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Resolución Exenta IF/N° 325

Se impone a la Isapre Cruz Blanca una multa de 400 UF (cuatrocientas unidades de fomento), por incumplimiento del punto 1 “Antecedentes de afiliación” del Título
I del Capítulo I del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Procedimientos de esta Superintendencia, al no exigir en forma previa a la formalización de la afiliación de 38 personas, la presentación de antecedentes enumerados en la citada normativa.

28 de junio de 2023

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Fecha y motivo de la modificación

Modificada por la Resolución Exenta IF/N° 6899 de 27/11/2023 que acoge parcialmente el recurso de reposición presentado por la Isapre Cruz Blanca en contra de la Resolución Exenta IF/N° 325 de 28/06/2023. En consecuencia, se rebaja la multa aplicada a 200 UF.