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Leyes

Circular IF/N°396

Imparte instrucciones acerca de las coberturas y acceso para las atenciones de salud mental en Isapres conforme a la ley. 21.331. El objetivo de la presente circular es ajustar las normas administrativas vigentes sobre la cobertura que debe otorgar el plan de salud a las atenciones de salud mental, conforme la Ley N°21.331, asegurándose así que los nuevos planes de salud suscritos no otorguen a estas prestaciones una cobertura inferior a la que se contempla para las enfermedades físicas, como también eliminar las preguntas de la Declaración de Salud relativas a enfermedades mentales o discapacidades psíquicas o intelectuales. Modifica el Compendio de Beneficios, Procedimientos e Instrumentos Contractuales. Las disposiciones contenidas en los numerales IV Nº1 y V de la presente Circular, relativos a la Declaración de Salud, comenzarán a regir a contar del día lunes 3 de enero de 2022. Las disposiciones contenidas en los numerales III y IV Nº2 de la presente Circular, sobre planes de salud y cobertura, comenzarán a regir a contar del día martes 1 de marzo de 2022.

08 de noviembre de 2021

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