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Avanza Proyecto en Senado: Superintendencia de Salud busca nuevas facultades para proteger a pacientes

La iniciativa permitiría arbitrar conflictos entre pacientes y prestadores, además de crear un registro público de sancionados.

9 de diciembre de 2025

Valparaíso, 9 de diciembre de 2025. Más transparencia, mayor capacidad sancionatoria y un nuevo mecanismo para resolver conflictos sin necesidad de ir a tribunales. Esas son algunas de las herramientas que busca la Superintendencia de Salud para fortalecer la protección de los derechos de las usuarias y usuarios del sistema de salud.

El Superintendente de Salud, Dr. Víctor Torres, expuso hoy estos alcances ante la Comisión de Salud del Senado, donde el proyecto de ley (Boletín 17397-11) inició su segundo trámite legislativo.

«Este proyecto responde a necesidades concretas identificadas en más de 13 años de experiencia aplicando la Ley de Derechos y Deberes», explicó Torres. «Necesitamos herramientas más efectivas para proteger a las usuarias y usuarios, especialmente para aquellas personas que no cuentan con recursos para acceder a tribunales», agregó.

Las brechas que busca cerrar

Tras más de 13 años de implementación de la Ley de Derechos y Deberes en Salud, la Superintendencia ha identificado importantes problemas que limitan su capacidad de proteger a las personas usuarias:

Falta de información: Hoy las y los pacientes no tienen acceso fácil a datos sobre precios, calidad de atención, experiencia de otras personas usuarias o sanciones aplicadas a prestadores. Esta asimetría de información dificulta tomar decisiones informadas.

Conflictos sin salida: Cuando surge un problema entre una persona paciente y un prestador, la única vía es ir a tribunales, algo que sólo quienes tienen recursos pueden hacer. Esto profundiza las inequidades en el acceso a la justicia.

Sanciones poco disuasivas: Las multas actuales son bajas y no logran modificar conductas de prestadores que incumplen la ley. Para los prestadores públicos, además, sólo existe el sumario administrativo como sanción.

Respuestas lentas: La institucionalidad actual no cuenta con procedimientos suficientemente ágiles para dar respuestas oportunas a las demandas ciudadanas.

Las principales novedades del proyecto

Arbitraje de conflictos: una alternativa a los tribunales

La gran novedad es que la Superintendencia podrá arbitrar controversias entre prestadores y pacientes, resolviendo casos concretos con criterios de prudencia y equidad. Actualmente esta facultad sólo existe para conflictos con aseguradores (Isapres y Fonasa), pero no con hospitales, clínicas o consultorios.

Esta nueva atribución permitirá descongestionar los tribunales ordinarios de justicia y que estas materias sean resueltas en una institución especializada en salud, con conocimiento técnico específico del sector y procedimientos más expeditos adaptados a la naturaleza de estos conflictos.

«El arbitraje permitirá respuestas más oportunas y justas ante conflictos con prestadores», destacó Torres ante las senadoras y senadores.

Registro público de prestadores sancionados

Se creará un registro de acceso público donde cualquier persona podrá consultar qué prestadores han sido sancionados, por qué motivo y con qué multas. La medida busca aumentar la transparencia del sistema.

Más información para las personas usuarias

Los prestadores deberán entregar información validada sobre sus precios, carteras de prestaciones, indicadores de calidad, resultados clínicos y experiencia de usuarias y usuarios. El objetivo es reducir la asimetría de información que hoy enfrentan las y los pacientes al elegir dónde atenderse.

Multas más altas

El régimen sancionatorio se fortalecerá con multas significativamente mayores y criterios de gravedad. Se establecen sanciones específicas para prestadores que:

  • No informen a las y los pacientes que son beneficiarios GES.
  • No notifiquen oportunamente casos de urgencia vital o secuela funcional grave
  • Incumplan estándares de calidad acreditados

Mayor alcance fiscalizador

La Superintendencia podrá fiscalizar no sólo a prestadores directos, sino también a cualquier entidad relacionada con el otorgamiento de prestaciones o la gestión de pagos. Además, se incorporan las y los prestadores individuales (médicos, médicas, enfermeras, enfermeros, etc.) al sistema de reclamos.

Consejo Asesor permanente

Se crea un órgano colegiado que fortalecerá la gobernanza institucional, permitiendo políticas de largo plazo y reduciendo riesgos de captura por grupos de interés o ciclos electorales.

Más plazo para reclamar

Las personas usuarias tendrán más tiempo para presentar reclamos ante la Superintendencia, facilitando el ejercicio de este derecho.

Cambios en acreditación de calidad

El proyecto también modifica los requisitos para las entidades que acreditan calidad en salud y establece nuevas sanciones ante incumplimientos, fortaleciendo la transparencia del sistema.

¿Qué leyes se modifican?

La iniciativa introduce cambios en cuatro cuerpos legales:

  • D.F.L. N°1, de 2005 (que crea la Superintendencia de Salud)
  • Ley N°20.584 (Derechos y Deberes de las Personas en Salud)
  • Ley N°19.966 (GES)
  • Ley N°20.850 (Ricarte Soto)

Los próximos pasos

La Comisión de Salud del Senado continuará analizando el proyecto en las próximas semanas, donde recibirá la opinión de expertas y expertos que propongan las senadoras y senadores. Durante la sesión de hoy, las y los senadores consultaron al Superintendente sobre la implementación práctica de estas nuevas atribuciones y su impacto en el fortalecimiento de la confianza ciudadana en las instituciones de salud.

El debate legislativo se centrará en cómo equilibrar la protección efectiva de los derechos de las personas usuarias con las capacidades operativas y recursos que requerirá la Superintendencia para implementar estas nuevas facultades.