Importante
El Registro de Prestadores Individuales incluye a todos/as los/las profesionales de la salud que otorgan atención clínica a la población, según lo definido en el "Reglamento sobre los Registros relativos a los Prestadores Individuales de Salud", aprobado por el D.S. N°16, de 2007, del Ministerio de Salud, entre los que se incluye a médico-cirujanos, cirujano-dentistas, enfermeras/os, matronas/es, tecnólogos/as médicos, psicólogos/as, kinesiólogos/as, farmacéuticos/as, químico/a farmacéuticos/as, bioquímicos/as, nutricionistas, fonoaudiólogos/as, terapeutas ocupacionales y los técnicos paramédicos auxiliares regulados en el artículo 112 del Código Sanitario.
Debe tenerse presente que la inscripción en dicho Registro Público no constituye un requisito para el ejercicio de la respectiva profesión. Sin perjuicio de lo anterior, la inscripción de la respectiva habilitación constituye un requisito para el otorgamiento de las prestaciones garantizadas por el Régimen AUGE/GES (Acceso Universal a Garantías Explícitas/Garantías Explícitas en Salud) Art. 14 del D.S. N°4, 2013, MINSAL (Ministerio de Salud).
Está dirigido a:
- Médicos cirujanos y cirujanos dentistas.
- Enfermeros/as, matrones/as, tecnólogos/as médicos, psicólogos/as y kinesiólogos/as.
- Farmacéuticos/as y químico/a farmacéuticos/as, bioquímicos/as, nutricionistas, fonoaudiólogos/as, terapeutas ocupacionales y técnicos paramédicos auxiliares regulados en el artículo 112 del Código Sanitario.
El tiempo de realización dependerá de cada caso, en base al tiempo requerido por la o las fuentes oficiales para confirmar la información aportada por el o la solicitante. Es Gratuito.
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