Boletín Aldea Salud Nº43

Alzas anuales en los precios base de tu Isapre. ¿Sabes qué hacer ante los cambios en los valores de tu plan?

Cada año, las Isapres tienen la facultad de revisar los contratos de salud y modificar el precio base del plan del afiliado/a. A esto se le llama "adecuación del contrato". Como en años anteriores, la Superintendencia de Salud fiscalizará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 198 del DFL N°1, de 2005, de Salud, que regula las alzas de precios de las isapres.

Boletín Nº43

Alzas anuales en los precios base de tu Isapre

¿Sabes qué hacer ante los cambios en los valores de tu plan?

Gráfico Isapres

Cada año, las Isapres tienen la facultad de revisar los contratos de salud y modificar el precio base del plan del afiliado/a. A esto se le llama "adecuación del contrato". Como en años anteriores, la Superintendencia de Salud fiscalizará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 198 del DFL N°1, de 2005, de Salud, que regula las alzas de precios de las isapres.

¡Tienes el derecho a conocer anticipadamente el alza de tu plan!

La isapre deberá comunicar a cada afiliado/a el alza del precio base del plan a través de una carta certificada con 3 meses de anticipación al cumplimiento de la anualidad del contrato (mes en el que se firmó el contrato), por lo cual es muy importante que mantengas actualizada tu dirección en la isapre. Ver más

Opciones que tienes como afiliado/a tras conocer el alza del precio base de tu plan:

  1. Aceptar la propuesta de alza de precio efectuada por la Isapre, es decir, mantener el plan con los mismos beneficios e iguales coberturas, pero a un valor mayor.
  2. Cambiar de plan dentro de la misma isapre, migrando a uno que se ajuste de mejor forma a tu cotización actual.
  3. Ponerle término al contrato para cambiarte de Isapre (opción válida sólo para cotizantes no cautivos) o incorporarte al Fonasa.
  4. Reclamar ante la Isapre y luego ante la Superintendencia de Salud (opción válida sólo para cotizantes cautivos).

Ver más

Reclamo para cotizantes cautivos: ¿cuál es el plazo para reclamar?

  • Si tú o alguna de tus cargas están cautivos en la isapre por edad (mayores de 60 años) o condición de salud (enfermedades preexistentes que te impidan cambiarte o embarazada) puedes reclamar por escrito ante la Isapre antes de que expire el plazo que tiene para pronunciarse sobre el proceso de adecuación (último día hábil del mes de cumplimiento de la anualidad de tu contrato).
  • La Isapre deberá responderte en el plazo de 15 días hábiles.
  • Si no quedas conforme con la respuesta o si no recibes respuesta de la Isapre, podrás solicitar por escrito ante esta Superintendencia que se revise el alza aplicada. Ver más

Síguenos en:

Facebook y TwitterTe informaremos acerca de tus derechos y deberes en salud, los servicios, novedades de la institución y mucho más.

Visítanos:

La Superintendencia de Salud dispone de varias modalidades de contacto para recibir tus consultas, reclamos y sugerencias. Puedes concurrir personalmente a nuestras oficinas en Santiago y regiones, comunicarte telefónicamente o hacerlo a través de internet o correo postal tradicional.

www.supersalud.cl / 600 836 9000

Para desuscribirse click aquíPolíticas de Privacidad