Imponer a la Isapre CONSALUD S.A. una multa de 800 UF (ochocientas unidades de fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas en el Título III del capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, en relación con la obligación de ejecutar todas las acciones necesarias para que las personas beneficiarias puedan acceder en forma expedita a las atenciones de salud garantizadas, y, en especial, las referidas a la obligación de mantener información actualizada de la red de prestadores GES.

Fecha emisión: 28 de mayo de 2026.

28 de mayo de 2026

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