Datos del Prestador

N° de registro 179
Nombre Hospital Base San José de Osorno
Rut 61.602.260-1
Dirección Guillermo Buhler N°1765, Osorno, Región de Los Lagos
Teléfono 0642642020
Tipo de Establecimiento Atención Cerrada
Complejidad Asistencial Alta Complejidad
Propietario del Prestador Servicio de Salud Osorno
Página Web www.hospitalbaseosorno.cl

Acreditaciones efectuadas

Tercera acreditación

Evaluación del Plan de Corrección

Fecha Resolución Resolución Resumen Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
16-01-2026 Resolución Exenta IP/N°437 Manténgase con la inscripción N°179 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador Institucional Hospital Base San José de Osorno., de la ciudad de Osorno, Región de Los Lagos, en virtud de haber dado cumplimiento a su Plan de Corrección  
Atención Cerrada – Alta Complejidad

Asesorías en Salud SpA

Acreditado con observaciones

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
08-11-2024 Resolución Exenta IP/N° 6951 08-11-2027 Atención Cerrada – Alta Complejidad Quality Health SpA

Segunda acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
03-09-2019 Resolución Exenta IP/N° 2790 03-09-2022 Atención Cerrada – Alta Complejidad Acredita Chile S.p.A.

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
05-02-2016 Resolución Exenta IP/N° 196 05-02-2019 Atención Cerrada – Alta Complejidad Ausus Sum Management

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace

Sanciones

Fecha de Publicación Título Resumen Enlace
18/02/2020 Resolución Exenta IF/N°98 Se amonesta al Hospital Base San José de Osorno, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el «Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y «Urgencia Odontológica Ambulatoria», según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías.
Resolución Exenta IF/N°98
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23/04/2019 Resolución Exenta IF/N° 246 Se amonesta al al Hospital Base San José de Osorno, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el «Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y «Urgencia Odontológica Ambulatoria», según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías.
Resolución Exenta IF/N° 246
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01/03/2013 Resolución Exenta IF N° 176 Se amonesta al Hospital Base de Osorno, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.
Resolución Exenta IF N° 176
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06/03/2012 Resolución Exenta IF N° 179 Se amonesta al Hospital Base de Osorno, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.
Resolución Exenta IF N° 179
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29/06/2011 Resolución Exenta IF/N| 476 Se amonesta al Hospital Base de Osorno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966
Resolución Exenta IF/N| 476
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