Datos del Prestador

N° de registro 139
Nombre Centro de Salud Familiar Las Ánimas
Rut 69.200.100-1
Dirección Sedeño 250, Valdivia, Región de los Ríos
Teléfono 063-2296108
Tipo de Establecimiento Atención Abierta
Complejidad Asistencial Baja Complejidad
Propietario del Prestador Ilustre Municiplaidad de Valdivia
Página Web No disponible

Acreditaciones efectuadas

Tercera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
21-12-2022 Resolución Exenta IP/N°5967 21-12-2025 Atención Abierta – Baja Complejidad AMH Calidad Salud EIRL

Segunda acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
20/02/2019 Resolución Exenta IP/N° 562 20/02/2022 Atención Abierta – Baja Complejidad Enacred SpA

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
02/07/2015 Resolución Exenta IP/N° 887 02/07/2018 Atención Abierta – Baja Complejidad Acredita Norte Chile Limitada

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace

Sanciones

Fecha de Publicación Título Resumen Enlace
27/02/2019 Resolución Exenta IF/N° 74 Se amonesta al CESFAM Las Ánimas, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el «Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y
«Urgencia Odontológica Ambulatoria», según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías.

Resolución Exenta IF/N° 74
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06/06/2011 Resolución Exenta IF/N° 434 Se amonesta al CESFAM Las Ánimas por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966
Resolución Exenta IF/N° 434
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