¿Es correcto este proceso de adecuación de precio en las ISAPREs?

La normativa vigente faculta a la Superintendencia de Salud para establecer un porcentaje máximo de alza que las ISAPREs pueden aplicar a los precios base de los planes de salud. Este incremento se entenderá plenamente justificado para todos los efectos legales. Para el año 2026, dicho porcentaje máximo corresponde a un 3,5%. 

Una vez que la Superintendencia tome conocimiento de las alzas informadas por las ISAPREs y realice el proceso de verificación correspondiente, se procederá a publicar el valor del alza de cada institución.