 225 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Fundación Médica San Cristóbal, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | |
| 19/10/2018 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 37 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 750 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis inciso 3° o penultimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/10/2018 | Clínica Chillán S.A. | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Chillán, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 18/10/2018 | Clínica Biobío | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 275 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Central, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 18/10/2018 | Clínica Biobío | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 175 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bío-Bío, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 17/10/2018 | Clínica Puerto Montt | Descargar 3 MB PDF | Impónese una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Puerto Montt, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona, a quien se le diagnostica una pótología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/10/2018 | Clínica Cordillera | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 225 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 17/10/2018 | Clínica Río Blanco | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Río Blanco, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/10/2018 | Clínica Los Leones | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Los Leones, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/10/2018 | Clínica Indisa | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 130 U.F. (ciento treinta unidades de fomento) al prestador Clínica Indisa, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 10/10/2018 | Descargar 3 MB PDF | Impónese una multa de 350 U.F. (trescientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Hospital del Trabajador, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 04/10/2018 | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Tabancura, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le dialgnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 04/10/2018 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico Mutual de Seguridad C.CH.C, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/09/2018 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 100 U.F. (cien unidades de fomento) al prestador Clínica Alemana de Temuco, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 13/09/2018 | Clínica San Lorenzo | Descargar 3 MB PDF | Impónese una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento) al prestador Clínica San Lorenzo, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación informar sobre el derecho a las GES mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/08/2018 | Clínica Avansalud | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 90 U.F. (noventa unidades de fomento) al prestador Clínica Avansalud, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación· de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/08/2018 | Clínica La Portada | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 180 U.F. (ciento ochenta unidades de fomento) al prestador Clínica Portada de Antofagasta o también llamada Clínica Regional La Portada de Antofagasta, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/08/2018 | Centro Médico y Dental Vidaintegra Bandera | Descargar 3 MB PDF | Impónese una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Centro Médico y Dental Vidaintegra Bandera, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2018 | Clínica Los Carrera | Descargar 2 MB PDF | Impónese una multa de 75 UF (setenta y cinco unidades de fomento) al prestador Clínica Los Carrera, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 21/08/2018 | Hospital de Marchigüe | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Marchigüe, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2018 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 1 MB PDF | Impónese una multa de 100 UF (cien unidades de fomento) al prestador Clínica Valparaíso, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 21/08/2018 | Hospital Clínico IST del Bío Bío | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico IST del Bio Bio, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2018 | Hospital Mekewe | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Makewe Pelale, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2018 | Hospital Dr. Augusto Essmann de Puerto Natales | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Augusto Essmann Burgos de Puerto Natales, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita. de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado, para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2018 | Clínica Bicentenario | Descargar 1 MB PDF | Impónese una multa de 100 UF (cien unidades de fomento) al prestador Clínica Bicentenario, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 13/08/2018 | Centro Médico Inmunomédica Concepción, | Descargar 2 MB PDF | Impónese al Centro Médico Inmunomedica Concepción una multa de 270 U.F. (doscientas setenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/07/2018 | Hospital del Salvador de Peumo | Descargar 673 KB PDF | Se amonesta Hospital El Salvador de Peumo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/07/2018 | Hospital San José de Casablanca | Descargar 901 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Casablanca (Ex Consultorio de Casablanca), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/07/2018 | Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada | Descargar 879 KB PDF | Se amonesta al Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/07/2018 | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Regional de Valdivia (Hospital Base de Valdivia), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 29/06/2018 | Clínica Dávila | Descargar 8 MB PDF | Se sanciona al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/06/2018 | Hospital Clínico Instituto de Seguridad del Trabajo Viña del Mar | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico IST Viña del Mar, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/06/2018 | Centro Médico Cordillera | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Cordillera, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/06/2018 | Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile General Dr. Raúl Yazigi J. | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile General Dr. Rául Yazigi J ., por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/06/2018 | Hospital de Niños Roberto del Río | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Roberto del Río, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/06/2018 | Hospital de La Familia y La Comunidad de Laja | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital de la Familia y Comunidad de Laja u Hospital Laja, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/06/2018 | Hospital Clínico IST de Santiago | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico IST, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2018 | Clínica Lircay | Descargar 6 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 360 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Lircay, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 24/05/2018 | Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2018 | Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en· el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2018 | Hospital de Licantén | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Licantén, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2018 | Hospital San José de Parral | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Parral, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2018 | Hospital del Salvador | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital del Salvador, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/05/2018 | Clínica Santa María | Descargar 455 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades de Fomento a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 38 bis inciso 4°, de la Ley N° 20.584, de 2012, del MINSAL. |
Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente |
| 03/05/2018 | Hospital San Martín de Quillota | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Martín de Quillota, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/05/2018 | Hospital Comunitario de Salud Familiar de Bulnes | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Comunitario de Salud Familiar de Bulnes, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/05/2018 | Hospital de Llanquihue | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Llanquihue, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/04/2018 | Hospital Padre Alberto Hurtado | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Padre Hurtado, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el " Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital Clínico Herminda Martín | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital San Camilo | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Camilo (San Felipe), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital Regional de Rancagua | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital San José de Victoria | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Victoria, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital San Francisco de Pucón | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Francisco de Pucón, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital de la Familia y la Comunidad Santo Tomás de Limache | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Santo Tomás de Limache, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital Dr. Víctor Hugo Moll de Cabildo | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Victor Hugo Moll de Cabildo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital Barros Luco Trudeau | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Barros Luco Trudeau, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital Clínico San Borja Arriarán | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico San Borja Arriarán, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital El Pino | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta Hospital El Pino, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | CESFAM Lo Valledor Norte | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Lo Valledor Norte (Ex Consultorio Lo Valledor Norte), por el incumplimiehto de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2018 | Hospital de Molina | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Santa Rosa de Molina, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital San Juan de Dios | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud " Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Adriana Cousiño de Quintero | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Adriana Cousiño de Quintero, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Las Higueras de Talcahuano | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Las Higueras, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital de Puerto Montt | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Puerto Montt, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud " Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Santa Elisa de San José de la Mariquina | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Santa Elisa, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Leonardo Guzmán de Antofagasta, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud " Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Dr. Eduardo González Galeno de Cunco | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Eduardo González Galeno, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Santa Isabel de Lebu | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Santa Isabel de Lebu, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud " Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en . el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2018 | Hospital Dr. Mauricio Heyermann | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Curacaví Dr. Mauricio Heyermann, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere él caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/03/2018 | Hospital San Pablo de Coquimbo | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Pablo de Coquimbo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/03/2018 | Hospital de Enfermedades Infecciosas Dr. Lucio Córdova | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Enfermedades Infecciosas Dr. Lucio Córdova, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2018 | Hospital Dr. Gustavo Fricke | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Gustavo Fricke, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y " Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2018 | Hospital Intercultural de Nueva Imperial | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Intercultural de Nueva Imperial, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el " Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2018 | Clínica del Maule | Descargar 1 MB PDF | Impónese una multa de 120 UF (ciento veinte unidades de fomento) al prestador Clínica del Maule, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 23/02/2018 | Hospital San Antonio de Putaendo | Descargar 1 MB PDF | AMONESTAR al Hospital San Antonio de Putaendo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a fas GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo exceptionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2018 | Descargar 2 MB PDF | Impónese al Hospital Clínico UC-Christus una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 15/02/2018 | Hospital Carlos Van Buren | Descargar 195 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Van Büren, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/02/2018 | Hospital de Til Til | Descargar 181 KB PDF | Se amonesta, al Hospital de Til Til, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2018 | Clínica Vespucio | Descargar 203 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 800 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Vespucio, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/01/2018 | Centro Médico y Diagnóstico Atacama | Descargar 283 KB PDF | Impónese al Centro Médico y Diagnóstico Atacama una multa de 375 U.F. (trescientas setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2018 | CESFAM Diputado Manuel Bustos Huerta | Descargar 198 KB PDF | Se amonesta, al CESFAM Manuel Bustos, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2018 | Clínica Antofagasta | Descargar 368 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Antofagasta, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/01/2018 | CESFAM Pedro de Valdivia | Descargar 3 MB PDF | Se amonesta, al CESFAM Pedro de Valdivia, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/01/2018 | CESFAM Juanita Aguirre | Descargar 2 MB PDF | AMONESTAR al CESFAM Juanita Aguirre, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/01/2018 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte | Descargar 4 MB PDF | Impónese al Centro Médico Integramédica Norte una multa de 150 U.F. (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/01/2018 | CESFAM Arauco | Descargar 3 MB PDF | AMONESTAR, al CESFAM Arauco, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de S años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/12/2017 | Clínica Puerto Varas | Descargar 3 MB PDF | Impónese a la Clínica Puerto Varas una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Hospital Dra. Eloísa Díaz Insunza | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Diaz Inzunza, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Cesfam Villa Alemana | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Villa Alemana, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Cesfam Curicó Centro | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta, al CESFAM Curicó Centro, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Cesfam Dr. Carlos Echeverría Vejar | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Carlos Echeverría Vejar, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Hospital San Juan de Dios de La Serena | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de La Serena, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Cesfam San Felipe El Real | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM San Felipe El Real (Consultorio General Urbano San Felipe), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Centro Médico Cruzmédica | Descargar 1 MB PDF | Impónese al Centro Médico Cruzmedica de Puerto Montt una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Hospital Regional de Coyhaique | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Coyhaique, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Complejo Hospitalario San José | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Complejo Hospitalario San José, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/12/2017 | Hospital San José de Melipilla | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Melipilla, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/12/2017 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 1 MB PDF | Impónese una multa de 75 UF (setenta y cinco unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica de Chile, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 21/12/2017 | Hospital del Trabajador | Descargar 1 MB PDF | Impónese una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento) al prestador Hospital del Trabajador, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 21/12/2017 | Descargar 3 MB PDF | Impónese al Centro Médico Integramédica Manquehue una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente ?!Utorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 21/12/2017 | Hospital de Castro | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital de Castro Dr. Augusto Riffart, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/12/2017 | Centro Médico Megasalud Concepción | Descargar 2 MB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Concepción una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/12/2017 | Clínica Las Condes | Descargar 2 MB PDF | Impónese a la Clínica Las Condes una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/11/2017 | CESFAM Pinto | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Pinto, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/11/2017 | Consultorio María Elena | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Consultorio General Rural María Elena, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud " Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/11/2017 | Centro Médico Integramédica Sucursal Plaza Sur | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Integramédica Plaza Sur, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/11/2017 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 491 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo, por una infracción del artículo 141 inciso 3°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 24/11/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 371 KB PDF | Resolución que rebaja la multa inicialmente aplicada a un pago de 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Elqui, por una infracción del artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/11/2017 | Centro de Referencia de Salud (CRS) Cordillera Oriente | Descargar 234 KB PDF | Se amonesta al Centro de Referencia de Salud Cordillera Oriente, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/11/2017 | CESFAM Dr. Carlos Lorca | Descargar 196 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Carlos Lorca, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/11/2017 | CESFAM Dr. Salvador Allende | Descargar 351 KB PDF | Se amonesta a la CESFAM Dr. Salvador Allende (Ex Consultorio San Ramón), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/11/2017 | CESFAM Juan Pablo II | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Pablo II La Reina, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/11/2017 | CESFAM Mostazal | Descargar 179 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Francisco Mostazal, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/11/2017 | CESFAM Calbuco | Descargar 174 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Calbuco, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/11/2017 | CESFAM Carelmapu | Descargar 175 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carelmapu, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/11/2017 | CESFAM Peñaflor | Descargar 173 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Peñaflor, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda· (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/11/2017 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 835 KB PDF | Resolución que reitera la la corrección de la irregularidad cometida mediante la devolución de instrumentos a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 31/10/2017 | Descargar 223 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Universidad de Chile Quilín (Hospital Clínico Universidad de Chile Quilín), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 30/10/2017 | Descargar 223 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Alfarera Rosa Reyes Vilches, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 25/10/2017 | CESFAM Dr. Patricio Hevia | Descargar 203 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Ex Centro de Salud Valdivieso), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda {IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2017 | Consultorio Hernán Urzúa Merino | Descargar 198 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Hernán Urzúa Merino (Ex Consultorio Hernán Urzúa Merino), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2017 | CESFAM Dr. Pedro Segundo Rivas Pinochet | Descargar 176 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Pedro Rivas Pinochet, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2017 | Consultorio El Salvador | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta al Centro de Salud El Salvador, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2017 | Clínica Biobío | Descargar 201 KB PDF | Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Clínica Bío Bío en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 121, de 19 de mayo de 2017, rebajando el monto de la multa impuesta a la suma de 150 U.F. (Ciento cincuenta unidades de fomento). Modifica la Resolución Exenta IF/N° 121 de 19 de mayo de 2017 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2017 | CESFAM Brígida Zavala | Descargar 198 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Brígida Zavala, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/10/2017 | Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco | Descargar 338 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco, por una infracción del artículo 141 inciso 3°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 11/10/2017 | Clínica Cordillera | Descargar 292 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 310 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 inciso 3°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 02/10/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 349 KB PDF | Resolución que reitera al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Elqui, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 02/10/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 419 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Elqui, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/09/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 280 KB PDF | Resolución que reitera al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Elqui, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 06/09/2017 | Centro Médico Los Carrera | Descargar 302 KB PDF | Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por el Centro Médico Los Carrera en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 52, de 29 de enero de 2016, rebajando la multa impuesta a la suma de 150 U.F. (Ciento cincuenta unidades de fomento). Modifica la Resolución Exenta IF/N°52 de 29 de enero de 2016 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | Consultorio Centro de Salud Boroa-Filulawen | Descargar 176 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Centro de Salud Boroa-Filulawen, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | CESFAM Recreo | Descargar 195 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Recreo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | Centro Odontológico y Oftalmológico Villa Sur | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta al Centro Odontológico y Oftalmológico Villa Sur, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | Centro de Especialidades Médicas Elqui | Descargar 174 KB PDF | Se amonesta al Centro de Especialidades Médicas Elqui, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | CESFAM Isla de Maipo | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Isla de Maipo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | Integramédica Centros Médicos Sucursal Viña del Mar | Descargar 388 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Integramedica Viña del Mar, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Centro | Descargar 355 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Integramedica Bandera, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | Consultorio Juan Santamaría Bonet | Descargar 175 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Santa María Bonet, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulário de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/09/2017 | CESFAM Dr. Jorge Sabat | Descargar 172 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Jorge Sabat Gozalo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/08/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 5 MB PDF | Sancionase al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Elqui, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/08/2017 | Centro Médico Plusmédica | Descargar 267 KB PDF | Impónese al Centro Médico Plusmedica una multa de 280 U.F. (doscientas ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2017 | Clínica Santa María | Descargar 194 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Santa María La Dehesa, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/08/2017 | Descargar 164 KB PDF | Acoger parcialmente el recurso de reposición deducido por el prestador "Hospital Clínico del Sur", en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 290, de 4 de agosto de 2016, rebajándose el monto de la multa aplicada a 170 unidades de fomento. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 22/08/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 245 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Elqui, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 07/08/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 245 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 110 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Elqui, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 25/07/2017 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 938 KB PDF | Resolución que reitera la sanción del pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso 3° o penúltimo, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 17/07/2017 | Descargar 689 KB PDF | Resolución que reitera la sanción del pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital del Trabajador, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7° y por una infracción del artículo 141 inciso 3° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 12/07/2017 | Consultorio General Rural Pozo Almonte | Descargar 201 KB PDF | Se amonesta al Consultorio General Rural Pozo Almonte, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/07/2017 | CESFAM Carlos Trupp | Descargar 217 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carlos Trupp, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/07/2017 | Centro Médico Los Carrera | Descargar 287 KB PDF | Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por el prestador "Centro Médico Los Carrera", en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 441, de 10 de noviembre de 2014, rebajándose la multa aplicada a 100 unidades de fomento. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/07/2017 | Descargar 227 KB PDF | Se amonesta al Dr. Ricardo Jerez Beltrán, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 05/07/2017 | Centro Médico y Dental La Araucana Salud | Descargar 279 KB PDF | Impónese al Centro Médico y Dental La Araucana Salud S.A. una multa de 150 UF. (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2017 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 844 KB PDF | Resolución que reitera la sanción del pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso 3° o penúltimo, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 03/07/2017 | Clínica Bicentenario | Descargar 491 KB PDF | Resolución que reitera la sanción del pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bicentenario, por una infracción del artículo 141 inciso 3° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 03/07/2017 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 832 KB PDF | Resolución que reitera la sanción del pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso 3° o penúltimo, del D.F.L N° 1, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/06/2017 | CESFAM Puerto Natales | Descargar 236 KB PDF | Se amonesta al CESFAM de Puerto Natales, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/06/2017 | Clínica Antofagasta | Descargar 534 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Antofagasta, por una infracción del artículo 141, inciso 3° o penúltimo, del D.F.L N° 1 y 141 bis del D.F.L N°1/2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/06/2017 | Descargar 314 KB PDF | Impónese una multa de 135 UF (ciento treinta y cinco unidades de fomento) al prestador Clínica Indisa, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | |
| 19/06/2017 | CESFAM Dr. Norman Voullieme | Descargar 207 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Norman Voullieme, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/06/2017 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 225 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico Mutual de Seguridad C.CH.C una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/06/2017 | Clínica La Portada | Descargar 191 KB PDF | Impónese una multa de 180 UF (ciento ochenta unidades de fomento) al prestador "Clínica Regional La Portada" o también denominada "Clínica La Portada", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/06/2017 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 356 KB PDF | Impónese a la Clínica Hospital del Profesor una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/06/2017 | CESFAM La Ganja | Descargar 181 KB PDF | Se amonesta al CESFAM La Granja, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documentó alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2017 | Centro Médico Monte Sinaí | Descargar 386 KB PDF | Impónese al Centro Médico Monte Sinaí una multa de 330 U.F. (trescientas treinta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/06/2017 | Clínica Antofagasta | Descargar 384 KB PDF | Sancionase al pago de una multa por 410 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Antofagasta, por una infracción del artículo 141, inciso 3° del D.F.L N° 1 y 141 bis del D.F.L N°1/2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/06/2017 | Hospital Clínico Viña del Mar | Descargar 251 KB PDF | Impónese una multa de 230 UF (doscientas treinta unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico Viña del Mar, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 06/06/2017 | Centro Médico Inmunomédica Concepción, | Descargar 287 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Inmunomédica Concepción, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2017 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 208 KB PDF | Impónese una multa de 180 UF (ciento ochenta unidades de fomento) al prestador Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica de Chile, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 30/05/2017 | Clínica Los Carrera | Descargar 292 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Los Carrera, por una infracción del artículo 141, inciso 3° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 25/05/2017 | Clínica Isamédica | Descargar 248 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 360 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Isamédica, por una infracción del artículo 141, inciso 3° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 24/05/2017 | Clínica Alemana de Osorno | Descargar 190 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Osorno, una multa de 120 UF (ciento veinte unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/05/2017 | Descargar 186 KB PDF | Impónese a la Clínica Reñaca, una multa de 180 UF (ciento ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | |
| 19/05/2017 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 334 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico Mutual de Seguridad C.CH.C., una multa de 280 UF (doscientas ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/05/2017 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 218 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana, una multa de 150 UF. (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/05/2017 | Clínica Universitaria de Puerto Montt | Descargar 210 KB PDF | Impónese a la Clínica Universitaria de Puerto Montt, una multa de 200 UF. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/05/2017 | Clínica Biobío | Descargar 177 KB PDF | Impónese a la Clínica Bio Bio, una multa de 180 UF. (ciento ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/05/2017 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 196 KB PDF | Impónese a la Clínica Universitaria de Concepción, una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/05/2017 | Clínica Iquique | Descargar 187 KB PDF | Impónese a la Clínica Iquique, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/05/2017 | Clínica Atacama | Descargar 164 KB PDF | Impónese a la Clínica Atacama, una multa de 280 UF (doscientas ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/05/2017 | Clínica Regional Coquimbo | Descargar 205 KB PDF | Impónese a la Clínica Regional de Coquimbo, una multa de 120 UF (ciento veinte unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/05/2017 | Clínica del Maule | Descargar 236 KB PDF | Impónese a la Clínica del Maule, una multa de 160 UF (ciento sesenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 09/05/2017 | Consultorio La Faena | Descargar 263 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Consultorio La Faena, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/05/2017 | Centro Clínico Bellolio | Descargar 322 KB PDF | Impónese al Centro Médico Bellolio una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/04/2017 | Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante | Descargar 275 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/04/2017 | Descargar 380 KB PDF | Impónese al Hospital del Trabajador una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 26/04/2017 | Clínica Tarapacá | Descargar 443 KB PDF | Impónese a la Clínica Tarapacá una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/04/2017 | Clínica Integral | Descargar 235 KB PDF | Impónese a la Clínica Integral una multa de 300 UF. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y ''Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/04/2017 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Plaza Oeste | Descargar 447 KB PDF | Impónese al Centro Médico Integramédica Oeste una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el ddcumento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/04/2017 | CESFAM San Luis de Peñalolén | Descargar 284 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Luis de Peñalolén, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/04/2017 | Clínica Reñaca | Descargar 225 KB PDF | Impónese a la Clínica Reñaca una multa de 200 UF. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/04/2017 | Hospital Luis Tisné | Descargar 319 KB PDF | Se amonesta al Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné Brousse, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/04/2017 | Hospital Psiquiátrico del Salvador de Valparaíso | Descargar 282 KB PDF | Se amonesta al Hospital del Salvador de Valparaíso, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/04/2017 | Hospital Militar del Norte | Descargar 13 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 70 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Militar del Norte, por una infracción del artículo 141 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 06/04/2017 | Clínica del Maule | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica del Maule, por una infracción del artículo 173, inciso 7° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/03/2017 | Clínica del Maule | Descargar 329 KB PDF | Impónese a la Clínica del Maule una multa de 330 UF (trescientas treinta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2017 | Clínica Ciudad del Mar | Descargar 441 KB PDF | Impónese a la Clínica Ciudad del Mar una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2017 | Clínica San José de Arica | Descargar 337 KB PDF | Impónese a la Clínica San José de Arica una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/03/2017 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso 3° o penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/03/2017 | Clínica Central | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Central, por una infracción del artículo 141 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/03/2017 | Clínica Dávila | Descargar 8 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/03/2017 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 9 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo o 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 21/03/2017 | Clínica Cordillera | Descargar 316 KB PDF | Impónese a la Nueva Clínica Cordillera una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/03/2017 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 360 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Alemana de Santiago, por una infracción del artículo 171, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/03/2017 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/02/2017 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 10 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/02/2017 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 390 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/02/2017 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Universitaria de Concepción, por una infracción del artículo 141 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/02/2017 | Clínica Antofagasta | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Antofagasta, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/02/2017 | Clínica El Loa | Descargar 237 KB PDF | Impónese a la Clínica El Loa una multa de 200 UF. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/02/2017 | Clínica Central | Descargar 300 KB PDF | Impónese a la Clínica Central una multa de 250 UF. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/02/2017 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 11 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 430 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/02/2017 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 430 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 13/02/2017 | Clínica Indisa | Descargar 382 KB PDF | Impónese a la Clínica Indisa una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/02/2017 | Clínica San Julián | Descargar 323 KB PDF | Se amonesta a la Clínica San Julián, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2017 | Centro Médico Norte | Descargar 234 KB PDF | Impónese al Centro Médico Norte Bupa Antofagasta una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2017 | Clínica Tabancura | Descargar 350 KB PDF | Impónese a la Clínica Tabancura una multa de 330 UF. (trescientas treinta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2017 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 290 KB PDF | Impónese a la Clínica Valparaíso una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2017 | Mutual de Seguridad C. CH. C. de Puerto Montt | Descargar 187 KB PDF | Impónese a la Mutual de Segurida.d C.CH.C de Puerto Montt una multa de 220 UF (doscientas veinte unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2017 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 198 KB PDF | Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2017 | Clínica Arica | Descargar 339 KB PDF | Impónese a la Clínica Arica una multa de 480 UF (cuatrocientas ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2017 | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital San José del Carmen de Copiapó, por una infracción del artículo 173 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 31/01/2017 | Clínica El Loa | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica El Loa, por una infracción del artículo 173, inciso 7° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 31/01/2017 | Clínica El Elqui | Descargar 17 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica del Elqui, por una infracción del artículo 173, inciso 7° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 31/01/2017 | Clínica Indisa | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 380 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173, inciso 7° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 26/01/2017 | Consultorio Corvallis | Descargar 179 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Corvallis, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES, o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y Urgencia Odontológica Ambulatoria, según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/01/2017 | Consultorio San Pedro de Atacama | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta, al Consultorio San Pedro de Atacama, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/01/2017 | Consultorio Central Oriente de Antofagasta | Descargar 226 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Central Oriente de Antofagasta, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES, o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y Urgencia Odontológica Ambulatoria, según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/01/2017 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 252 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/01/2017 | Clínica Los Andes de Los Ángeles | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 360 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Los Andes de Los Ángeles, por una infracción del artículo 173, inciso 7° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 12/01/2017 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Valparaíso, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 09/01/2017 | Clínica Chillán S.A. | Descargar 217 KB PDF | Impónese a la Clínica Chillán una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/01/2017 | Clínica Los Carrera | Descargar 304 KB PDF | Impónese a la Clínica Los Carrera una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/12/2016 | Clínica Indisa | Descargar 8 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/12/2016 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 14 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/12/2016 | Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 360 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena de Temuco, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/12/2016 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/12/2016 | Clínica Atacama | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Atacama, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/12/2016 | Clínica El Elqui | Descargar 15 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional del Elqui, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/12/2016 | Clínica Antofagasta | Descargar 13 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Antofagasta, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/12/2016 | Hospital Clínico IST de Santiago | Descargar 328 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico IST Santiago una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/12/2016 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 253 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/12/2016 | CESFAM San Pablo de Mirasol | Descargar 249 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Pablo de Mirasol, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/12/2016 | Descargar 8 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 360 Unidades Tributarias Mensuales al Instituto Clínico Oncológico Fundación Arturo López Pérez, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 26/12/2016 | Clínica Arauco Salud | Descargar 313 KB PDF | Impónese a la Clínica Arauco Salud una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2016 | Consultorio Los Bajos de San Agustín | Descargar 192 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Los Bajos de San Agustín, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2016 | Centro Médico Cruzmédica | Descargar 212 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Cruzmédica, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2016 | CESFAM Juan Martínez | Descargar 203 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Martínez, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2016 | CESFAM Practicante Camilo Zamorano Sánchez | Descargar 217 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Practicante Camilo Zamorano Sánchez (Maule), por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2016 | CESFAM N°1 Puerto Varas | Descargar 190 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Nº1 Puerto Varas, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2016 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 295 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana de Santiago, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/12/2016 | Clínica Dávila | Descargar 300 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Dávila, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, en los términos instruidos por esta Superintendencia. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/11/2016 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 14 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 430 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/11/2016 | Integramédica Barcelona | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 40 Unidades Tributarias Mensuales a Integramédica Barcelona, por una infracción del artículo 173, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/11/2016 | Clínica San Lorenzo | Descargar 219 KB PDF | Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Clínica San Lorenzo en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 64, de 27 de febrero de 2015, rebajando la multa impuesta a la suma de 150 U.F. (Ciento cincuenta unidades de fomento). |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Instituto Nacional del Tórax | Descargar 236 KB PDF | Se amonesta al Instituto Nacional del Tórax, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Hospital Santa Cruz | Descargar 194 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Santa Cruz, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Hospital de Paillaco | Descargar 266 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Paillaco, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente | Descargar 203 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico FUSAT una multa de 320 U.F. (trescientas veinte unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Centro Médico ASOMEL | Descargar 229 KB PDF | Impónese al Centro Médico ASOMEL una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Centro Médico Intersalud | Descargar 267 KB PDF | Impónese al Centro Médico Intersalud Ltda. una multa de 270 U.F. (doscientas setenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Centro Médico CEDIMED | Descargar 218 KB PDF | Impónese al Centro Médico CEDIMED una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Centro Médico y Diagnóstico Atacama | Descargar 263 KB PDF | Impónese al Centro Médico y Diagnóstico Atacama una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Centro Médico Austral | Descargar 258 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Austral, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Clínica Universidad de Los Andes | Descargar 251 KB PDF | Impónese a la Clínica Universidad de los Andes una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Complejo Hospitalario San José | Descargar 194 KB PDF | Se amonesta al Complejo Hospitalario San José de Maipo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Clínica Universitaria de Puerto Montt | Descargar 153 KB PDF | Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Clínica Universitaria de Puerto Montt en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 271, de 20 de julio de 2016, rebajando la multa impuesta a la suma de 330 U.F. (trescientos treinta unidades de fomento). |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Clínica Santa María | Descargar 212 KB PDF | Impónese a la Clínica Santa María una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 227 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Temuco una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/11/2016 | Clínica Mayor | Descargar 245 KB PDF | Impónese a la Clínica Mayor una multa de 330 U.F. (trescientas treinta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/11/2016 | Hospital Clínico Viña del Mar | Descargar 130 KB PDF | Acoge el recurso de reposición deducido por el prestador "Hospital Clínico de Viña del Mar'' en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 105, de 26 de marzo de 2015, debiendo dejarse sin efecto la multa de 270 UF aplicada a dicho prestador de salud. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 10/11/2016 | Hospital Dr. Eduardo Pereira Ramírez | Descargar 195 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Eduardo Pereira Ramírez, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/11/2016 | Hospital San José de Melipilla | Descargar 187 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Melipilla, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/11/2016 | Descargar 186 KB PDF | Se amonesta al Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 25/10/2016 | CESFAM Eduardo Frei Montalva | Descargar 169 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Eduardo Frei Montalva, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2016 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 206 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Valdivia una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2016 | CESFAM Alto del Carmen | Descargar 170 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Alto del Carmen, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2016 | CESFAM Valle de Los Libertadores | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Valle de Los Libertadores, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/10/2016 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 313 KB PDF | Impónese a la Clínica Hospital del Profesor una multa de 225 UF (doscientos veinticinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 28/09/2016 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 8 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Temuco, por una infracción del artículo 173, unciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/09/2016 | Centro Médico Vilanco | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 10 Unidades Tributarias Mensuales al Centro Médico Vilanco, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/09/2016 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 179 KB PDF | Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo en contra de la Resolución Exenta IF/N° 101, de 26 de marzo de 2015, rebajando la multa impuesta a la suma de 100 U.F. (Cien unidades de fomento). |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 29/08/2016 | Clínica Iquique | Descargar 473 KB PDF | Impónese a la Clínica Iquique una multa de 225 U.F. (doscientos veinticinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2016 | Clínica Alemana de Puerto Varas | Descargar 484 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Puerto Varas una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/08/2016 | Clínica Reñaca | Descargar 316 KB PDF | Impónese a la Clínica Reñaca una multa de 120 UF (ciento veinte unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 04/08/2016 | Clínica Lircay | Descargar 379 KB PDF | Impónese a la Clínica Lircay una multa de 375 U.F. (trescientas setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/08/2016 | Clínica Tabancura | Descargar 354 KB PDF | Impónese a la Clínica Tabancura una multa de 220 U.F. (doscientas veinte unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/08/2016 | Hospital Clínico del Sur | Descargar 317 KB PDF | lmpónese al Hospital Clínico del Sur una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2016 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 335 KB PDF | Impónese al Hospital Parroquial de San Bernardo una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2016 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 467 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Camara Chilena de la Construcción una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/07/2016 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 13 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 430 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/07/2016 | Descargar 398 KB PDF | Impónese a la Clínica Puerto Montt una multa de 375 U.F. (trescientas setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 20/07/2016 | Centro Médico Cordillera | Descargar 236 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Cordillera, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/07/2016 | Clínica Universitaria de Puerto Montt | Descargar 445 KB PDF | Impónese a la Clínica Universitaria de Puerto Montt una multa de 375 U. F. (trescientas setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/07/2016 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 370 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 23/06/2016 | Clínica Los Andes de Puerto Montt | Descargar 975 KB PDF | Acoge parcialmente el recurso jerárquico interpuesto subsidiariamente por la Clínica Los Andes de Puerto Montt, en contra de la Resolución Exenta IF/N° 197 de 19/05/2014, cuyo recurso de reposición se resolvió mediante la Resolución Exenta IF/N° 165 de 04/05/2016. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 24/05/2016 | CESFAM Marcelo Mena | Descargar 292 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Marcelo Mena, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2016 | Clínica Universitaria de Puerto Montt | Descargar 240 KB PDF | Impónese a la Clínica Universitaria de Puerto Montt, una multa de 180 UF (ciento ochenta unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 24/05/2016 | Hospital F.F.A.A. Cirujano Guzmán | Descargar 274 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital de las F.F.A.A. Cirujano Guzmán", por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2016 | Clínica Los Leones | Descargar 286 KB PDF | Impónese a la Clínica Los Leones una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2016 | Clínica del Maule | Descargar 342 KB PDF | Impónese a la Clínica del Maule una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2016 | Clínica Chillán S.A. | Descargar 280 KB PDF | Se amonesta al prestador Clínica Chillán S.A., por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2016 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 323 KB PDF | Se amonesta al prestador Clínica Alemana de Santiago S.A., por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/05/2016 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 569 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Universitaria de Concepción, por una infracción del artículo 141, inciso 3° y del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 09/05/2016 | Hospital San Juan de Dios de Cauquenes | Descargar 278 KB PDF | Se amonesta al prestador Hospital San Juan de Dios de Cauquenes, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/05/2016 | Clínica San José de Arica | Descargar 262 KB PDF | Impónese a la Clínica San José de Arica una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/05/2016 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 365 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Valdivia una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/05/2016 | Consultorio Pedro Pulgar Melgarejo | Descargar 283 KB PDF | Se amonesta al prestador Consultorio Pedro Pulgar Melgarejo por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/05/2016 | Clínica Reñaca | Descargar 265 KB PDF | Se amonesta al prestador Clínica Reñaca, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/05/2016 | Hospital Juana Ross de Edwards | Descargar 248 KB PDF | Se amonesta al prestador Hospital Juana Ross de Edwards de Peñablanca, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/04/2016 | Clínica Magallanes | Descargar 519 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Magallanes, por una infracción del artículo 173 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 28/04/2016 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 342 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/04/2016 | Clínica Integral | Descargar 237 KB PDF | Impónese a la Clínica de Salud Integral S.A. una multa de 450 U.F. (cuatrocientos cincuenta unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/04/2016 | Hospital El Pino | Descargar 224 KB PDF | Se amonesta al prestador Hospital El Pino, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/04/2016 | Clínica Tarapacá | Descargar 352 KB PDF | Impónese a la Clínica Tarapacá una multa de 370 UF (trescientas setenta unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/04/2016 | Clínica Avansalud | Descargar 208 KB PDF | Impónese a la Clínica Avansalud una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/04/2016 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 250 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/04/2016 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 197 KB PDF | Impónese a la Clínica Universitaria de Concepción una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital·o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 20/04/2016 | Hospital de Paillaco | Descargar 235 KB PDF | Se amonesta al prestador Hospital de Paillaco, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcional ente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/04/2016 | Clínica Alemana de Osorno | Descargar 272 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Osorno una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Pc¡ciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/04/2016 | Clínica San Julián | Descargar 221 KB PDF | Se amonesta al prestador Clínica San Julián, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/04/2016 | Clínica Río Blanco | Descargar 232 KB PDF | Impónese a la Clínica Río Blanco una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/04/2016 | Clínica Arica | Descargar 257 KB PDF | Impónese a la Clínica Arica una multa de 370 UF (trescientas setenta unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/04/2016 | Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar, por una infracción del artículo 173 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 12/04/2016 | Clínica Miraflores | Descargar 190 KB PDF | Impónese a la Clínica Miraflores, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 31/03/2016 | Clínica Cordillera | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 31/03/2016 | Hospital Militar del Norte | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Militar del Norte, por una infracción del artículo 141 bis inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/03/2016 | CESFAM O'Higgins | Descargar 237 KB PDF | Se amonesta al CESFAM O'Higgins, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/03/2016 | Clínica Mayor | Descargar 231 KB PDF | Impónese a la Clínica Mayor una multa de 360 UF (trescientas sesenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/03/2016 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 243 KB PDF | Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo una multa de 250 UF (doscientos cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/03/2016 | Clínica Regional Coquimbo | Descargar 334 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional de Coquimbo, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/02/2016 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 157 KB PDF | Impónese al prestador Hospital Clínico Mutual de Seguridad C.CH.C. una multa de 280 UF (doscientas ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/02/2016 | Centro Médico Megasalud Calama | Descargar 316 KB PDF | Impónese al prestador Centro Médico Megasalud Calama una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/02/2016 | Centro Médico Megasalud Punta Arenas | Descargar 315 KB PDF | Impónese al prestador Centro Médico Megasalud Punta Arenas una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/02/2016 | Centro Médico Megasalud Iquique | Descargar 311 KB PDF | Impónese al prestador Centro Médico Megasalud Iquique una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/02/2016 | Centro Médico Megasalud de Temuco | Descargar 321 KB PDF | Impónese al prestador Centro Médico Megasalud Temuco una multa de 300 U.F. (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/02/2016 | Clínica Mayor | Descargar 173 KB PDF | Impónese al prestador Clínica Mayor una multa de 130 UF (ciento treinta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 09/02/2016 | Clínica del Maule | Descargar 201 KB PDF | Impónese al prestador Clínica del Maule una multa de 175 UF (ciento setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 08/02/2016 | Clínica Alemana de Puerto Varas | Descargar 218 KB PDF | Impónese al prestador Clínica Alemana de Puerto Varas una multa de 175 UF (ciento setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 08/02/2016 | Clínica Indisa | Descargar 200 KB PDF | Impónese al prestador Clínica Indisa una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 08/02/2016 | Clínica Dávila | Descargar 234 KB PDF | Impónese al prestador Clínica Dávila una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 04/02/2016 | Clínica La Portada | Descargar 211 KB PDF | Impónese al prestador Clínica Regional La Portada una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 04/02/2016 | Hospital Clínico Viña del Mar | Descargar 164 KB PDF | Impónese al prestador Hospital Clínico Viña del Mar una multa de 230 UF (doscientas treinta unidades de fomento), por incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en Situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 04/02/2016 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 179 KB PDF | Impónese al prestador Clínica Alemana de Santiago una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 04/02/2016 | Centro Médico Plusmédica | Descargar 260 KB PDF | Impónese al prestador Centro Médico Plusmédica S.A. una multa de 375 U.F. (trescientas setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/01/2016 | Clínica Avansalud | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Avansalud, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7°y 8°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/01/2016 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 211 KB PDF | Impónese al prestador Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile una multa de 75 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 29/01/2016 | Hospital de Cañete | Descargar 191 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital de Cañete" por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/01/2016 | Centro Médico Los Carrera | Descargar 251 KB PDF | Impónese al Centro Médico Los Carrera una multa de 270 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/01/2016 | Centro Clínico Bellolio | Descargar 224 KB PDF | Impónese al Centro Clínico Bellolio una multa de 300 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/01/2016 | Clínica Alemana La Dehesa | Descargar 252 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana La Dehesa una multa de 300 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/01/2016 | Hospital Militar de Santiago | Descargar 196 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital Militar de Santiago" por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/01/2016 | CESFAM Colina | Descargar 237 KB PDF | Se amonesta al prestador "CESFAM Colina" por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/01/2016 | Hospital Dr. Dino Stagno M. | Descargar 118 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital Dr. Dino Stagno M.", por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/01/2016 | Clínica Antofagasta | Descargar 207 KB PDF | Impónese al prestador Clínica Antofagasta una multa de 200 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/01/2016 | Hospital San Agustín de Collipulli | Descargar 182 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital San Agustín de Collipulli" por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/12/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. La Serena | Descargar 373 KB PDF | Impónese al prestador Integramédica Centros Médicos S.A. La Serena una multa de 300 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/12/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Talca | Descargar 335 KB PDF | Se amonesta al prestador "Integramédica Centros Médicos S.A. Talca" por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/12/2015 | Hospital de Constitución | Descargar 184 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital de Constitución" por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/12/2015 | Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente | Descargar 182 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente", por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/12/2015 | Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar | Descargar 187 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar", por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/12/2015 | Hospital de Quilpué | Descargar 180 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital de Quilpué" por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/12/2015 | Centro Médico Megasalud de Valdivia | Descargar 305 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Valdivia una multa de 300 U.F. por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/12/2015 | Clínica Universidad de Los Andes | Descargar 197 KB PDF | Impónese a la Clínica Universidad de Los Andes una multa de 250 U.F. por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/12/2015 | Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda | Descargar 204 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda", por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/12/2015 | Clínica Santa María | Descargar 189 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Santa María por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/11/2015 | Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente | Descargar 171 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/11/2015 | Hospital Dr. José Arraño de Andacollo | Descargar 167 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. José Arraño de Andacollo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/11/2015 | CESFAM Enfermera Sofía Pincheira | Descargar 167 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Enfermera Sofía Pincheira, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/11/2015 | Hospital de Llanquihue | Descargar 170 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Llanquihue, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | Hospital San Agustín de Florida | Descargar 159 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Agustín de Florida, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 196 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Valparaíso, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | Hospital Dr. Augusto Essmann de Puerto Natales | Descargar 104 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Augusto Essmann Burgos de Puerto Natales, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | CESFAM Sotaqui | Descargar 198 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Sotaqui, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | CESFAM Practicante Camilo Zamorano Sánchez | Descargar 193 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Practicante Camilo Zamorano Sánchez, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada | Descargar 201 KB PDF | Se amonesta al Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | Hospital de Los Lagos | Descargar 159 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Los Lagos, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2015 | Hospital San José de Maipo | Descargar 160 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Maipo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2015 | CESFAM Las Cabras | Descargar 200 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Las Cabras, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2015 | Hospital Hanga Roa | Descargar 162 KB PDF | Se amonesta al Hospital Hanga Roa, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2015 | Hospital San Camilo | Descargar 166 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Camilo de San Felipe, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Plaza Oeste | Descargar 370 KB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Plaza Oeste por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2015 | CESFAM Carlos Ibañez del Campo | Descargar 168 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carlos Ibáñez del Campo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2015 | Hospital Mercedes de Chimbarongo | Descargar 199 KB PDF | Se amonesta al Hospital Mercedes de Chimbarongo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2015 | Hospital San Vicente de Arauco | Descargar 160 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Vicente de Arauco, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/09/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Maipú | Descargar 352 KB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Maipú por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/09/2015 | Centro Médico Monte Sinaí | Descargar 239 KB PDF | Impónese al Centro Médico Monte Sinaí una multa de 200 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/09/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Puente Alto | Descargar 366 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Puente Alto una multa de 300 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/09/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte | Descargar 394 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte una multa de 250 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/09/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol | Descargar 362 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol una multa de 300 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/09/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda | Descargar 181 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda una multa de 300 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/09/2015 | Clínica Central | Descargar 164 KB PDF | Impónese a la Clínica Central una multa de 80 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar, mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado el diagnóstico de alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/09/2015 | Hospital de Tomé | Descargar 234 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Tomé, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/09/2015 | Clínica Arauco Salud | Descargar 176 KB PDF | Impónese a la Clínica Arauco Salud una multa de 300 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar, mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado el diagnóstico de alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/09/2015 | CESFAM Dr. Adalberto Steeger | Descargar 246 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Adalberto Steeger, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/09/2015 | Hospital Militar de Santiago | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Militar, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/09/2015 | CESFAM Esmeralda | Descargar 202 KB PDF | Se amonesta al al CESFAM Esmeralda, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/09/2015 | Centro Asistencial Norte | Descargar 194 KB PDF | Se amonesta al Centro Asistencial Norte, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2015 | Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz | Descargar 168 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2015 | Clínica Las Condes | Descargar 193 KB PDF | Impónese a la Clínica Las Condes una multa de 210 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 21/08/2015 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 173 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico de la Universidad de Chile por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/08/2015 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 183 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile una multa de 250 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/08/2015 | Clínica Alemana de Santiago | Descargar 231 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Santiago una multa de 350 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/08/2015 | CESFAM Tierras Blancas | Descargar 155 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Tierras Blancas, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/08/2015 | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al Hospital del Trabajador, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 17/08/2015 | CESFAM Melipeuco | Descargar 174 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Melipeuco, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/08/2015 | Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante | Descargar 171 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Adalberto Steeger de Talagante, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/08/2015 | Descargar 13 MB PDF | Sanciónase al pago de dos multas por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital del Trabajador, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7° y por una infracción del artículo 141 inciso 3° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 12/08/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Estación Central | Descargar 167 KB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Estación Central, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/08/2015 | Instituto Nacional del Cáncer | Descargar 176 KB PDF | Se amonesta al Instituto Nacional del Cáncer Dr. Caupolicán Pardo Correa, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/08/2015 | Hospital Clínico Viña del Mar | Descargar 14 MB PDF | Sanciónase al pago de tres multas por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico Viña del Mar, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7° y por dos infracciones del artículo 141 inciso 3° del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 10/08/2015 | Consultorio General Rural Pozo Almonte | Descargar 171 KB PDF | Se amonesta al Consultorio General Rural Pozo Almonte, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/08/2015 | CESFAM Puchuncaví | Descargar 169 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Puchuncaví, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/08/2015 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 239 KB PDF | Se amonesta al prestador "Hospital Clínico de la Universidad de Chile", por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello, en la forma y oportunidad establecida en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2015 | CESFAM Dr. Norman Voullieme | Descargar 214 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Norman Voullieme, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico Megasalud Arica | Descargar 2 MB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Arica una multa de 375 U. F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico Megasalud Conchalí | Descargar 1 MB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Conchalí una multa de 200 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico Megasalud Puerto Montt | Descargar 2 MB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Puerto Montt una multa de 300 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico Megasalud Concepción | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Concepción por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Clínica Mayor | Descargar 1 MB PDF | Impónese a la Clínica Mayor una multa de 250 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico Megasalud Puente Alto | Descargar 1 MB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Puente Alto una multa de 300 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico Megasalud Antofagasta | Descargar 2 MB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Antofagasta una multa de 300 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico Megasalud Osorno | Descargar 2 MB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Osorno una multa de 300 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | Centro Médico CEDIMED | Descargar 348 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico CEDIMED Ltda. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | CESFAM Doñihue | Descargar 958 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Doñihue por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/07/2015 | CESFAM N°6 Ignacio Caroca Caroca | Descargar 911 KB PDF | Se amonesta al CESFAM N° 6 Ignacio Caroca Caroca, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2015 | CESFAM Los Cerros | Descargar 853 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Cerros por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2015 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 1 MB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Valdivia una multa de 300 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/07/2015 | Clínica Los Carrera | Descargar 901 KB PDF | Impónese a la Clínica Los Carrera una multa de 350 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/07/2015 | Clínica El Elqui | Descargar 9 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional del Elqui, por infracción del artículo 173 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/07/2015 | CESFAM La Estrella | Descargar 167 KB PDF | Se amonesta al CESFAM La Estrella por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2015 | CESFAM San Rafael | Descargar 166 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Rafael por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2015 | CESFAM Pelequén | Descargar 170 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pelequén por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2015 | CESFAM Norte | Descargar 169 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Norte por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2015 | Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile General Dr. Raúl Yazigi J. | Descargar 190 KB PDF | Se amonesta Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile "General Dr. Raúl Yazigi J." por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2015 | Centro Médico Intersalud | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta a Intersalud Ltda., por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2015 | Hospital Dr. Mauricio Heyermann | Descargar 203 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Mauricio Heyermann, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2015 | Hospital San Agustín de Florida | Descargar 174 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Agustín de Florida, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2015 | Hospital de Frutillar | Descargar 176 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Frutillar, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2015 | Hospital de Cañete | Descargar 168 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Cañete, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2015 | CESFAM Dr. Antonio Rendic | Descargar 177 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Antonio Rendic, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/07/2015 | CESFAM Centro de San Fernando | Descargar 163 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Centro de San Fernando, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/07/2015 | Centro Médico Norte | Descargar 162 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Norte por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/06/2015 | Hospital Cruz del Norte | Descargar 365 KB PDF | Impónese al Hospital Cruz del Norte una multa de 200 U.F. por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/06/2015 | Clínica Integral | Descargar 194 KB PDF | Impónese a la Clínica Integral, una multa de 270 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de S años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/06/2015 | Clínica Lircay | Descargar 212 KB PDF | Impónese a la Clínica Lircay, una multa de 350 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de S años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/06/2015 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 230 KB PDF | Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo, una multa de 200 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de S años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 15/06/2015 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 313 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico Mutual de Seguridad, una multa de 250 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de S años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | CESFAM El Melón | Descargar 193 KB PDF | Se amonesta al CESFAM El Melón, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | CESFAM Freire | Descargar 202 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Freire, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | CESFAM Dr. Arturo Albertz | Descargar 202 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Arturo Albertz, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | CESFAM Lo Amor | Descargar 198 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Lo Amor, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | Centro Médico y Dental La Araucana Salud | Descargar 187 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico y Dental La Araucana Salud S.A., por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | CESFAM Maipo | Descargar 202 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Maipo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | Hospital de Río Bueno | Descargar 203 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Río Bueno, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | Clínica Arica | Descargar 208 KB PDF | Impónese a la Clínica Arica una multa de 370 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | Clínica Alemana de Puerto Varas | Descargar 230 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Puerto Varas una multa de 370 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/05/2015 | Descargar 209 KB PDF | Impónese a la Clínica Puerto Montt una multa de 300 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 28/05/2015 | Clínica Alemana de Osorno | Descargar 202 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Osorno una multa de 250 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de S años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2015 | Centro Médico ASOMEL | Descargar 170 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico ASOMEL, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2015 | Clínica Regional Coquimbo | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Regional Coquimbo, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2015 | CESFAM Curaco de Vélez | Descargar 194 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Curaco de Vélez, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2015 | CESFAM Cerro Navia | Descargar 194 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cerro Navia, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/05/2015 | Hospital del Cobre Dr. Salvador Allende | Descargar 200 KB PDF | Se amonesta al Hospital del Cobre Dr. Salvador Allende, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/05/2015 | Hospital de San Carlos | Descargar 193 KB PDF | Se amonesta al Hospital de San Carlos, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/05/2015 | Hospital Las Higueras de Talcahuano | Descargar 182 KB PDF | Se amonesta al Hospital Las Higueras de Talcahuano, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES" o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/05/2015 | Clínica Atacama | Descargar 183 KB PDF | Impónese a la Clínica Atacama una multa de 300 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/05/2015 | Clínica Iquique | Descargar 226 KB PDF | Impónese a la Clínica Iquique una multa de 200 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/05/2015 | Clínica Dávila | Descargar 223 KB PDF | Impónese a la Clínica Dávila una multa de 200 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/05/2015 | Clínica Sanatorio Alemán | Descargar 225 KB PDF | Impónese a la Clínica Sanatorio Alemán una multa de 200 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/05/2015 | Clínica Los Andes de Puerto Montt | Descargar 189 KB PDF | Impónese a la Clínica Los Andes de Puerto Montt una multa de 350 U.F., por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/04/2015 | Hospital Dr. Eduardo Pereira Ramírez | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 60 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Dr. Eduardo Pereira, por infracción del artículo 141 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/04/2015 | Clínica Regional Coquimbo | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional Coquimbo, por infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/04/2015 | Clínica Indisa | Descargar 10 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Indisa, por infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 17/04/2015 | Clínica Alemana La Dehesa | Descargar 268 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana La Dehesa una multa de 180 U.F. , por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/04/2015 | Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama | Descargar 167 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama, por el inlcumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/04/2015 | Hospital Dr. Augusto Essmann de Puerto Natales | Descargar 175 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Augusto Essmann de Puerto Natales, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/04/2015 | Hospital Juan Morey de La Unión | Descargar 197 KB PDF | Se amonesta al Hospital Juan Morey de La Unión, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital Militar del Norte | Descargar 168 KB PDF | Se amonesta al Hospital Militar del Norte, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital de Peñaflor | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Peñaflor, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital San Agustín de La Ligua | Descargar 170 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Agustín de La Ligua, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Instituto Nacional del Cáncer | Descargar 172 KB PDF | Se amonesta al Instituto Nacional del Cáncer, por el incumplimiento de la obligación de dejar constanda escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital de Pichilemu | Descargar 180 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Pichilemu, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital de Lota | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Lota, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Clínica del Maule | Descargar 200 KB PDF | Impónese a la Clínica del Maule una multa de 200 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Clínica Maitenes | Descargar 285 KB PDF | Impónese a la Clínica Maitenes una multa de 220 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda | Descargar 175 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Clínica Río Blanco | Descargar 206 KB PDF | Impónese a la Clínica Río Blanco una multa de 220 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Asociación Chilena de Seguridad de Temuco | Descargar 222 KB PDF | Impónese a la Asociación Chilena de Seguridad de Temuco una multa de 200 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital Clínico Viña del Mar | Descargar 152 KB PDF | Impónese al Hospital Clínico Viña del Mar una multa de 270 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 26/03/2015 | Hospital Dr. Ricardo Valenzuela Saenz Rengo | Descargar 321 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital de Tomé | Descargar 160 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Tomé, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 182 KB PDF | Impónese a la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo una multa de 200 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 26/03/2015 | Centro Médico Bellolio | Descargar 423 KB PDF | Impónese al Centro Médico Bellolio una multa de 230 U.F., por incumplimiento de la instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años " y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Clínica Universidad de Los Andes | Descargar 159 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Universidad de Los Andes, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Mutual de Seguridad C. CH. C. de Puerto Montt | Descargar 212 KB PDF | Impónese a la Mutual de Seguridad C. CH. C. de Puerto Montt una multa de 130 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital de Constitución | Descargar 167 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Constitución, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/03/2015 | Hospital Dr. José Arraño de Andacollo | Descargar 150 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. José Arraño de Andacollo, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2015 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Valparaíso, por infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 17/03/2015 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 231 KB PDF | Impónese a la Clínica Hospital del Profesor una multa de 200 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/03/2015 | Clínica Alemana de Osorno | Descargar 209 KB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Osorno una multa de 200 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/03/2015 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 229 KB PDF | Impónese a la Clínica Hospital del Profesor una multa de 150 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/03/2015 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 157 KB PDF | Impónese a la Clínica Universitaria de Concepción una multa de 320 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/03/2015 | Clínica La Portada | Descargar 185 KB PDF | Impónese a la Clínica Regional La Portada una multa de 330 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 11/03/2015 | Clínica Biobío | Descargar 223 KB PDF | Impónese a la Clínica Biobío una multa de 200 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 05/03/2015 | Clínica Magallanes | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Magallanes, por infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 03/03/2015 | Clínica Ciudad del Mar | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 360 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Ciudad del Mar, por infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 03/03/2015 | Clínica Santa María | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 360 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Santa María, por infracción del artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/02/2015 | Hospital de Castro | Descargar 153 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Castro, por el Incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Hospital San Luis de Buin | Descargar 172 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Luis de Buin, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Hospital Manuel Magalhaes Medling | Descargar 159 KB PDF | Se amonesta al Hospital Manuel Magalhaes Medlig de Huasco, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Clínica San Lorenzo | Descargar 204 KB PDF | Impónese a la Clínica San Lorenzo una multa de 180 U.F. (ciento ochenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Clínica Tarapacá | Descargar 237 KB PDF | Impónese a la Clínica Tarapacá una multa de 300 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a la GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Hospital 21 de Mayo | Descargar 140 KB PDF | Se amonesta al Hospital 21 de Mayo, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Clínica Los Leones | Descargar 168 KB PDF | Impónese a la Clínica Los Leones una multa de 280 U.F., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 171 KB PDF | Impónese a la Clínica Universitaria de Concepción una multa de 280 U.F. , por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Clínica Cumbres del Norte | Descargar 202 KB PDF | Impónese a la Clínica Cumbres del Norte S.A. una multa de 220 UF por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Centro Médico Plusmédica | Descargar 179 KB PDF | Impónese al Centro Médico Plusmédica S.A. una multa de 200 U.F. , por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente | Descargar 138 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008, esto es mediante el uso del Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Hospital San José de Coronel | Descargar 143 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Coronel, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2015 | Hospital San José de Parral | Descargar 144 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Parral, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2015 | Hospital Dr. Abraham Godoy Peña | Descargar 149 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Abraham Godoy, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2015 | Hospital Dr. Jerónimo Méndez Arancibia | Descargar 137 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Jerónimo Méndez Arancibia de Chañaral, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2015 | Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara (La Calera), por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2015 | Hospital San Vicente de Tagua Tagua | Descargar 125 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Vicente de Tagua Tagua, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2015 | Hospital San Juan de Dios de Los Andes | Descargar 141 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de Los Andes, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2015 | Hospital Dr. Florencio Vargas Díaz | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Florencio Vargas Díaz por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la circular IF N° 77 de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2015 | Hospital Naval Cirujano Guzmán de Magallanes | Descargar 141 KB PDF | Se amonesta al Hospital Naval Cirujano Guzmán de Magallanes por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud aprobado por la Circular IF/N° 771 de 20081 esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2015 | Hospital Claudio Vicuña de San Antonio | Descargar 142 KB PDF | Se amonesta al Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, la forma prevista en el prtículo 24 de la Ley No19. 966 y en el T1tulo IV del Capitulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/No 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2015 | Hospital Provincial del Huasco | Descargar 144 KB PDF | Se amonesta al Hospital Provincial del Huasco, Monseñor Fernando Ariztía Ruiz por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2015 | Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada | Descargar 140 KB PDF | Se amonesta al Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/02/2015 | Descargar 143 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 03/02/2015 | Hospital Juana Ross de Edwards | Descargar 145 KB PDF | Se amonesta al Hospital Juana Ross de Edwards (Peñablanca), por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/01/2015 | Clínica La Portada | Descargar 212 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica La Portada, por infracción al Artículos 141, inciso 3° y 173, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 16/01/2015 | Clínica Sanatorio Alemán | Descargar 7 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 360 Unidades Tributarias Mensuales a la Clín¡ca Sanatorio Alemán, por infracción al Artículo 141 inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 14/01/2015 | CESFAM Cirujano Guzmán | Descargar 204 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cirujano Guzmán por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/01/2015 | CESFAM Lebu Norte | Descargar 196 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Lebu Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/01/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. La Serena | Descargar 291 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. La Serena una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/01/2015 | Centro Médico Megasalud de Valdivia | Descargar 268 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Valdivia una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escnta que mformo a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/01/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Puente Alto | Descargar 283 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Puente Alto una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/01/2015 | Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol | Descargar 312 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/01/2015 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 185 KB PDF | Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo una multa de 220 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 14/01/2015 | Clínica del Maule | Descargar 217 KB PDF | Impónese a la Clínica del Maule una multa de 320 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 30/12/2014 | Clínica Alemana de Temuco | Sanciónase al pago de una multa de 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Temuco, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | |
| 30/12/2014 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 394 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Alemana de Temuco, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 22/12/2014 | Clínica Reñaca | Descargar 163 KB PDF | Impónese una multa de 200 UF, a la Clínica Reñaca, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 22/12/2014 | Clínica Vespucio | Descargar 164 KB PDF | Impónese una multa de 200 UF, a la Clínica Vespucio, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 22/12/2014 | Clínica RedSalud Valparaíso | Descargar 248 KB PDF | Impónese una multa de 270 UF, a la Clínica Valparaíso, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 22/12/2014 | Clínica El Loa | Descargar 176 KB PDF | Impónese a la Clínica El Loa una multa de 230 UF por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 22/12/2014 | Clínica Los Carrera | Descargar 172 KB PDF | Impónese una multa de 240 UF, a la Clínica Los Carrera, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 22/12/2014 | Clínica Las Lilas | Descargar 212 KB PDF | Impónese una multa de 210 UF, a la Clínica Las Lilas, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de utgencioa vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 19/12/2014 | Clínica Sierra Bella | Descargar 385 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 70 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Sierra Bella, por infracción al Artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/12/2014 | Clínica Avansalud | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Avansalud, por infracción al Artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/12/2014 | Clínica San José | Descargar 14 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 360 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica San José, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. y rechaza el recurso de reposición presentado por el prestador con fecha 17/07/2013. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/12/2014 | Clínica Maitenes | Descargar 211 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Los Maitenes, por infracción al Artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 16/12/2014 | Clínica Sanatorio Alemán | Descargar 141 KB PDF | Impónese a la Clínica Sanatorio Alemán una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 16/12/2014 | Clínica Dávila | Descargar 211 KB PDF | Impónese a la Clínica Dávila una multa por 250 U.F., por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 27/11/2014 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda | Descargar 171 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/11/2014 | Centro Médico Servicios Pediátricos Núñez - Díaz | Descargar 173 KB PDF | Impónese al Centro Médico Servicios Pediátricos Núñez - Díaz una multa de 150 U.F. (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/11/2014 | Centro Médico Megasalud Osorno | Descargar 410 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Osorno una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/11/2014 | Centro Médico Megasalud Puerto Montt | Descargar 391 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Puerto Montt una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/11/2014 | Centro Médico Megasalud La Serena | Descargar 289 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud La Serena una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/11/2014 | Centro Médico Megasalud La Florida | Descargar 229 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud La Florida una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/11/2014 | Centro Médico Megasalud Puente Alto | Descargar 275 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Puente Alto una multa por 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/11/2014 | Centro Médico y Diagnóstico Atacama | Descargar 156 KB PDF | Impónese al Centro Médico y Diagnóstico Atacama una multa de 240 U.F. (doscientas cuarenta unidades de fomento), por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 12/11/2014 | Centro Médico Cochrane | Descargar 164 KB PDF | Impónese al Centro Médico Cochrane, una multa por 220 U.F., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/11/2014 | Centro Médico Megasalud Arica | Descargar 270 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Arica una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/11/2014 | Centro Médico Megasalud Chillán | Descargar 226 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Chillán una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/11/2014 | Centro Médico Megasalud Antofagasta | Descargar 287 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Antofagasta una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/11/2014 | Descargar 166 KB PDF | Impónese al IST Metropolitano una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 10/11/2014 | Centro Médico Los Carrera | Descargar 166 KB PDF | Impónese al Centro Médico Los Carrera una multa de 220 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/11/2014 | CESFAM Victoria | Descargar 212 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Victoria, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/10/2014 | Centro Médico Megasalud Calama | Descargar 233 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Calama una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/10/2014 | Centro Médico y Dental Megasalud Temuco | Descargar 260 KB PDF | Impónese al Centro Médico y Dental Megasalud Temuco una multa de 200 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/10/2014 | CESFAM El Aguilucho | Descargar 210 KB PDF | Se amonesta al CESFAM El Aguilucho, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/10/2014 | Clínica Arauco Salud | Descargar 248 KB PDF | Impónese a Clínica Arauco Salud una multa de 240 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/10/2014 | CESFAM Eduardo Frei Montalva | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Eduardo Frei Montalva, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/10/2014 | CESFAM Los Cerros | Descargar 138 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Cerros, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/10/2014 | CESFAM Eleuterio Ramírez | Descargar 135 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Eleuterio Ramírez, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/10/2014 | CESFAM de Chiguayante | Descargar 134 KB PDF | Se amonesta al CESFAM de Chiguayante, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2014 | Centro Médico Vidaintegra Apoquindo | Descargar 157 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Vidaintegra Apoquindo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/10/2014 | Centro de Referencia de Salud (CRS) El Pino | Descargar 156 KB PDF | Se amonesta al CRS El Pino, Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/09/2014 | Clínica Maitenes | Descargar 208 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Los Maitenes, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/09/2014 | Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo | Descargar 210 KB PDF | Se amonesta a la Clínica UC San Carlos de Apoquindo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/09/2014 | CESFAM Norte | Descargar 194 KB PDF | Se amonesta al prestador CESFAM Norte Dr. Atilio Almagiá Pereira, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/09/2014 | CESFAM Putre | Descargar 185 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Putre, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/09/2014 | CESFAM La Leonera | Descargar 180 KB PDF | Se amonesta al CESFAM La Leonera, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/09/2014 | CESFAM Quinchamalí | Descargar 220 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Quinchamalí, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/09/2014 | CESFAM Dr. Ricardo Valdés Hurtado | Descargar 168 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Ricardo Valdés Hurtado, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista por la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/09/2014 | CESFAM Dr. David Benavente de Ninhue | Descargar 185 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. David Benavente de Ninhue, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/09/2014 | CESFAM Padre Damián de Molokai | Descargar 275 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Padre Damián de Molokai, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/09/2014 | CESFAM Marcelo Mena | Descargar 169 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Marcelo Mena, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/09/2014 | CESFAM Hualpencillo | Descargar 256 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Hualpencillo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/09/2014 | CESFAM Curimón | Descargar 225 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Curimón, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/09/2014 | CESFAM Paulina Avendaño Pereda | Descargar 246 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Paulina vendaño Pereda, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/09/2014 | CESFAM Cartagena | Descargar 226 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cartagena, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/09/2014 | CESFAM San Ramón Nonato | Descargar 216 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Ramón Nonato, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/09/2014 | CESFAM Arrau Méndez | Descargar 179 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Arrau Méndez, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/09/2014 | CESFAM Castro Alto | Descargar 192 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Castro Alto, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2014 | CESFAM Yobilo | Descargar 185 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Yobilo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2014 | CESFAM Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga | Descargar 183 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2014 | CESFAM Violeta Parra | Descargar 233 KB PDF | Se amonesta al CESFAM CESFAM Violeta Parra por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2014 | CESFAM Cardenal Raúl Silva Henríquez | Descargar 216 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cardenal Raúl Silva Henríquez, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2014 | CESFAM Centenario | Descargar 180 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Centenario, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2014 | CESFAM Dr. Juan C. Baeza B. de San Clemente | Descargar 182 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Juan C. Baeza B. de San Clemente, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM José Bauzá Frau | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al CESFAM José Bauzá Frau, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM Sol de Septiembre | Descargar 229 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Sol de Septiembre, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM Diputado Manuel Bustos Huerta | Descargar 199 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Diputado Manuel Bustos Huerta, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM Marta Estévez | Descargar 269 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Marta Estévez por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM El Barrero | Descargar 214 KB PDF | Se amonesta al CESFAM El Barrero, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM Centro de San Fernando | Descargar 217 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Centro de San Fernando, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM 30 de Marzo | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al CESFAM 30 de Marzo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM Lontué | Descargar 160 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Lontué, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM San Rafael | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Rafael por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM Purranque | Descargar 160 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Purranque, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/08/2014 | CESFAM Oscar Bonilla | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Oscar Bonilla, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/08/2014 | CESFAM Dr. Arturo Baeza Goñi | Descargar 259 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Arturo Baeza Goñi, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/08/2014 | CESFAM Las Torres | Descargar 247 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Las Torres, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/08/2014 | Centro Asistencial Norte | Descargar 219 KB PDF | Se amonesta al Centro Asistencial Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/08/2014 | CESFAM Cirujano Videla | Descargar 290 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cirujano Videla, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/08/2014 | CESFAM Dr. Alberto Reyes | Descargar 432 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Alberto Reyes por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/08/2014 | CESFAM Freirina | Descargar 208 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Freirina, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/08/2014 | CESFAM Dr. Luis Herrera | Descargar 210 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Luis Herrera, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/07/2014 | CESFAM Alto Jahuel | Descargar 177 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Alto Jahuel, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/07/2014 | Consultorio de Casablanca | Descargar 186 KB PDF | Se amonesta al Consultorio de Casablanca, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19,966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/07/2014 | CESFAM Panquehue | Descargar 184 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Panquehue, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/07/2014 | CESFAM Norte | Descargar 360 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/07/2014 | CESFAM Juan Cartes Arias | Descargar 197 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Cartes Arias, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/07/2014 | CESFAM Río Bueno | Descargar 252 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Río Bueno, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/07/2014 | CESFAM Doñihue | Descargar 272 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Doñihue, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2014 | CESFAM Sur | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Emilio Schaffhauser, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2014 | CESFAM Sur | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Sur, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2014 | CESFAM Estación | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Estación, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2014 | CESFAM Alto del Carmen | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Alto del Carmen, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/05/2014 | Clínica Los Andes de Puerto Montt | Descargar 1 MB PDF | Impónese a la Clínica Los Andes de Puerto Montt, una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento) por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 28/04/2014 | Clínica Cumbres del Norte | Descargar 119 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Cumbres del Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2014 | CESFAM San Pablo de Mirasol | Descargar 193 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Pablo de Mirasol, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2014 | CESFAM Joan Crawford Astudillo | Descargar 181 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Joan Crawford Astudillo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/04/2014 | Centro Médico Plusmédica | Descargar 211 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Plusmédica, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/04/2014 | Clínica Miraflores | Descargar 202 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Miraflores, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/04/2014 | Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol | Descargar 216 KB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. El Trébol por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2014 | Centro Médico Temuco | Descargar 436 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Temuco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2014 | Centro Médico Servicios Pediátricos Núñez - Díaz | Descargar 732 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Servicios Pediátricos Nuñez - Diaz, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2014 | CESFAM Dr. Agustín Cruz Melo | Descargar 425 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Agustín Cruz Melo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/03/2014 | Hospital Presidente Carlos Ibañez del Campo | Descargar 291 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital de Linares, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 14/03/2014 | CESFAM Peralillo | Descargar 311 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Peralillo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/03/2014 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 390 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Hospital del Profesor, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/03/2014 | Centro Médico Cochrane | Descargar 364 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Cochrane, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/03/2014 | Mutual de Seguridad C. CH. C. de Puerto Montt | Descargar 469 KB PDF | Se amonesta a la Mutual de Seguridad C.CH.C de Puerto Montt, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/03/2014 | Centro Médico Asociación Chilena de Seguridad de Temuco | Descargar 204 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Asociación Chilena de Seguridad de Temuco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2014 | CESFAM Frutillar Alto | Descargar 462 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Frutillar Alto, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2014 | Consultorio Paillaco | Descargar 431 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Paillaco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/03/2014 | Clínica Sanatorio Alemán | Descargar 180 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Sanatorio Alemán por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/03/2014 | Clínica Avansalud | Descargar 229 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Avansalud Providencia, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2014 | CESFAM Santa Rosa | Descargar 185 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Santa Rosa, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2014 | Consultorio Los Lagos | Descargar 241 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Los Lagos, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2014 | CESFAM Los Volcanes | Descargar 705 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Volcanes, por el Incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2014 | CESFAM Carlos Trupp | Descargar 270 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carlos Trupp, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/02/2014 | Centro Médico Megasalud Punta Arenas | Descargar 403 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Punta Arena, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/02/2014 | Clínica Universitaria de Concepción | Descargar 842 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Universitaria Concepción, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/02/2014 | Centro Médico Los Carrera | Descargar 817 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Los Carrera, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/02/2014 | Clínica Tarapacá | Descargar 843 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Tarapacá, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/02/2014 | Clínica Los Carrera | Descargar 712 KB PDF | Declárese prescrita la acción sancionatoria prevista en el inciso 2° del artículo 125 del DFL N°1, de 2005, de Salud, en relación con las faltas cometidas por la Clínica Los Carrera, con anterioridad al 17 de diciembre de 2012. Impónese una multa de 200 U.F. a la Clínica Los Carrera, de Quilpué, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) |
| 28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Puente Alto | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Puente Alto, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Arica | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Arica, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Viña del Mar | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Viña del Mar, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Rancagua | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Rancagua, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/01/2014 | Centro Médico Megasalud Conchalí | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Conchalí, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/01/2014 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Centro | Descargar 731 KB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Centro por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/12/2013 | Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción | Descargar 979 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/12/2013 | Clínica La Portada | Descargar 1 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional La Portada de Antofagasta, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 19/12/2013 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana de Valdivia, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Clínica Iquique | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Iquique, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Hospital Cruz del Norte | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Cruz del Norte, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Centro Médico Monte Sinaí | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Monte Sinaí, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Clínica del Maule | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a la Clínica del Maule, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Clínica Río Blanco | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Río Blanco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Clínica San Lorenzo | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta a la Clínica San Lorenzo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Clínica Los Leones | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Los Leones, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2013 | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Instituto de Seguridad del Trabajo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 21/11/2013 | CESFAM Dr. Carlos Díaz Gidi | Descargar 1.016 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Carlos Díaz Gidi, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/11/2013 | CESFAM Santa Elvira | Descargar 947 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Santa Elvira, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/11/2013 | Centro de Referencia de Salud (CRS) Miraflores | Descargar 916 KB PDF | Se amonesta al Centro de Referencia de Salud Miraflores, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2013 | CESFAM Teodoro Schmidt | Descargar 972 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Teodoro Schmit, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2013 | CESFAM Amanda Benavente | Descargar 913 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Amanda Benavente, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/10/2013 | Clínica Indisa | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Indisa, por infracción al Artículo 173 bis, inciso 7°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 07/10/2013 | Clínica Central | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Central, por infracción al Artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 07/10/2013 | Clínica Cordillera | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Nueva Clínica Cordillera, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 07/10/2013 | Clínica Integral | Descargar 6 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Integral, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 17/09/2013 | CESFAM Las Colinas | Descargar 1.002 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Las Colinas de Padre Las Casas, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/09/2013 | CESFAM Codegua | Descargar 817 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Codegua, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/09/2013 | CESFAM Cholchol | Descargar 973 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cholchol, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/09/2013 | CESFAM Olivar | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Olivar, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/09/2013 | CESFAM Salvador Allende Gossens de Tierra Amarilla | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Salvador Allende Gossens de Tierra Amarilla, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/09/2013 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 09/09/2013 | Clínica Las Condes | Descargar 1 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Las Condes, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/08/2013 | Centro Médico Vidaintegra La Florida | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Vidaintegra La Florida, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2013 | Clínica Ciudad del Mar | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Ciudad del Mar, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/08/2013 | Hospital Víctor Ríos Ruiz | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Víctor Ríos Ruiz, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/08/2013 | Clínica La Portada | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional La Portada de Antofagasta, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/08/2013 | Clínica Los Andes de Puerto Montt | Descargar 2 MB PDF | Impónese a la Clínica Los Andes de Puerto Montt, una multa de 130 U.F. por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/08/2013 | Hospital Dr. Gustavo Fricke | Descargar 170 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Gustavo Fricke, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/08/2013 | Descargar 3 MB PDF | Impónese a la Clínica Puerto Montt una multa de 130 U.F. por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Título IV del Capitulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 19/08/2013 | Consultorio Víctor Domingo Silva | Descargar 122 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Víctor Domingo Silva, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/08/2013 | Centro Médico Megasalud La Florida | Descargar 146 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud La Florida, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/08/2013 | CESFAM Trehuaco | Descargar 113 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Trehuaco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/08/2013 | CESFAM Cerro Alto | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cerro Alto, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/08/2013 | Hospital Regional de Coyhaique | Descargar 102 KB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Coyhaique, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/08/2013 | Clínica La Portada | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional La Portada de Antofagasta, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 05/08/2013 | Clínica Cordillera | Descargar 1 MB PDF | Impónese a la Clínica Cordillera, una multa de 130 U.F. por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | CESFAM Pelarco | Descargar 879 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pelarco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | CESFAM Chincolco | Descargar 924 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Chincolco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | CESFAM Zapallar | Descargar 671 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Zapallar, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | Clínica Dávila | Descargar 934 KB PDF | Se amonesta a Clínica Dávila, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | CESFAM El Quisco | Descargar 829 KB PDF | Se amonesta al CESFAM El Quisco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | CESFAM Dr. Juan Márquez Vismarra | Descargar 851 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Juan Marqués Vismarra, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/08/2013 | CESFAM Vichuquén | Descargar 914 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Vichuquén, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | CESFAM Ralco | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Ralco, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | CESFAM Manuel Lucero de Olmué | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Manuel Lucero de Olmué, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | CESFAM Nogales | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Nogales, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | CESFAM Oriente San Fernando | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Oriente San Fernando, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | CESFAM Ñipas | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Ñipas, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | CESFAM Puertas Negras | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Puertas Negras, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | CESFAM Huertos Familiares | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Huertos Familiares, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 26/07/2013 | Hospital Dr. Marcos Macuada | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Marcos Macuada de Tocopilla, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2013 | CESFAM Teresa Baldecchi | Descargar 585 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Teresa Baldecchi, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2013 | CESFAM Chépica | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Chépica, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/07/2013 | Hospital San Juan de Dios | Descargar 791 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de Santiago, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/07/2013 | Hospital San Martín de Quillota | Descargar 794 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Martin de Quillota, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en la Circular IF/N°77, de 2008. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/07/2013 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 300 Unidades Tributarias Mensuales a la Universidad de Chile, propietaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/06/2013 | Hospital Dr. Mauricio Heyermann | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Dr. Mauricio Heyermann Torres de Angol, por infracción al Artículo 141 bis del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL y revoquese la Resolución Exenta IP N°191 del 25/02/2013, referida al Reclamo presentación N° de ingreso 1025674 del 10/09/2012. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/06/2013 | Hospital de Nacimiento | Descargar 789 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Nacimiento, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/06/2013 | Centro Médico Megasalud Puerto Montt | Descargar 791 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud de Puerto Montt, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/06/2013 | Centro Médico Megasalud de Talca | Descargar 839 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud de Talca, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/06/2013 | Centro Médico Megasalud de Valdivia | Descargar 785 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud de Valdivia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2013 | Centro Médico Megasalud de Temuco | Descargar 829 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud de Temuco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2013 | Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán | Descargar 923 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2013 | Centro Médico Vidaintegra de Puente Alto | Descargar 904 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Vida Integra de Puente Alto, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2013 | Hospital Dr. César Garavagno Burotto de Talca | Descargar 848 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Cesar Garavagno Burotto de Talca, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/04/2013 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Universidad de Chile, propietaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/04/2013 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 400 Unidades Tributarias Mensuales a la Universidad de Chile, propietaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/04/2013 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Universidad de Chile, propietaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/03/2013 | Clínica Santa Sofía | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Santa Sofía, por infracción al Artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 27/03/2013 | CESFAM Rosario Corvalán | Descargar 818 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Rosario Corvalán de Caldera, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | Clínica Integral | Descargar 937 KB PDF | Impónese a Clínica Integral, una multa de 130 U.F., por incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | Clínica Lircay | Descargar 927 KB PDF | Impónese a Clínica Lircay, una multa de 100 U.F., por incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | CESFAM Rahue Alto-Osorno | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Rahue Alto de Osorno, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | Hospital Padre Alberto Hurtado | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Padre Alberto Hurtado, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | Hospital San José de Victoria | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Victoria, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | CESFAM Rosario Palomar | Descargar 683 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Rosario Palomar, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | Hospital Presidente Carlos Ibañez del Campo | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al Hospital Presidente Carlos Ibañez del Campo de Linares, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/03/2013 | CESFAM La Florida | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM La Florida, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2013 | Clínica Las Condes | Descargar 340 KB PDF | Impónese a Clínica Las Condes, una multa de 100 U.F., por incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2013 | Clínica El Elqui | Descargar 293 KB PDF | lmpónese a la Clínica Regional del Elqui una multa de 130 U.F., por el incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2013 | Clínica Curicó | Descargar 342 KB PDF | Impónese a Clínica Curicó una multa de 130 U.F. por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2013 | Hospital de Niños Dr. Luis Calvo Mackenna | Descargar 304 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Niños Dr. Luis Calvo Mackenna por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2013 | Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río | Descargar 300 KB PDF | Se amonesta al Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2013 | Clínica Alemana de Puerto Varas | Descargar 352 KB PDF | Impónese a Clínica Alemana de Puerto Varas una multa de 130 U.F. por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/03/2013 | Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán | Descargar 304 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Leonardo Guzmán, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/03/2013 | Hospital Barros Luco Trudeau | Descargar 306 KB PDF | Se amonesta al Hospital Barros Luco Trudeau, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/03/2013 | CESFAM Dr. Manuel Ferreira | Descargar 295 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Manuel Ferreira, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/03/2013 | CESFAM Isabel Jiménez Riquelme | Descargar 298 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Isabel Jiménez Riquelme, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/03/2013 | CESFAM Los Álamos | Descargar 304 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Álamos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/03/2013 | Hospital Regional de Rancagua | Descargar 296 KB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/03/2013 | Hospital San Juan de Dios de San Fernando | Descargar 296 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de San Fernando, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/03/2013 | Hospital de Pitrufquén | Descargar 330 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Pitrufquén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/03/2013 | Hospital Dr. Rafael Avaria de Curanilahue | Descargar 330 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Rafael Avaria de Curanilahue, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/03/2013 | CESFAM Pueblo Nuevo | Descargar 337 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pueblo Nuevo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/03/2013 | CESFAM Quillón | Descargar 330 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Quillón, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/03/2013 | Hospital de Loncoche | Descargar 336 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Loncoche, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2013 | Clínica Arauco Salud | Descargar 379 KB PDF | Impónese a Clínica Arauco Salud, una multa de 100 U.F., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2013 | Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames | Descargar 371 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2013 | Hospital San Juan de Dios de La Serena | Descargar 367 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de La Serena, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2013 | Hospital del Salvador | Descargar 368 KB PDF | Se amonesta al Hospital del Salvador, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2013 | Hospital de Ancud | Descargar 378 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Ancud, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Clínica Bicentenario | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Sociedad Clínica Bicentenario S.A., por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005 del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 01/03/2013 | Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río | Descargar 375 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | CESFAM Alerce | Descargar 374 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Alerce, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena | Descargar 383 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | CESFAM Carmela Carvajal | Descargar 368 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carmela Carvajal, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | CESFAM Antonio Varas | Descargar 371 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Antonio Varas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | CESFAM Dr. Cristóbal Sáenz Cerda | Descargar 376 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Cristóbal Sáenz Cerda, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | CESFAM Amanecer | Descargar 369 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Amanecer, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Complejo Hospitalario San José | Descargar 354 KB PDF | Se amonesta al Complejo Hospitalario San José, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Descargar 358 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José del Carmen, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 01/03/2013 | Hospital Carlos Van Buren | Descargar 355 KB PDF | Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Hospital Antonio Tirado Lanas | Descargar 354 KB PDF | Se amonesta al Hospital Antonio Tirado Lanas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Hospital Base de Osorno | Descargar 373 KB PDF | Se amonesta al Hospital Base de Osorno, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Descargar 379 KB PDF | Se amonesta al Complejo Hospitalario San Borja Arriarán, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 01/03/2013 | Hospital Clínico Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaria | Descargar 379 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaria, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 01/03/2013 | Hospital de Puerto Montt | Descargar 354 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Puerto Montt, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | CESFAM Rodelillo | Descargar 354 KB PDF | Se amonesta al CESFAM de Rodelillo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | CESFAM de Con Con | Descargar 367 KB PDF | Se amonesta al CESFAM de Con Con, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | CESFAM Llay-Llay | Descargar 365 KB PDF | Se amonesta al CESFAM de Llay Llay, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | CESFAM Huequén | Descargar 366 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Huequén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | CESFAM San Pedro de la Paz | Descargar 374 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Pedro de la Paz, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | CESFAM Los Muermos | Descargar 384 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Muermos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | CESFAM Artificio | Descargar 391 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Artificio, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 27/02/2013 | Hospital San Juan de Dios de Curicó | Descargar 371 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de Curicó, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital Metropolitano de Santiago | Descargar 378 KB PDF | Se amonesta al Hospital Metropolitano de Santiago, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital Mercedes de Chimbarongo | Descargar 375 KB PDF | Se amonesta al Hospital Mercedes de Chimbarongo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital San José de Parral | Descargar 375 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José de Parral, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital de Llanquihue | Descargar 357 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Llanquihue, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital de Pichilemu | Descargar 355 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Pichilemu, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital Dr. Humberto Elorza Cortés | Descargar 344 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Humberto Elorza Cortés, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital Dr. Juan Morey | Descargar 360 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Juan Morey, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/02/2013 | Hospital de Frutillar | Descargar 340 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Frutillar, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/02/2013 | Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara | Descargar 657 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Mario Sánchez Vergara, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/02/2013 | Clínica Los Carrera | Descargar 789 KB PDF | Impónese a la Clínica Los Carrera una multa de 130 U.F., por el incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/02/2013 | Hospital Intercultural de Nueva Imperial | Descargar 669 KB PDF | Se amonesta al Hospital Intercultural de Nueva Imperial, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/02/2013 | Hospital de Puerto Aysen | Descargar 695 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Puerto Aysen, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/02/2013 | CESFAM Miraflores | Descargar 666 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Miraflores, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/02/2013 | Hospital Dr. Abraham Godoy Peña | Descargar 342 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Abraham Godoy Peña, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/02/2013 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 411 KB PDF | Impónese a la Fundación Hospital Parroquial San Bernardo una multa de 130 U.F., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/02/2013 | Centro Médico Megasalud Osorno | Descargar 354 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Osorno, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 13/02/2013 | Centro Médico y Diagnóstico Atacama | Descargar 348 KB PDF | Se amonesta a Inversalud Centro Médico y Diagnóstico Atacama, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/02/2013 | Hospital de Villarrica | Descargar 372 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Villarrica, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/02/2013 | CESFAM Pedro de Valdivia | Descargar 362 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pedro de Valdivia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/02/2013 | Centro Médico Vidaintegra de San Bernardo | Descargar 375 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Vida Integra de San Bernardo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/02/2013 | CESFAM Nueva Imperial | Descargar 368 KB PDF | Se amonesta al CESFAM de Nueva Imperial, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/02/2013 | Hospital Dr. Eduardo Pereira Ramírez | Descargar 361 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Eduardo Pereira Ramírez, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/02/2013 | Hospital de Los Lagos | Descargar 355 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Los Lagos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/02/2013 | Clínica Alemana de Osorno | Descargar 359 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana de Osorno, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/01/2013 | Centro Médico Megasalud Antofagasta | Descargar 775 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Antofagasta, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/01/2013 | Clínica Central | Descargar 606 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Central, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/01/2013 | Clínica Las Lilas | Descargar 732 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Las Lilas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 22/01/2013 | Clínica San José de Arica | Descargar 770 KB PDF | Se amonesta a la Clínica San José de Arica, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Hospital San José de Coronel | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital San José, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Hospital de San Carlos | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital de San Carlos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Hospital Dr. Mauricio Heyermann | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Mauricio Heyermann, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Hospital Manuel Magalhaes Medling | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Manuel Magalhaes Medling, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Clínica Alemana La Dehesa | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana La Dehesa, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Clínica Atacama | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Atacama, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Puente Alto | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Puente Alto por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Centro Médico Megasalud Iquique | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Iquique, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile General Dr. Raúl Yazigi J. | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile "General Dr. Raúl Yazigi J.", por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Alameda por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Centro Médico Megasalud La Serena | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud La Serena, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Hospital Militar del Norte | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Militar del Norte, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Hospital Dr. Jerónimo Méndez Arancibia | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Jerónimo Méndez Arancibia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Clínica La Portada | Descargar 1 MB PDF | Impónese a la Clínica Regional La Portada una multa de 150 U.F., por el incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal San Miguel | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal San Miguel por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Clínica Indisa | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a la Clínica Indisa, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Centro Clínico Bellolio | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Clínico Bellolio, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Centro Médico Megasalud Calama | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Calama, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 1 MB PDF | Impónese a la Clínica Alemana de Temuco una multa de 100 U.F., por el incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Clínica Arica | Descargar 1 MB PDF | Impónese a la Clínica Arica una multa de 130 U.F., por el incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Centro Médico Megasalud Chillán | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Chillán, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/01/2013 | Integramédica Centros Médicos S.A. La Serena | Descargar 1 MB PDF | Se amonesta a Integramédica Centros Médicos S.A. La Serena por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/01/2013 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 5 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Universidad de Chile, por su Hospital Clínico, por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 04/12/2012 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 200 Unidades Tributarias Mensuales a al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Cátolica de Chile por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 16/10/2012 | CESFAM Juan Cartes Arias | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Cartes Arias, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/10/2012 | Clínica Bicentenario | Descargar 2 MB PDF | Se amonesta a la Clinica Bicentenario por no informar al paciente sobre patología incluida en las GES |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 03/09/2012 | Clínica Central | Descargar 1.013 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 150 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Central, por infracción al Artículo 173 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 03/09/2012 | Clínica Las Violetas | Descargar 888 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 150 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Las Violetas, por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 04/07/2012 | CESFAM Papudo | Descargar 527 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Papudo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Cobquecura | Descargar 543 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cobquecura, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Chincolco | Descargar 537 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Chincolco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Puqueldón | Descargar 456 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Puqueldón, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Prais | Descargar 451 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Prais, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Practicante Pablo Araya | Descargar 464 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Practicante Pablo Araya, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Los Volcanes | Descargar 525 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Volcanes, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM El Quisco | Descargar 547 KB PDF | Se amonesta al CESFAM El Quisco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Zapallar | Descargar 451 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Zapallar, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Juan Chiorrini N°5 | Descargar 462 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Chiorrini N°5, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Trehuaco | Descargar 454 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Trehuaco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Coltauco | Descargar 453 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Coltauco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Luis Montecinos | Descargar 526 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Luis Montecinos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Entre Lagos | Descargar 522 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Entre Lagos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM San Pablo | Descargar 461 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Pablo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Piedra del Águila | Descargar 537 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Piedra del Águila, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Ventanas | Descargar 462 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Ventanas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Pelequén | Descargar 455 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pelequén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Dr. Antonio Rendic | Descargar 469 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Antonio Rendic, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Olivar | Descargar 456 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Olivar, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Puertas Negras | Descargar 464 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Puertas Negras, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Villarrica | Descargar 531 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Villarrica, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Pangupulli | Descargar 465 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pangupulli, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Amanda Benavente | Descargar 586 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Amanda Benavente, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Santa María | Descargar 457 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Santa María, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Techo para Todos | Descargar 461 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Techo para Todos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Curaco de Vélez | Descargar 458 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Curaco de Vélez, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Marco Maldonado | Descargar 460 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Marco Maldonado, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM N°6 Ignacio Caroca Caroca | Descargar 458 KB PDF | Se amonesta al CESFAM N°6 Ignacio Caroca Caroca, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Miraflores | Descargar 106 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Miraflores, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Chonchi | Descargar 456 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Chonchi, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM La Cruz | Descargar 540 KB PDF | Se amonesta al CESFAM La Cruz, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Jean y Marie Thierry | Descargar 539 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Jean y Marie Thierry, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Ralco | Descargar 450 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Ralco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Manuel Lucero de Olmué | Descargar 598 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Manuel Lucero de Olmué, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Lican Ray | Descargar 533 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Lican Ray, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 04/07/2012 | CESFAM Lusitania | Descargar 599 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Lusitania, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/06/2012 | Clínica El Elqui | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Regional del Elqui, por infracción al Artículo 173, del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 15/06/2012 | Consultorio Los Bajos de San Agustín | Descargar 96 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Los Bajos de San Agustín, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM La Floresta | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta al CESFAM La Floresta, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Melipeuco | Descargar 157 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Melipeuco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Comalle | Descargar 167 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Comalle, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Miraflores | Descargar 166 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Miraflores, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Dr. Carlos Díaz Gidi | Descargar 103 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Carlos Díaz Gidi, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Codegua | Descargar 107 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Codegua, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | Hospital Comunitario de Salud Familiar Dr. Héctor Reyno Gutiérrez | Descargar 163 KB PDF | Se amonesta al Hospital Comunitario de Salud Familiar Dr. Héctor Reyno Gutiérrez, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM San Pedro de la Costa | Descargar 106 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Pedro de la Costa, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Pelarco | Descargar 156 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pelarco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Morza | Descargar 162 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Morza, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Dr. Juan Márquez Vismarra | Descargar 160 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Juan Márquez Vismarra, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Penco | Descargar 153 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Penco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Pulmahue | Descargar 164 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pulmahue, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Ignacio Carrera Pinto | Descargar 114 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Ignacio Carrera Pinto, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Santa Elvira | Descargar 172 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Santa Elvira, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Laraquete | Descargar 162 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Laraquete, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Humberto Rojas Sepúlveda de Panimávida | Descargar 106 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Humberto Rojas Sepúlveda de Panimávida, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Quepe | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Quepe, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Pinares | Descargar 157 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pinares, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Freire | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Freire, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Dr. Sergio Lagos Olave | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Sergio Lagos Olave, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Lorenzo Arenas | Descargar 165 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Lorenzo Arenas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | CESFAM Vichuquén | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Vichuquén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/06/2012 | Consultorio Juan Verdaguer | Descargar 166 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Juan Verdaguer, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/06/2012 | CESFAM Carampangue | Descargar 90 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carampangue, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/05/2012 | CESFAM Cholchol | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cholchol, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/05/2012 | CESFAM Empedrado | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Empedrado, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Rosario | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Rosario, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Ñipas | Descargar 79 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Ñipas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Santa Cruz | Descargar 70 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Santa Cruz, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Chépica | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Chépica, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Las Colinas | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Las Colinas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Los Laureles | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Laureles, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM La Palma | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM La Palma, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Hijuelas | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Hijuelas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Oriente San Fernando | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Oriente San Fernando, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Teodoro Schmidt | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Teodoro Schmidt, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM El Melón | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM El Melón, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM San Antonio | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Antonio, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Hualpín | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Hualpín, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Trovolhue | Descargar 82 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Trovolhue, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Los Nogales | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Nogales, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM Renaico | Descargar 82 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Renaico, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2012 | CESFAM San Esteban | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Esteban, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/05/2012 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 05/04/2012 | CESFAM Angachilla | Descargar 91 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Angachilla, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/04/2012 | Clínica Los Andes de Puerto Montt | Descargar 83 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Los Andes de Puerto Montt, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/04/2012 | CESFAM Raúl Silva Henríquez | Descargar 88 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Raúl Silva Henríquez, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 05/04/2012 | Consultorio Rahué Alto | Descargar 86 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Rahué Alto, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Clínica Cordillera | Descargar 91 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Cordillera, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Intercultural de Nueva Imperial | Descargar 45 KB PDF | Se amonesta al Hospital Intercultural Nueva Imperial, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Dr. César Garavagno Burotto de Talca | Descargar 88 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. César Garavagno Burotto, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Villarrica | Descargar 94 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Villarica, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Rosario Palomar | Descargar 92 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Rosario Palomar, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Consultorio Artificio | Descargar 86 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Artificio, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Dr. Dino Stagno M. | Descargar 95 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Dino Stagno M., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Dr. Cristóbal Sáenz Cerda | Descargar 73 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Cristóbal Sáenz Cerda, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Amanecer | Descargar 102 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Amanecer, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Teresa Baldecchi | Descargar 89 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Teresa Baldecchi, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Consultorio Huertos Familiares | Descargar 95 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Huertos Familiares, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Presidente Carlos Ibañez del Campo | Descargar 95 KB PDF | Se amonesta al Hospital Presidente Carlos Ibañez del Campo (Linares), por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Puerto Aysén | Descargar 94 KB PDF | Se amonesta al Hospital Puerto Aysén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Centro de Salud Maipú | Descargar 96 KB PDF | Se amonesta al Centro de Salud Maipú, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Alerce | Descargar 73 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Alerce, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Pitrufquén | Descargar 82 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Pitrufquén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM La Florida | Descargar 89 KB PDF | Se amonesta al CESFAM La Florida, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Consultorio Miraflores | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Miraflores, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Centro Médico Antofagasta | Descargar 86 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Antofagasta S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Clínica Arica | Descargar 107 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Arica, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Consultorio Cerro Alto | Descargar 82 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Cerro Alto, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Puerto Montt | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Puerto Montt, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Ancud | Descargar 93 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Ancud, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Juan Pablo II | Descargar 95 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Pablo II, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río | Descargar 295 KB PDF | Se amonesta al Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital del Salvador | Descargar 89 KB PDF | Se amonesta al Hospital del Salvador, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Carlos Van Buren | Descargar 89 KB PDF | Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Dr. Marcelo Lopetegui | Descargar 82 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Marcelo Lopetegui, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Irís Véliz Hume | Descargar 57 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Iris Véliz Hume, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Consultorio Víctor Domingo Silva | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Víctor Domingo Silva, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital San Juan de Dios de San Fernando | Descargar 90 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de San Fernando, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Centro de Salud Salvador Allende Gossens | Descargar 74 KB PDF | Se amonesta al Centro de Salud Salvador Allende Gossens, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Centro de Salud Dalcahue | Descargar 48 KB PDF | Se amonesta al Centro de Salud Dalcahue, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Antonio Varas | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Antonio Varas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Consultorio Externo Valdivia | Descargar 89 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Externo Valdivia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Dr. Antonio Tirado Lanas | Descargar 85 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Antonio Tirado Lanas, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Victoria | Descargar 83 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Victoria, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Consultorio Alejandro Gutiérrez | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Alejandro Gutiérrez, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Base Valdivia | Descargar 90 KB PDF | Se amonesta al Hospital Base de Valdivia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Pedro de Valdivia | Descargar 113 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pedro de Valdivia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM El Roble | Descargar 93 KB PDF | Se amonesta al CESFAM El Roble, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Carmela Carvajal | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carmela Carvajal, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Quellón | Descargar 88 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Quellón, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Regional de Coyhaique | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Coyhaique, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Descargar 742 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Concón, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 28/03/2012 | Hospital Dr. Juan Noé Crevanni | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Juan Noé Crevanni, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Ricardo Valenzuela Sáez | Descargar 92 KB PDF | Se amonesta al Hospital Ricardo Valenzuela Sáez, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Huequén | Descargar 83 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Huequén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Loncoche | Descargar 101 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Loncoche, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Niños Dr. Luis Calvo Mackenna | Descargar 96 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Niños Dr. Luis Calvo Mackenna, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Emilio Schauffhauser | Descargar 94 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Emilio Schauffhauser, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Pueblo Nuevo | Descargar 83 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pueblo Nuevo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Descargar 94 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José del Carmen de Copiapó, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 28/03/2012 | Hospital San Juan de Dios de Curicó | Descargar 90 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de Curicó, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital Regional de Rancagua | Descargar 74 KB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Remigio Sapunar | Descargar 47 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Remigio Sapunar, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | CESFAM Machalí | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Machalí, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/03/2012 | Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río | Descargar 77 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 07/03/2012 | Clínica El Elqui | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Regional El Elqui S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | CESFAM Los Muermos | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Muermos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | Centro de Salud Universidad de Los Andes | Descargar 93 KB PDF | Impónese al Centro de Salud Universidad de Los Andes una multa de 100 UF, por el incumplimiento reiterado del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el Inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | Hospital Regional Dr. Lautaro Navarro Avaría | Descargar 82 KB PDF | Se amonesta al Hospital Regional Dr. Lautaro Navarro Avaria, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | Hospital Base de Osorno | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al Hospital Base de Osorno, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | Hospital San Pablo de Coquimbo | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Pablo de Coquimbo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | Clínica San José | Descargar 73 KB PDF | Se amonesta a la Clínica San José, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | Clínica Los Carrera | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Los Carrera S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/03/2012 | Clínica Las Condes | Descargar 99 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Las Condes, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM Juan Soto Fernández | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Soto Fernández, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | Centro de Especialidades Médicas Red Salud UC | Descargar 79 KB PDF | Se amonesta al Centro de Especialidades Médicas Red Salud U.C., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM Dr. Alfredo Gantz Mann | Descargar 80 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Alfredo Gantz Mann, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | Clínica El Loa | Descargar 77 KB PDF | Se amonesta a la Clínica El Loa S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta a la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM O'Higgins | Descargar 82 KB PDF | Se amonesta al CESFAM O'Higgins, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM Jorge Jordán Domic | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Jorge Jordán Domic, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | Consultorio Nueva Aurora | Descargar 85 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Nueva Aurora, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM San Pedro de la Paz | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Pedro de La Paz, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM Dr. Juan Diamianovic | Descargar 83 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Juan Diamianovic, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM Rosario Corvalán | Descargar 80 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Rosario Corvalán, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | Consultorio Dr. Manuel Ferreira | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Dr. Manuel Ferreira, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/02/2012 | CESFAM Dr. Lautaro Cáceres Ramos | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Lautaro Cáceres Ramos, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Enrique Montt | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Enrique Montt, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Dr. Pablo Murua Barbenza | Descargar 81 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Pablo Murua Barbenza, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz de los Ángeles | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta al Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz de los Ángeles, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Alemania | Descargar 70 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Alemania, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Nueva Imperial | Descargar 77 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Nueva Imperial, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Pinto | Descargar 76 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pinto, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Clínica Isamédica | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Isamédica S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Clínica Curicó | Descargar 76 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Curicó S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Rodelillo | Descargar 76 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Rodelillo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Descargar 74 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Puerto Montt S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 17/02/2012 | CESFAM Juan Bautista Bravo Vega | Descargar 80 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Bautista Bravo Vega, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Clínica Lircay | Descargar 73 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Lircay, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Llay-Llay | Descargar 69 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Llay-Llay, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Tucapel | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Tucapel, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Cardenal José María Caro | Descargar 60 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cardenal José María Caro, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Clínica Magallanes | Descargar 74 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Magallanes S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Clínica Alemana de Temuco | Descargar 79 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana de Temuco S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | Hospital de Nacimiento | Descargar 78 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Nacimiento, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 17/02/2012 | CESFAM Quillón | Descargar 80 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Quillón, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/02/2012 | Hospital Clínico de Niños Dr. Roberto del Río | Descargar 101 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico de Niños Dr. Roberto del Río, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/02/2012 | Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco | Descargar 98 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Universidad Mayor, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/02/2012 | Clínica La Portada | Descargar 92 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Regional La Portada S.A., por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/02/2012 | Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán | Descargar 102 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico Herminda Martín, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/02/2012 | Hospital de Quilpué | Descargar 97 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Quilpué, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2012 | Hospital San Vicente de Arauco | Descargar 64 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico del Sur, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 31/01/2012 | Hospital San Vicente de Arauco | Descargar 73 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Vicente de Arauco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Dr. Rafael Avaria de Curanilahue | Descargar 70 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Rafael Avaria de Curanilahue, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán | Descargar 69 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Leonardo Guzmán, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | CESFAM Los Álamos | Descargar 69 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Álamos, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Dr. Gustavo Fricke | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Gustavo Fricke, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Clínica Integral | Descargar 66 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Integral, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital San Vicente de Tagua Tagua | Descargar 73 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Vicente de Tagua Tagua, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | CESFAM Isabel Jiménez de Tirúa | Descargar 70 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Isabel Jiménez de Tirúa, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital San Juan de Dios de La Serena | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de La Serena, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Clínico San Borja Arriarán | Descargar 70 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico San Borja Arriarán, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Consultorio Villa Alemana | Descargar 69 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Villa Alemana, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Padre Alberto Hurtado | Descargar 79 KB PDF | Se amonesta al Hospital Padre Alberto Hurtado, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | CESFAM Boca Sur | Descargar 69 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Boca Sur, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | CESFAM Lebu Norte | Descargar 69 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Lebu Norte, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Dr. Marcos Macuada | Descargar 66 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Marcos Macuada, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Complejo Hospitalario San José | Descargar 70 KB PDF | Se amonesta al Complejo Hospitalario San José, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Barros Luco Trudeau | Descargar 91 KB PDF | Se amonesta al Hospital Barros Luco Trudeau, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital San Juan de Dios | Descargar 70 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital San Martín de Quillota | Descargar 71 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Martín de Quillota, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Clínica Alemana de Puerto Varas | Descargar 66 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana de Puerto Varas, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/01/2012 | Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena | Descargar 72 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/01/2012 | Clínica Dávila | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Dávila, propiedad de la Sociedad Clínica Dávila y Servicios Médicos S.A. por infracción al Artículo 173 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 11/01/2012 | Clínica Sierra Bella | Descargar 3 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Sierra Bella (Sociedad Médica y Maternidad Sierra Bella S.A.) por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/12/2011 | Hospital Militar del Norte | Descargar 288 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 80 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Militar del Norte-Antofagasta (Propiedad del Ejercito de Chile) por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/12/2011 | Clínica Las Nieves | Descargar 328 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Las Nieves por infracción al Artículo 173 Bis del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/12/2011 | Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile | Descargar 332 KB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 04/11/2011 | Hospital Clínico de la Universidad de Chile | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 500 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Chile por infracción al Artículo 141 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/09/2011 | Clínica Los Andes de Puerto Montt | Descargar 1 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Los Andes de Puerto Montt, por infracción al Artículo 173 Bis del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 29/09/2011 | Hospital San Juan de Dios de La Serena | Descargar 1 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 80 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital San Juan de Dios de La Serena, por infracción al Artículo 173 Bis del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/09/2011 | Clínica El Elqui | Descargar 1 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Elqui, por infracción al Artículo 141 Bis del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 08/09/2011 | Clínica Antofagasta | Descargar 2 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Sociedad Clínica Antofagasta S.A., propietaria de la Clínica Antofagasta por infracción al Artículo 173 Bis del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 25/07/2011 | Clínica Iquique | Descargar 163 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Iquique S.A., por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Clínica El Elqui | Descargar 158 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Regional Elqui, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Clínica Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción - Agencia Calama | Descargar 157 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción - Agencia Calama, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Centro de Salud Universidad de Los Andes | Descargar 211 KB PDF | Impónese al Centro de Salud Universidad de los Andes una multa de 50 U.F., por el incumplimiento reiterado consistente en no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud en la Circular IF/N°57 de 15 de noviembre de 2007, disposiciones actualmente contenidas en el capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, que tienen derecho a las Garantías Explicitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° de artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Clínica Avansalud | Descargar 197 KB PDF | Impónese a la Clínica Avansalud Providencia una multa de 50 U.F., por el incumplimiento reiterado consistente en no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud en la Circular IF/N°57 de 15 de noviembre de 2007, disposiciones actualmente contenidas en el capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, que tienen derecho a las Garantías Explicitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° de artículo 24 de la Ley N°19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Hospital Militar de Santiago | Descargar 150 KB PDF | Se amonesta al Hospital Militar de Santiago, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Hospital San Luis de Buin | Descargar 164 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Luis de Buin, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Hospital San Juan de Dios | Descargar 164 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Hospital Barros Luco Trudeau | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al Hospital Barros Luco Trudeau, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Hospital El Pino | Descargar 161 KB PDF | Se amonesta al Hospital El Pino, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Hospital del Salvador | Descargar 156 KB PDF | Se amonesta al Hospital Del Salvador, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Clínica Tabancura | Descargar 154 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Tabancura, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Clínica Los Carrera | Descargar 152 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Los Carrera, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Clínica San José | Descargar 137 KB PDF | Se amonesta a la Clínica San José, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/07/2011 | Clínica Tarapacá | Descargar 138 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Tarapacá, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/07/2011 | Hospital Padre Alberto Hurtado | Descargar 151 KB PDF | Se amonesta al Hospital Padre Alberto Hurtado, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/07/2011 | Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río | Descargar 151 KB PDF | Se amonesta al Complejo Hospitalario Dr. Sótero del Río, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/07/2011 | Hospital de Peñaflor | Descargar 146 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Peñaflor, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/07/2011 | Hospital Luis Tisné | Descargar 162 KB PDF | Se amonesta al Hospital Luis Tisné, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/07/2011 | Complejo Hospitalario San José | Descargar 149 KB PDF | Se amonesta al Complejo Hospitalario San José, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/07/2011 | Hospital Clínico de Niños Dr. Roberto del Río | Descargar 150 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico de Niños Roberto del Río, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/07/2011 | Hospital Clínico San Borja Arriarán | Descargar 131 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico San Borja Arriarán, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/06/2011 | Hospital Regional Dr. Lautaro Navarro Avaría | Descargar 98 KB PDF | Se amonesta al Hospital Regional Dr. Lautaro Navarro Avaría por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/06/2011 | Hospital San Pablo de Coquimbo | Descargar 92 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Pablo de Coquimbo por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/06/2011 | Hospital Regional de Coyhaique | Descargar 90 KB PDF | Se amonesta al Hospital Regional de Coyhaique por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | CESFAM Dr. Mateo Bencur | Descargar 86 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Mateo Bencur por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 29/06/2011 | CESFAM Estación | Descargar 83 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Estación por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital Dr. Gustavo Fricke | Descargar 90 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Gustavo Fricke por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital San Martín de Quillota | Descargar 94 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Martín de Quillota por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital Base Valdivia | Descargar 89 KB PDF | Se amonesta al Hospital Base de Valdivia por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital de Río Bueno | Descargar 85 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Río Bueno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | CESFAM Juan Pablo II | Descargar 85 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Juan Pablo II por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital San Agustín de La Ligua | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Agustín por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | CESFAM Carlos Ibañez del Campo | Descargar 87 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Carlos Ibañez del Campo por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital Carlos Van Buren | Descargar 91 KB PDF | Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital de Ancud | Descargar 83 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Ancud por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital San Camilo | Descargar 90 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Camilo por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Centro Médico Megasalud Quilpué | Descargar 119 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Quilpué una multa por 50 UF por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Centro Médico Megasalud Viña del Mar | Descargar 116 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Viña del Mar una multa por 50 UF por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Centro Médico Megasalud Puerto Montt | Descargar 112 KB PDF | Impónese al Centro Médico Megasalud Puerto Montt una multa por 50 UF por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital Base de Osorno | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al Hospital Base de Osorno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/06/2011 | Hospital Dr. Marcos Macuada | Descargar 84 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Marcos Macuada de Tocopilla por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Rosario Palomar | Descargar 168 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Rosario Palomar por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Centro de Salud Candelaria Rosario | Descargar 146 KB PDF | Se amonesta al Centro de Salud Candelaria Rosario por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Hospital Dr. Antonio Tirado Lanas | Descargar 146 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Antonio Tirado Lanas por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Hospital de Castro | Descargar 154 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Castro por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Remigio Sapunar | Descargar 140 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Remigio Sapunar por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama | Descargar 140 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Dr. Víctor Bertín Soto | Descargar 141 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Víctor Bertín Soto por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Los Lagos | Descargar 142 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Los Lagos por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Cardenal Caro | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cardenal Caro por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile | Descargar 147 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico de la Universidad Catolica por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Hospital Dr. Juan Noé Crevanni | Descargar 147 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Juan Noé Crevani por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Clínica San Julián | Descargar 148 KB PDF | Se amonesta a la Clínica San Julián por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Las Ánimas | Descargar 140 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Las Ánimas por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | Hospital Cruz del Norte | Descargar 143 KB PDF | Se amonesta al Hospital Cruz del Norte por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Dr. Amador Neghme | Descargar 145 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Amador Neghme por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/06/2011 | CESFAM Irís Véliz Hume | Descargar 145 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Irís Véliz Hume por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | Consultorio Manuel Ferreira | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Manuel Ferreira por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán | Descargar 128 KB PDF | Se amonesta al Hospital Dr. Leonardo Guzmán de Antofagasta por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | CESFAM Dalcahue | Descargar 160 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dalcahue por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | Clínica El Loa | Descargar 141 KB PDF | Se amonesta a la Clínica El Loa por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | CESFAM Quellón | Descargar 144 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Quellón por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | CESFAM Pudeto Bajo | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Pudeto Bajo por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | CESFAM Castro | Descargar 147 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Castro por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | CESFAM Raúl Silva Henríquez de La Serena | Descargar 157 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Raúl Silva Henríquez de La Serena por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 24/05/2011 | CESFAM Tierras Blancas | Descargar 143 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Tierras Blancas por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/03/2011 | Hospital de Puerto Montt | Descargar 128 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Puerto Montt por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/03/2011 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 134 KB PDF | Se amonesta a la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/03/2011 | Hospital San Juan de Dios de La Serena | Descargar 131 KB PDF | Se amonesta al Hospital San Juan de Dios de la Serena por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/03/2011 | Descargar 135 KB PDF | Se amonesta al Hospital San José del Carmen de Copiapó por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 18/03/2011 | Clínica Alemana de Puerto Varas | Descargar 128 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana de Puerto Varas por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/03/2011 | Clínica Alemana de Valdivia | Descargar 126 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Alemana de Valdivia por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | Consultorio Cirujano Videla | Descargar 132 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Cirujano Videla por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | Consultorio Río Bueno | Descargar 131 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Río Bueno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | Consultorio Externo Valdivia | Descargar 131 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Externo Valdivia por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | CESFAM Las Compañías | Descargar 131 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Las Compañías por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | CESFAM Cirujano Guzmán | Descargar 132 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cirujano Guzmánpor Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | CESFAM Marcos Macuada | Descargar 129 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Marcos Macuada por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | CESFAM San Juan | Descargar 130 KB PDF | Se amonesta al CESFAM San Juan por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 23/02/2011 | CESFAM Dr. Jorge Jordán Domic | Descargar 131 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Dr. Jorge Jordán Domic por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2011 | Consultorio Alejandro Gutiérrez | Descargar 126 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Alejandro Gutierrez por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2011 | Centro de Salud de Tierra Amarilla | Descargar 131 KB PDF | Se amonesta al Centro de Salud de Tierra Amarilla por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2011 | CESFAM Cirujano Aguirre | Descargar 134 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Cirujano Aguirre por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2011 | CESFAM Caldera | Descargar 133 KB PDF | Se amonesta al CESFAM Caldera por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2011 | Consultorio Víctor Domingo Silva | Descargar 133 KB PDF | Se amonesta al Consultorio Víctor Domingo Silva por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 21/02/2011 | Consultorio La Unión Dr. Alfredo Gantz Mann | Descargar 133 KB PDF | Se amonesta al Consultorio La Unión Dr. Alfredo Gantz Mann por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 09/11/2010 | Centro Médico UC Marcoleta | Descargar 73 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico UC Marcoleta por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/09/2010 | Consultorio Batuco | Descargar 126 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Batuco, por no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 14/09/2010 | Consultorio Nº 1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo | Descargar 172 KB PDF | Amonéstase al Consultorio N°1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo, por no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 02/09/2010 | Clínica La Portada | Descargar 6 MB PDF | Acoge el Recurso de Reposición deducido por la Clínica Regional La Portada de Antofagasta en contra de la Resolución Exenta IP/N° 10 de fecha 20 de enero de 2010, debido a la infracción de lo dispuesto en el artículo 141, inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 02/09/2010 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 4 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa de 60 Unidades Tributarias Mensuales a la Comunidad Hospital del Profesor, por infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 02/09/2010 | Clínica Antofagasta | Descargar 6 MB PDF | Acoge el Recurso de Reposición deducido por la Clínica Antofagasta en contra de la Resolución Exenta IP/N°8 de fecha 20 de enero de 2010, por infracción del Artículo 141 bis del D.F.L. N°1 1/2005, del Ministerio de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 18/08/2010 | Clínica Indisa | Descargar 173 KB PDF | Amonéstase a Clínica Indisa, por no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 16/08/2010 | Centro de Salud Universidad de Los Andes | Descargar 199 KB PDF | Se amonesta al Centro de Salud Universidad de Los Andes por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/07/2010 | Clínica El Loa | Descargar 11 MB PDF | Absuélvese a la sociedad Clínica El Loa S.A., en su calidad de propietaria del prestador institucional denominado Clínia El Loa, del cargo formulado mediante la Resolución exenta IP/N°11 de 20 de enero de 2010, por infracción del Artículo 173 bis del D.F.L. N° 1/2005, del Ministerio de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 12/07/2010 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte | Descargar 251 KB PDF | Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte una multa por 50 UF por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Puerto Montt | Descargar 238 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Puerto Montt, por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud de Talca | Descargar 239 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Talca, por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Rancagua | Descargar 238 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Rancagua por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Conchalí | Descargar 240 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Conchalí por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Concepción | Descargar 179 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Concepción por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Clínica Avansalud | Descargar 227 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Avansalud Providencia, por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Vidaintegra Ñuñoa | Descargar 169 KB PDF | Se amonesta a Vidaintegra Ñuñoa por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Viña del Mar | Descargar 177 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Viña del Mar por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Quilpué | Descargar 177 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Quilpué por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Osorno | Descargar 179 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Osorno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/07/2010 | Centro Médico Megasalud Osorno | Descargar 180 KB PDF | Se amonesta al Centro Médico Megasalud Osorno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/05/2010 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 128 KB PDF | Se amonesta al Hospital de Puerto Montt por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/05/2010 | Hospital Parroquial de San Bernardo | Descargar 134 KB PDF | Se amonesta a la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 18/05/2010 | Hospital San Juan de Dios de La Serena | Descargar 131 KB PDF | Hospital San Juan de Dios de la Serena por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | Consultorio Villa Alegre de Temuco | Descargar 178 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Villa Alegre, dependiente de la I. Municipalidad de Temuco, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | Consultorio Santa Rosa de Temuco | Descargar 175 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Santa Rosa, dependiente de la I. Municipalidad de Temuco, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | CESFAM Pueblo Nuevo | Descargar 175 KB PDF | Amonéstase al CESFAM de Pueblo Nuevo, dependiente de la I. Municipalidad de Temuco, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | Consultorio Abel Zapata de Rancagua | Descargar 206 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Abel Zapata, dependiente de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, por no informar a los pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | Consultorio La Pincoya | Descargar 154 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Eduardo Geyter, dependiente de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, por no informar a los pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | Consultorio María Latiffe de Rancagua | Descargar 207 KB PDF | Amonéstase al Consultorio María Latiffe, dependiente de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, por no informar a los pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | CESFAM Rahue Alto-Osorno | Descargar 261 KB PDF | Amonéstase al CESFAM de Rahue alto, dependiente de la I. Municipalidad de Osorno, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología incluida en el Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | CESFAM José Dionisio Astaburuaga de Talca | Descargar 244 KB PDF | Amonéstase al CESFAM José Dionisio Astaburuaga, dependiente de la I. Municipalidad de Talca, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología incluida en el Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/05/2010 | CESFAM Lontué | Descargar 311 KB PDF | Amonéstase al CESFAM de Lontué, dependiente de la I. Municipalidad de Molina, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología incluida en el Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 30/04/2010 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 11 MB PDF | Absuélvese a la Comunidad Hospital del Profesor del cargo formulado mediante la Resolución Exenta IP/N°7 del 20/01/2010, debido a la infracción de lo dispuesto en el artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL, por los hechos y motivos fundados expuestos en la presente resolución. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 30/04/2010 | Clínica Indisa | Descargar 5 MB PDF | Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Clínica lndisa (Sociedad Instituto de Diagnóstico S.A.) en contra de la Resolución Exenta IP/Nº66 del 24 de febrero de 2010, rebajando la multa impuesta a la suma de 125 Unidades Tributarias Mensuales. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 24/02/2010 | Clínica Indisa | Descargar 11 MB PDF | Sanciónase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Indisa (Sociedad Instituto de Diagnóstico S.A.) por infracción al Artículo 173 bis del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/01/2010 | Clínica El Loa | Descargar 1 MB PDF | Formúlase cargos al prestador la Clínica El Loa, por infracción al artículo 173 bis del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/01/2010 | Clínica La Portada | Descargar 2 MB PDF | Formúlase ccargos al prestador la Clínica La Portada de Antofagasta, por infracción del artículo 141 bis del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud y al artículo 141, inciso final, del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/01/2010 | Clínica Antofagasta | Descargar 2 MB PDF | Formúlase cargos al Prestador Clínica Antofagasta (Sociedad Clínica Antofagasta), por infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 20/01/2010 | Clínica Hospital del Profesor | Descargar 2 MB PDF | Formúlase cargos al Prestador Clínica Hospital del Profesor, por infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía |
| 16/09/2009 | Consultorio José Bauzá Frau | Descargar 465 KB PDF | Amonestación al Consultorio José Bauzá Frau, en su calidad de prestador de salud dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa por no informa a los pacientes en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF N°57, de 15/11/2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 19/12/2008 | CESFAM de Angelmó | Descargar 192 KB PDF | Amonestación al CESFAM de Angelmó, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Puerto Mott, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | CESFAM de Concepción | Descargar 201 KB PDF | Amonestación al CESFAM, dependiente del Servicio de Salud de Concepción, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | CESFAM de Viña del Mar | Descargar 231 KB PDF | Amonestación al CESFAM, dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Viña del Mar, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Descargar 201 KB PDF | Amonestación al CESFAM Los Volcanes, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Chillan, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 06/11/2008 | Centro Juan Pablo II | Descargar 208 KB PDF | Amonestación al Centro Juan Pablo II, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Consultorio Quilpué | Descargar 209 KB PDF | Amonestación al Consultorio Quilpué, dependiente de la Corporación Municipal de Quilpué, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Centro de Salud Dr. Miguel Concha | Descargar 197 KB PDF | Amonestación al Centro de Salud Dr. Miguel Concha, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Quillota, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Consultorio Eduardo Frei Montalva | Descargar 205 KB PDF | Amonestación al Consultorio Eduardo Frei, dependiente de la Corporación Municipal para el Desarrollo Social de Villa Alemana, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Consultorio General Urbano de San Felipe | Descargar 198 KB PDF | Amonestación al Consultorio General Urbano de San Felipe , dependiente del Servicio de Salud de Aconcagua, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | CESFAM Dr. Néstor Fernández Thomas | Descargar 211 KB PDF | Amonestación al Centro de Salud Familiar Dr. Néstor Fernández Thomas, dependiente de la Ilustre Municipalidad de San Antonio, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | CESFAM Hualpencillo | Descargar 212 KB PDF | Amonestación al CESFAM Hualpencillo, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Hualpén, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Consultorio Plaza Justicia | Descargar 205 KB PDF | Amonestación al Consultorio Plaza Justicia, dependiente de la Ilustre Municipalidad de San Antonio, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | CESFAM Norte de Los Angeles | Descargar 197 KB PDF | Amonestación al CESFAM Norte de Los Angeles, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Los Angeles, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Centro de Salud Violeta Parra | Descargar 207 KB PDF | Amonestación al Centro de salud violeta Parra, dependiente del Servicio de Salud de Ñuble, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | CESFAM Paulina Avendaño Pereda, CESFAM San Vicente | Descargar 246 KB PDF | Amonestación al CESFAM San Vicente y al CESFAM Paulina Avendaño Pereda, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte | Descargar 216 KB PDF | Amonestación a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 06/11/2008 | Clínica Vespucio | Descargar 223 KB PDF | Amonestación a Clínica Vespucio S.A., por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Centro de Referencia de Salud (CRS) Dr. Salvador Allende | Descargar 191 KB PDF | Amonestación al CRS Dr. Salvador Allende, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio José Symon Ojeda, Consultorio Lucas Sierra | Descargar 241 KB PDF | Amonestación al CESFAM Juanita Aguirre, Consultorio Lucas Sierra, Consultorio José Symon Ojeda, CECOF Dra. Haydée Sepúlveda y CESFAM Dra. Alberto Bachelet , todos dependientes Corporación Municipal de Eduacaión y Salud y Atención de Menores de Conchalí, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio Fernando Monckeberg | Descargar 170 KB PDF | Amonestación al Consultorio, Consultorio Fernando Monckeberg, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Descargar 244 KB PDF | Amonestación al CESFAM Pueblo Lo Espejo, Centro de Salud Clara Estrella y Centro de Salud Dra. Mariela Salgado, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 11/09/2008 | Consultorio Pablo de Rokha, Consultorio San Rafael | Descargar 214 KB PDF | Amonestación al CESFAM El Roble, Consultorio San Rafael, CESFAM Santiago de Nueva Extremadura, Consultorio Pablo de Rokha, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de La Pintana, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio Huertos Familiares | Descargar 173 KB PDF | Amonestación al Consultorio Huertos Familiares, dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Til Til, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | CESFAM Dr. Arturo Goñi Baeza, CESFAM San Joaquín, CESFAM Santa Teresa de Los Andes | Descargar 240 KB PDF | Amonestación al CESFAM San Joaquín, CESFAM Dr. Arturo Goñi Baeza, CESFAM Santa Teresa de Los Andes , dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joaquín, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio Municipal de Talagante | Descargar 208 KB PDF | Amonestación al Consultorio Municipal de Talagante, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Talagante, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio Apoquindo | Descargar 189 KB PDF | Amonestación al Consultorio Apoquindo, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio Garín, Consultorio Lo Franco | Descargar 211 KB PDF | Amonestación al Consultorio Lo Franco y al Consultorio Garín , dependientes de la Corporación Comunal de Desarrollo Quinta Normal, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio Alberto Hurtado, Consultorio Juan Pablo II, Consultorio Madre Teresa de Calcuta | Descargar 206 KB PDF | Amonestación al Consultorio Madre Teresa de Calcuta, al Consultorio Alberto Hurtado y al Consultorio Juan Pablo II, dependientes de la Pontificia Universidad Católica, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio El Barrero, Consultorio La Pincoya, Consultorio Los Libertadores | Descargar 250 KB PDF | Amonestación al Consultorio El Barrero, al Consultorio Los Libertadores, y al Consultorio La Pincoya, dependientes de la Ilustre Municipalidad de Huechuraba, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | CESFAM Juan Pablo II | Descargar 170 KB PDF | Amonestación al CESFAM Juan Pablo II, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 11/09/2008 | Consultorio Dr. Norman Voullieme, Consultorio Enfermera Sofia Pincheira, Consultorio Lo Valledor Norte, Consultorio Los Nogales, Consultorio N° 5 Unión Americana, Consultorio Nº 1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo, Consultorio San José de Chuchunco | Descargar 340 KB PDF | Amonestación al Consultorio N° 1, CESFAM Dra. Ana María Juricic, al Consultorio Lo Valledor Norte, al CESFAM Dr. José Ahúes Salame, al Consultorio N° 5 Unión Americana, al Consultorio Dr. Norman Voullieme, al Consultorio Enfermera Sofia Pincheira , al Consultorio Los Nogales y al Consultorio San José de Chuchunco , todos dependientes del Servicio de Salud Metropolitano Central, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio San Manuel | Descargar 275 KB PDF | Amonestación al Consultorio San Manuel, al CESFAM Francisco Boris Soler, dependientes de la Corporación Municipal de Melipilla para la Educación y Salud, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Hernán Urzúa Merino, Consultorio Huamachuco, Consultorio Renca | Descargar 216 KB PDF | Amonestación al Consultorio Renca, al Consultorio Huamachuco y al Consultorio Hernán Urzúa Merino, dependientes de la Corporación Municipal de Renca, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Dr. Carlos Avendaño, Consultorio Santa Anita | Descargar 215 KB PDF | Amonestación al CESFAM Pablo Neruda, al CESFAM Yazigi, al Consultorio Dr. Carlos Avendaño y al Consultorio Santa Anita , dependientes de la Corporación Municipal de Lo Prado, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Cardenal San Luis, Consultorio La Faena, Consultorio Lo Hermida, Consultorio Raúl Silva Henríquez | Descargar 275 KB PDF | Amonestación al Consultorio Raúl Silva Henríquez, al Consultorio Lo Hermida, al Consultorio La Faena, y al Consultorio Cardenal San Luis , dependientes de la Corporación Municipal de Peñalolén, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Pudahuel Estrella, Consultorio Pudahuel Poniente, Consultorio Raúl Silva Henríquez | Descargar 208 KB PDF | Amonestación al Consultorio Pudahuel Poniente, Consultorio Raúl Silva Henríquez, al CESFAM Gustavo Molina, al CESFAM Violeta Parra y al Consultorio Pudahuel Estrella, dependientes de la Corporación Municipal de Pudahuel, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Bellavista, Consultorio La Florida, Consultorio Los Quillayes, Consultorio Mafioletti, Consultorio Santa Amalia, Consultorio Trinidad, Consultorio Villa O' Higgins | Descargar 253 KB PDF | Amonestación al Consultorio La Florida, al Consultorio Mafioletti, al Consultorio Bellavista, al Consultorio Los Quillayes, al Consultorio Santa Amalia, al Consultorio Villa O' Higgins, y al Consultorio Trinidad, dependientes de la Corporación Municipal de La Florida, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Amador Neghme, Consultorio Edgardo Enríquez | Descargar 218 KB PDF | Amonestación al Consultorio Edgardo Enríquez y al Consultorio Amador Neghme, dependientes de la Ilustre Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Descargar 227 KB PDF | Amonestación al Centro de Salud San Vicente, al CESFAM Ignacio Domeyco y al Centro de Salud Benjamín Viel, dependientes de la Ilustre Municipalidad de Santiago, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio La Bandera, Consultorio Poetisa Gabriela Mistral, Consultorio San Ramón | Descargar 201 KB PDF | Amonestación al Consultorio La Bandera, al Consultorio San Ramón y al Consultorio Poetisa Gabriela Mistral, dependientes de la Ilustre Municipalidad de San Ramón, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Barros Luco, Consultorio Recreo | Descargar 214 KB PDF | Amonestación al Consultorio Barros Luco y al Consultorio Recreo, dependientes de la Corporación Municipal de San Miguel, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Descargar 223 KB PDF | Amonestación al Centro de Salud Padre Manuel Villaseca, al CESFAM Karol Wojtyla, CESFAM Bernardo Leighton , al Centro de Salud Alejandro del Rio y al Centro de Salud San Gerónimo, dependientes de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | CESFAM Isla de Maipo | Descargar 198 KB PDF | Amonestación al CESFAM Isla de Maipo, dependiente de la Corporación Municipal de Isla de Maipo para Educación y Salud, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Centro de Salud El Monte | Descargar 203 KB PDF | Amonestación al Centro de Salud El Monte, dependiente de la Ilustre Municipalidad de El Monte, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | CESFAM Dr. Felix de Amesti, CESFAM Padre Alberto Hurtado, CESFAM Santa Julia | Descargar 199 KB PDF | Amonestación al CESFAM Santa Julia, al CESFAM Dr. Felix de Amesti y al CESFAN Padre Alberto Hurtado, dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Andes | Descargar 181 KB PDF | Amonestación al Consultorio Andes, dependientes del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 11/09/2008 | Consultorio Irene Frei | Descargar 194 KB PDF | Amonestación al Consultorio Irene Frei, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Quilicura, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 10/09/2008 | Centro de Referencia de Salud (CRS) Cordillera Oriente | Descargar 187 KB PDF | Amonestación a CRS Cordillera Oriente, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 10/09/2008 | CESFAM Cristo Vive | Descargar 194 KB PDF | Amonéstase al CESFAM Cristo Vive, dependiente de la Fundación Cristo Vive, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 10/09/2008 | Consultorio CRS de Maipú | Descargar 184 KB PDF | Amonéstase al Consultorio CRS de Maipú, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Centro de Referencia de Salud (CRS) San Rafael | Descargar 189 KB PDF | Amonéstase al Centro de Referencia de la Salud San Rafael, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Centro de Salud Batuco | Descargar 193 KB PDF | Amonéstase al Centro de Salud Batuco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Centro de Salud Dr. Agustín Cruz Melo, Centro de Salud Juan Antonio Ríos | Descargar 200 KB PDF | Amonéstase al Centro de Salud Dr. Agustín Cruz Melo y al Centro de Salud Juan Antonio Ríos, ambos dependendientes de la Ilustre Municipalidad de Independencia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | CESFAM Colina, CESFAM Esmeralda | Descargar 206 KB PDF | Amonéstase al CESFAM Colina y CESFAM Esmeralda, ambos dependendientes de la Corporación Municipal del Desarrollo Social de Colina, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | CESFAM Vitacura | Descargar 204 KB PDF | Amonéstase al CESFAM Vitacura por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio Central de Paine | Descargar 199 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Central de Paine por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio Arturo Albertz, Consultorio Lo Amor | Descargar 199 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Arturo Albertz, al Consultorio Lo Amor y al Centro de Salud Familiar Cerro Navia por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
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| 10/09/2008 | CESFAM Rosita Renard, CESFAM Salvador Bustos | Descargar 182 KB PDF | Amonéstase al CESFAM Rosita Renard y al CESFAM Salvador Bustos, ambos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio General Rural Adriana Madrid de Costabal | Descargar 209 KB PDF | Amonéstase al Consultorio General Rural Adriana Madrid de Costabal, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Centro de Salud Lo Barnechea | Descargar 207 KB PDF | Amonéstase al Centro de Salud Lo Barnechea, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio de Recoleta | Descargar 222 KB PDF | Amonéstase al Consultorio de Recoleta, al Centro de Salud de Quinta Bella y al Centro de Salud Valdivieso, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | CESFAM Clotario Blest, CESFAM Dr. Carlos Godoy, CESFAM Iván Inzunza | Descargar 184 KB PDF | Amonéstase al CESFAM Dr. Carlos Godoy, al CESFAM Clotario Blest y al CESFAM Iván Inzunza, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Maipú, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio Calera de Tango, Consultorio Los Bajos de San Agustín | Descargar 205 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Calera de Tango y al Consultorio Los Bajos de San Agustín, ambos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Calera de Tango, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio Eduardo Frei Montalva, Consultorio Santa Anselma | Descargar 195 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Eduardo Frei Montalva y al Consultorio Santa Anselma, ambos dependientes de la Ilustre municipalidad de La Cisterna, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio Dr. Héctor García, Consultorio Maipo | Descargar 193 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Dr. Héctor García y al Consultorio Maipo, ambos dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Buin, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Descargar 193 KB PDF | Amonéstase al CESFAM Ossandon y al Centro de Salud Juan Pablo II, ambos dependientes de la Corporación de Desarrollo de la Reina, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | |
| 10/09/2008 | Consultorio Juan Pablo II, Consultorio Raúl Cuevas | Descargar 201 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Raúl Cuevas, al Consultorio Juan Pablo II, ambos dependientes de la Corporación de Eduación y Salud de la comuna de San Bernardo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio Laurita Vicuña | Descargar 209 KB PDF | Amonéstase al CESFAM Cóndores de Chile, al CESFAM Dr. Carlos Lorca, al Consultorio Laurita Vicuña, al CESFAM Orlando Letelier, al CESFAM Santa Laura, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de El Bosque, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Centro de Salud Dr. Hernán Alessandri, Centro de Salud El Aguilucho | Descargar 200 KB PDF | Amonéstase al Centro de Salud El Aguilucho y al Centro de Salud Dr. Hernán Alessandri, ambos dependientes de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 10/09/2008 | Consultorio Granja Sur | Descargar 205 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Granja Sur, al Consultorio Padre Esteban Gumucio y al Consultorio Malaquías Concha, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de La Granja, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2008 | Consultorio Carol Urzúa | Descargar 194 KB PDF | Amonéstase al Consultorio Carol Urzúa dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Peñalolén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2008 | Centro de Salud Steeger | Descargar 238 KB PDF | Amonéstase al Centro de Salud Steeger, dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Cerro Navia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 20/03/2008 | Centro de Salud Dr. Edelberto Elgueta | Descargar 230 KB PDF | Amonéstase al Centro de Salud Dr. Edelberto Elgueta, dependiente de la Corporación Municipal de Melipilla para la Educación, Salud y Atención al menor, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 28/01/2008 | Clínica Arauco Salud | Descargar 120 KB PDF | Amonéstase a la Clinica Arauco Salud, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 25/10/2007 | Clínica Santo Domingo de Arica | Descargar 141 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Santo Domingo de Arica, por incumplimiento manifiesto del deber de informar a la Sra. María González Hernández que cursaba una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud. |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 08/10/2007 | Clínica Dávila | Descargar 125 KB PDF | Se amonesta a la Clínica Dávila, por retardo injustificado en su deber de informar al Sr. Alejandro Costhe Calvanese que cursaba una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud |
Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 |
| 29/05/2007 | Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco | Descargar 139 KB PDF | Se amonesta al Hospital Clínico de la Universidad Mayor de Temuco, por falta de notificación a la Sra. Ingrid Medina Quezada que patología Coledocolitiasis estaba incluida en las GES |
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