Boletín Aldea Salud Nº35

Acuerdo del TC sobre derogación parcial de norma que regula la tabla de factores

El dictamen declara la inconstitucionalidad de parte del artículo que regula la forma de estructurar la tabla de factores de riesgo, uno de los mecanismos de determinación del precio de los planes de salud de los cotizantes de isapres según sexo y grupo etáreo. Tras la dictación del fallo, la Superintendencia de Salud estudiará sus alcances e instruirá las medidas que correspondan y fiscalizará el cumplimiento de lo instruido.

Aldea Salud/Boletín N°35 – Agosto 2010/ Superintendencia de Salud del Gobierno de Chile

Acuerdo del Tribunal Constitucional sobre la derogación parcial de la norma que regula la tabla de factores

El dictamen declara la inconstitucionalidad de una parte del artículo 199 del DFL N°1 de Salud, de 2005 (antiguo artículo 38 ter de la ley N°18.933), que regula la forma de estructurar la tabla de factores de riesgo, uno de los mecanismos de determinación del precio de los planes de salud de los cotizantes de isapres según sexo y grupo etáreo. Habrá que esperar la dictación del fallo para que la Superintendencia de Salud estudie sus alcances para instruir las medidas que correspondan y fiscalizar el cumplimiento de lo instruido.

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¿Qué es la tabla de factores de riesgo?

La tabla es un mecanismo diseñado por la isapre que contempla factores según la edad, sexo y condición de cotizante o carga, que se pacta por las partes al suscribir el contrato de salud y cuyo objetivo es establecer la variación del precio a lo largo del ciclo de vida de los beneficiarios, al multiplicarse los factores correspondientes a ellos por el precio base del plan.

Dicha tabla no puede sufrir variaciones en tanto la persona permanezca adscrita a ese plan.

Vea además

VisítenosLa Superintendencia de Salud dispone de varias modalidades de contacto para recibir sus consultas, reclamos y sugerencias. Puede concurrir personalmente a nuestras oficinas en Santiago y regiones, comunicarse telefónicamente o hacerlo a través de internet o correo postal tradicional.

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El dictamen declara la inconstitucionalidad de una parte del artículo 199 del DFL N°1 de Salud, de 2005 (antiguo artículo 38 ter de la ley N°18.933), que regula la forma de estructurar la tabla de factores de riesgo, uno de los mecanismos de determinación del precio de los planes de salud de los cotizantes de isapres según sexo y grupo etáreo. Habrá que esperar la dictación del fallo para que la Superintendencia de Salud estudie sus alcances para instruir las medidas que correspondan y fiscalizar el cumplimiento de lo instruido.

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¿Qué es la tabla de factores de riesgo?

La tabla es un mecanismo diseñado por la isapre que contempla factores según la edad, sexo y condición de cotizante o carga, que se pacta por las partes al suscribir el contrato de salud y cuyo objetivo es establecer la variación del precio a lo largo del ciclo de vida de los beneficiarios, al multiplicarse los factores correspondientes a ellos por el precio base del plan.

Dicha tabla no puede sufrir variaciones en tanto la persona permanezca adscrita a ese plan.

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