| Fecha de publicación | Prestador | Título | Resumen y modificaciones | Materia | Año | Año | Año | Año | ||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 18/08/2025 | Resolución Exenta IP/N°4206 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago Ex Bicentenario, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago Ex Bicentenario, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 12/08/2025 | Resolución Exenta IP/N°4095 
												Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 12/08/2025 | Resolución Exenta IP/N°4096 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Rancagua, también conocida como Clínica Salud Integral, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Rancagua, también conocida como Clínica Salud Integral, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 14/08/2025 | Resolución Exenta IF/N° 8702 
												Imponer al prestador “San José Interclínica (ex Clínica San José – Arica)”, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “San José Interclínica (ex Clínica San José – Arica)”, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 14/08/2025 | Centro Médico San Joaquín | Resolución Exenta IF/N° 8701 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO SAN JOAQUÍN (CEDIUC)” una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento),  por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO SAN JOAQUÍN (CEDIUC)” una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 14/08/2025 | Centro Médico Vidaintegra de Puente Alto | Resolución Exenta IF/N° 8700 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO VIDAINTEGRA PUENTE ALTO” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO VIDAINTEGRA PUENTE ALTO” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 14/08/2025 | Centro Médico Dávila Maipú | Resolución Exenta IF/N° 8699 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO DÁVILA MAIPÚ” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES),  mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO DÁVILA MAIPÚ” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 14/08/2025 | Cesfam Villa Francia | Resolución Exenta IF/N° 8698 
												AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR VILLA FRANCIA”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR VILLA FRANCIA”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 14/08/2025 | Medicenter La Florida | Resolución Exenta IF/N° 8697 
												Imponer al prestador “CENTROS MÉDICOS MEDICENTER” (La Florida), una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “CENTROS MÉDICOS MEDICENTER” (La Florida), una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 29/07/2025 | medicenter Recoleta | Resolución Exenta IF/N° 7951 
												Imponer al prestador “MEDICENTER RECOLETA”, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. 											 | Imponer al prestador “MEDICENTER RECOLETA”, una multa de 150 UF (ciento cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 29/07/2025 | Centro Médico Dávila Las Condes | Resolución Exenta IF/N° 7950 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO DÁVILA LAS CONDES” una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO DÁVILA LAS CONDES” una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 22/07/2025 | Resolución Exenta IF/N° 7414 
												Imponer al prestador “FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA LOS ANDES”, de la Serena, una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA LOS ANDES”, de la Serena, una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Otros Prestadores | 2025 | ||||
| 22/07/2025 | Centro Médico Rancagua UC Christus | Resolución Exenta IF/N° 7413 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO RANCAGUA UC CHRISTUS” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. 											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO RANCAGUA UC CHRISTUS” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 22/07/2025 | Clínica Fleming de Talca | Resolución Exenta IF/N° 7412 
												Imponer al prestador “CLÍNICA FLEMING DE TALCA” una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. 											 | Imponer al prestador “CLÍNICA FLEMING DE TALCA” una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Clínica | 2025 | |||
| 22/07/2025 | Centro Médico Clínica Santa María Vitacura | Resolución Exenta IF/N° 7411 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO CLÍNICA SANTA MARÍA VITACURA” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. 											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO CLÍNICA SANTA MARÍA VITACURA” una multa de 100 UF (cien unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 22/07/2025 | Centro Médico Libertad Clínica Ciudad del Mar | Resolución Exenta IF/N° 7410 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO LIBERTAD CLÍNICA CIUDAD DEL MAR” una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información  al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. 											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO LIBERTAD CLÍNICA CIUDAD DEL MAR” una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 22/07/2025 | Centro Médico y Dental Red Salud Alameda | Resolución Exenta IF/N° 7409 
												Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO Y DENTAL RED SALUD ALAMEDA” una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en  elación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud  GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | Imponer al prestador “CENTRO MÉDICO Y DENTAL RED SALUD ALAMEDA” una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en elación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 28/07/2025 | Resolución Exenta IP/N°3825 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt SpA, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt SpA, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 09/07/2025 | Resolución Exenta IP/N°3626 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Elqui, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Elqui, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 02/07/2025 | Resolución Exenta IP/N°3544 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Iquique, por una infracción del artículo 173, inciso Séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Iquique, por una infracción del artículo 173, inciso Séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 30/06/2025 | CESFAM Dr. Agustín Cruz Melo | Resolución Exenta IF/N° 6563 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Agustín Cruz Melo”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Agustín Cruz Melo”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 30/06/2025 | CESFAM Enfermera Sofía Pincheira | Resolución Exenta IF/N° 6562 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Enfermera Sofía Pincheira”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Enfermera Sofía Pincheira”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 26/06/2025 | CESFAM Nuevo Horizonte | Resolución Exenta IF/N° 6463 
												AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR NUEVO HORIZONTE”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha  confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR NUEVO HORIZONTE”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 26/06/2025 | CESFAM N°5 | Resolución Exenta IF/N° 6462 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar N°5”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar N°5”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 19/06/2025 | Resolución Exenta IP/N°3355 
												Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 12/06/2025 | CESFAM Dr. Fernando Maffioletti | Resolución Exenta IF/N° 5813 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Dr. Fernando Maffioletti”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Dr. Fernando Maffioletti”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 12/06/2025 | CESFAM Dr. Raúl Yazigi | Resolución Exenta IF/N° 5811 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Dr. Raúl Yazigi”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Dr. Raúl Yazigi”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 12/06/2025 | CESFAM N°1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo | Resolución Exenta IF/N° 5805 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar N°1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar N°1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 12/06/2025 | CESFAM El Roble | Resolución Exenta IF/N° 5802 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar El Roble”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. 											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar El Roble”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 12/06/2025 | Centro Comunitario de Salud Mental de Melipilla | Resolución Exenta IF/N° 5800 
												AMONESTAR al prestador “Centro Comunitario de Salud Mental de Melipilla”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro Comunitario de Salud Mental de Melipilla”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | Centro de Salud | 2025 | |||
| 12/06/2025 | Centro de Salud Familiar Dr. Mario Salcedo Sepúlveda | Resolución Exenta IF/N° 5799 
												AMONESTAR al prestador “CENTRO DE SALUD FAMILIAR DR. MARIO SALCEDO”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “CENTRO DE SALUD FAMILIAR DR. MARIO SALCEDO”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 12/06/2025 | CESFAM El Sauce | Resolución Exenta IF/N° 5798 
												AMONESTAR al prestador “CENTRO DE SALUD FAMILIAR EL SAUCE”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.
											 | AMONESTAR al prestador “CENTRO DE SALUD FAMILIAR EL SAUCE”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 12/06/2025 | CESFAM Dr. José Symon Ojeda | Resolución Exenta IF/N° 5797 
												AMONESTAR al prestador “Centro Comunitario de Salud Familiar Dr. José Symon Ojeda”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro Comunitario de Salud Familiar Dr. José Symon Ojeda”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 10/06/2025 | CESFAM Cerro Esmeralda | Resolución Exenta IF/N° 5694 
												AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR CERRO ESMERALDA”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR CERRO ESMERALDA”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 28/05/2025 | Resolución Exenta IP/N° 3076 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Sanatorio Alemán, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Sanatorio Alemán, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 28/05/2025 | Resolución Exenta IP/N°3073 
												Sancionase al pago de una multa por 750 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 750 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 28/05/2025 | Resolución Exenta IP/N°3070 
												Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 28/05/2025 | Resolución Exenta IP/N°3066 
												Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica Andes Salud Puerto Montt, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica Andes Salud Puerto Montt, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 28/05/2025 | Resolución Exenta IP/N°3060 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 28/05/2025 | Resolución Exenta IP/N°3059 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 141, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 141, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 28/05/2025 | CESFAM Eduardo Frei Montalva | Resolución Exenta IF/N° 5220 
												AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Eduardo Frei Montalva (La Cisterna)”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a  las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES.											 | AMONESTAR al prestador “Centro de Salud Familiar Eduardo Frei Montalva (La Cisterna)”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 28/05/2025 | CESFAM Dr. Alberto Bachelet | Resolución Exenta IF/N° 5219 
												Se AMONESTA al prestador “Centro de Salud Familiar Alberto Bachelet Martínez”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. 											 | Se AMONESTA al prestador “Centro de Salud Familiar Alberto Bachelet Martínez”, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a las personas a quienes se les ha confirmado alguno de los problemas de salud contenidos en las GES. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2025 | CESFAM | 2025 | |||
| 25/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°2228 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1982 
												Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Lircay, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional Lircay, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1981 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Ciudad del Mar S.A., por una infracción del artículo 173, inciso Séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Ciudad del Mar S.A., por una infracción del artículo 173, inciso Séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1980 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1975 
												Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica San Carlos de Apoquindo Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Clínica San Carlos de Apoquindo Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1974 
												Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila Vespucio, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila Vespucio, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1973 
												Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1972 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1970 
												Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente, por una infracción del artículo 125 , del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1969 
												Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Santiago, por una infracción del artículo 141 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1968 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1967 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Montt, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 11/04/2025 | Resolución Exenta IP/N°1966 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 173 bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 27/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1709 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Viña del Mar, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Viña del Mar, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 27/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1708 
												Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1527 
												Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/03/2025 | Resolución Exenta IP/N°1526 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Instituto Oncológico Fundación Arturo López Pérez, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Instituto Oncológico Fundación Arturo López Pérez, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1524 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1523 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Chillán, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1522 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Puerto Montt, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Andes Salud Puerto Montt, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1521 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Nueva Cordillera, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Nueva Cordillera, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/03/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1520 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 27/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 1036 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Varas, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Puerto Varas, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 21/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 940 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Sanatorio Alemán, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Sanatorio Alemán, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 20/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 928 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 173, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 18/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 903 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Las Condes Peñalolén, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Las Condes Peñalolén, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 18/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 902 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo,, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo,, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 18/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 901 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 18/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 900 
												Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 21/01/2025 | Resolución Exenta IP/N° 290 
												Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Valparaíso, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Valparaíso, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 10/02/2025 | Resolución Exenta IP/N°694 
												Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Colonial, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Colonial, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 10/02/2025 | Resolución Exenta IP/N°693 
												Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades de Fomento a Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus, por una infracción del artículo 125, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 07/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 680 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 07/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 679 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica El Loa, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica El Loa, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 06/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 634 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 06/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 626 
												Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Hospital del Trabajador, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Hospital del Trabajador, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 06/02/2025 | Resolución Exenta IP/N° 624 
												Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Madre e Hijo, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Madre e Hijo, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 30/01/2025 | Resolución Exenta IP/N° 450 
												Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico de la Universidad de Chile Dr. José Joaquín Aguirre, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 29/01/2025 | Resolución Exenta IP/N°445 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 28/01/2025 | Resolución Exenta IP/N° 409 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Santa María, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 23/01/2025 | Resolución Exenta IP/N° 344 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 23/01/2025 | Resolución Exenta IP/N° 343 
												Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Bupa Santiago, por una infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 | ||||
| 21/01/2025 | Resolución Exenta IP/N°301 
												Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.											 | Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago, por una infracción del artículo 141, bis), del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2025 | Clínica | 2025 |