N° de registro | 705 |
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Nombre | Hospital Naval Almirante Nef |
Rut | 61.102.017-1 |
Dirección | Subida Alessandri S/N, Viña del Mar, Región de Valparaíso |
Teléfono | 32-2573000 / 32-2573034 |
Tipo de Establecimiento | Atención Cerrada |
Complejidad Asistencial | Alta Complejidad |
Propietario del Prestador | Armada de Chile |
Página Web | www.hospitalnaval.cl |
Nombre | Boris Sánchez Manríquez |
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Rut | 9.136.920-6 |
Profesión | Capitán de Navío |
Domicilio |
Avenida Jorge Montt N°11700, Viña del Mar, Región de Valparaíso |
Correo electrónico | bsanchez@sanidadnaval.cl |
Fecha Resolución | Resolución | Vigencia de la acreditación | Estandar de Acreditación Evaluado | Entidad acreditadora |
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11-02-2020 | Resolución Exenta IP/N°620 | 11-02-2023 | Atención Cerrada- Alta Complejidad | EvaluaQ Limitada |
Fecha de publicación | Titulo | Resumen | Enlace |
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06-10-2020 | Resolución Exenta IP/ N° 4015 | Resolución que ordena modificar la inscripción N° 705 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador "Hospital Naval Almirante Nef", respecto a la actualización de información relacionada con sus números de contacto telefónico. | Descargar |
Fecha de publicación | Titulo | Resumen | Enlace |
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Fecha | Título | Resumen | Descargar |
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29/06/2011 | Resolución Exenta IF/N° 482 | Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 | ![]() |
29/04/2020 | Resolución Exenta IF/N° 231 | Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Van Büren, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. | ![]() |
01/03/2013 | Resolución Exenta IF N° 178 | Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | ![]() |
28/03/2012 | Resolución Exenta IF N° 224 | Se amonesta al Hospital Carlos Van Buren, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. | ![]() |
15/02/2018 | Resolución Exenta IF/N° 75 | Se amonesta al Hospital Dr. Carlos Van Büren, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. | ![]() |