N° de registro | 148 |
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Nombre | Hospital Claudio Vicuña |
Rut | 61.602.126-5 |
Dirección | Carmen Guerrero 945, San Antonio, Región de Valparaíso |
Teléfono | 35-2206162 |
Tipo de Establecimiento | Atención Cerrada |
Complejidad Asistencial | Alta Complejidad |
Propietario del Prestador | Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio |
Página Web | www.hcv.cl |
Nombre | MRobero Paul Rojas Iglesias |
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Rut | 6.339.384-3 |
Profesión | Médico Cirujano |
Domicilio | Carmen Guerrero 945, San Antonio, Región de Valparaíso |
Correo electrónico | director.hcv@redsalud.gov.cl |
Fecha Resolución | Resolución | Vigencia de la acreditación | Estandar de Acreditación Evaluado | Entidad acreditadora |
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15/04/2019 | Resolución Exenta IP/N°1068 | 15/04/2022 | Atención Cerrada- Alta Complejidad | Acredita Chile SpA |
Fecha Resolución | Resolución | Vigencia de la acreditación | Estandar de Acreditación Evaluado | Entidad acreditadora |
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23/09/2015 | Resolución Exenta IP/N°1240 | 23/09/2018 | Atención Cerrada- Alta Complejidad | Acredita Norte Chile Limitada |
Fecha de publicación | Titulo | Resumen | Enlace |
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28/10/2015 | Resolución Exenta IP/N°1407 | Modifica la Resolución Exenta IP/ N° 1240 del 23/09/2015, rectifíquese el nombre del Prestador Institucional aludido en la referida resolución, donde dice "HOSPITAL DR. CLAUDIO VICUÑA" debe decir "HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA", en todo lo demás manténgase vigente la referida resolución. La misma rectificación se debe realizar en el Registro de Prestadores de Salud Acreditados. | Descargar |
Fecha de publicación | Titulo | Resumen | Enlace |
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Fecha | Título | Resumen | Descargar |
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17/05/2019 | Resolución Exenta IF/N° 352 | Se amonesta al Hospital Claudio Vicuña, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. | ![]() |
29/04/2020 | Resolución Exenta IF/N° 223 | Se amonesta al Hospital Claudio Vicuña, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. | ![]() |
03/02/2015 | Resolución Exenta IF N°38 | Se amonesta al Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, por el incumplimiento de la obligación de informar a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, la forma prevista en el prtículo 24 de la Ley No19. 966 y en el T1tulo IV del Capitulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/No 77, de 2008, esto es dejando constancia escrita de dicha situación en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES. | ![]() |