Formulario de Constancia de Información al Paciente Ley Ricarte Soto
El Formulario de Constancia de Información al Paciente Ley Ricarte Soto es el mecanismo oficial definido por la Superintendencia de Salud para que los hospitales, clínicas, centros médicos y demás prestadores de salud registrados por el Ministerio de Salud, cumplan con la obligación legal de informar a los afiliados a ISAPRE (Institución de Salud Previsional), FONASA (Fondo Nacional de Salud), e Instituciones Previsionales de Salud de las Fuerzas Armadas (CAPREDENA, DIPRECA) y de Orden y de Seguridad Pública, la confirmación de un diagnóstico y/o tratamiento de alto costo asociado a una patología garantizada por la Ley Ricarte Soto.
Está dirigido a Prestadores de salud registrados por el Ministerio de Salud (MINSAL): Hospitales, clínicas, consultorios, centros médicos, entre otros.
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- Ser extendido en 2 ejemplares.
- Estar firmado por el prestador de salud (hospitales, clínicas, consultorios, centros médicos, entre otros) registrado por el MINSAL y por la persona beneficiaria (paciente o su representante).
- Indicar claramente el día a partir del cual tiene derecho a tales garantías.
- Entregar una copia de dicho formulario al beneficiario o beneficiaria. La otra copia debe ser resguardada por el prestador.
- Se ha confirmado el diagnóstico o tratamiento de alguna de las prestaciones garantizadas en la Ley Ricarte Soto.
- El momento a partir del cual tiene derecho a tales garantías.
- Que para tener derecho a las prestaciones garantizadas debe atenderse a través de los prestadores (hospitales, clínicas, consultorios, centros médicos, entre otros) registrados en la Red del MINSAL.
En Línea
Es responsabilidad del Prestador de Salud registrado en la Red del Minsal notificar al beneficiario o beneficiaria de la Ley, mediante el Formulario de Constancia de Información al Paciente Ley Ricarte Soto, el cual debe:- Ser extendido en 2 ejemplares.
- Estar firmado por el prestador de salud (hospitales, clínicas, consultorios, centros médicos, entre otros) registrado por el MINSAL y por la persona beneficiaria (paciente o su representante).
- Indicar claramente el día a partir del cual tiene derecho a tales garantías.
- Entregar una copia de dicho formulario al beneficiario o beneficiaria. La otra copia debe ser resguardada por el prestador.