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Alzas de precio base de las Isapres

¿Cuál es el plazo para interponer un reclamo en las Cortes de Apelaciones respectiva, mediante un recurso de protección por el alza de precio base de una Isapre?

El plazo que tiene el afiliado es de 30 días corridos contados desde la fecha en que recibió la carta de adecuación por parte de la Isapre.

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¿Cuál es el plazo para interponer un reclamo en la Superintendencia de Salud por alza de precio base?

El plazo para reclamar es hasta el último día hábil del mes de la anualidad (señalado en la carta de adecuación remitida por la Isapre), del contrato de salud, es decir, una vez que al afiliado se le ha notificado el alza por una carta de adecuación tiene aproximadamente 3 (tres) meses para reclamar ante la Superintendencia.

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¿Cuáles son las vías de ingreso para presentar un reclamo por alza de precio base de las Isapres en la Superintendencia de Salud?

La Superintendencia dispone de los siguientes canales de comunicación para recibir los reclamos por alza de precio base de las isapres:

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¿Hasta qué fecha la Isapre puede comunicar a un afiliado el alza de precio base?

La Isapre debe comunicar el alza al afiliado con al menos 3 (tres) meses de anticipación al vencimiento de la anualidad del contrato de salud.

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¿Qué debo hacer si una Isapre me envía un correo electrónico (email) comunicando que aplicará el alza del precio base del plan de salud para la anualidad correspondiente al período julio 2015 a junio 2017?

Deberá esperar que la Isapre le remita formalmente por correo postal a su domicilio - registrado en su contrato- la Carta de Adecuación, posteriormente podrá evaluar las siguiente opciones: mantener su plan de salud o cambiarse de plan dentro de la misma Isapre; ponerle término al contrato de salud; ir a las Cortes de Apelaciones respectivas, o reclamar ante la Superintendencia de Salud. Si opta por esta última opción, necesariamente se deberá adjuntar al reclamo lo siguiente: Carta de Adecuación íntegra (copia de todas sus páginas) y Cédula de Identidad por ambos lados.

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¿Qué pasa con el alza del precio base mientras no se resuelva el reclamo presentado en la Superintendencia de Salud?

Mientras se resuelve el reclamo en la Superintendencia, la Isapre puede aplicar el alza de precio base, sin embargo, una vez resuelto éste, la Isapre deberá restituir las diferencias de cotizaciones que se produzcan durante el período de resolución del reclamo.

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¿Si un afiliado tiene un plan compensado, matrimonial o familiar, y recibe la carta de adecuación de una Isapre, quien debe reclamar?

Deben reclamar ambas personas afiliadas al plan compensado, matrimonial o familiar, porque son contratos individuales.

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