El reajuste es permitido por disposición legal y sólo puede suceder cada tres años o, existiendo un Decreto que cree o modifique canastas de problemas de salud, antes de dicho período. El nuevo precio GES podrá ser cobrado a partir del mes en que entra en vigencia en Decreto correspondiente.
Oficina Central y Agencias regionales
Horario de atención presencial: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas /
Horario de atención telefónica: lunes a viernes de 9.00 a 16.00 horas. /
Fono 600 836 9000
Dirección Oficina Central
Alameda 1449, Torre 2, Atención de Público en Local 12, Santiago, Chile - Metro La Moneda
Dirección regiones
Ver Agencias regionales