Nacional

Clínica Puerto Varas

acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado,Clínica Puerto Varas

Datos del Prestador

N° de registro 645
Nombre Clínica Puerto Varas
Rut 76.489.841-9
Dirección Otto Bader N° 810, Puerto Varas, Región de Los Lagos
Teléfono 652333550
Tipo de Establecimiento Atención Cerrada
Complejidad Asistencial Alta Complejidad
Propietario del Prestador Clínica de Puerto Varas SpA
Página Web www.clinicapv.cl

Representante Legal

Nombre María del Pilar Santa María Valdés
Rut 15.639.925-6
Profesión Ingeniero Comercial
Domicilio Otto Bader N° 810, Puerto Varas, Región de Los Lagos
Correo electrónico psantamaria@clinicapv.cl

Acreditaciones efectuadas

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
19/08/2019 Resolución Exenta IP/N° 2532 19/08/2022 Atención Cerrada - Alta Complejidad EvaluaQ Limitada

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
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Sanciones

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
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acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado,Clínica Puerto Varas
FechaTítuloResumenDescargar
22/11/2019Resolución Exenta IF/N° 1003Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Puerto Varas", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.Resolución Exenta IF/N° 1003
28/12/2017Resolución Exenta IF/N° 420Impónese a la Clínica Puerto Varas una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso.Resolución Exenta IF/N° 420
31/10/2018Resolución Exenta IF/N° 446Impónese una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica Puerto Varas, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.Resolución Exenta IF/N° 446