El Formulario de Constancia de Información al Paciente Ley Ricarte Soto es el mecanismo oficial definido por la Superintendencia de Salud para que los hospitales, clínicas, centros médicos y demás prestadores de salud registrados por el Ministerio de Salud, cumplan con la obligación legal de informar a los afiliados a ISAPRE (Institución de Salud Previsional), FONASA (Fondo Nacional de Salud), e Instituciones Previsionales de Salud de las Fuerzas Armadas (CAPREDENA, DIPRECA) y de Orden y de Seguridad Pública, la confirmación de un diagnóstico y/o tratamiento de alto costo asociado a una patología garantizada por la Ley Ricarte Soto.
Está dirigido a Prestadores de salud registrados por el Ministerio de Salud (MINSAL): Hospitales, clínicas, consultorios, centros médicos, entre otros.
Es responsabilidad del Prestador de Salud registrado en la Red del Minsal notificar al beneficiario o beneficiaria de la Ley, mediante el Formulario de Constancia de Información al Paciente Ley Ricarte Soto, el cual debe:
Por internet en www.supersalud.gob.cl, está disponible el «Formulario de Constancia Información al Paciente Ley Ricarte Soto».
El resultado es la obtención del Formulario de Constancia Información al Paciente Ley Ricarte Soto.