Nacional

Centro de Salud Familiar Los Volcanes

acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado, Centro de Salud Familiar Los Volvcanes

Datos del Prestador

N° de registro 142
Nombre Centro de Salud Familiar Los Volcanes
Rut 69.270.200-k
Dirección Calle Los Cóndores No 155, Villa Chiloé, Chillán, Región de Ñuble
Teléfono 042-2831410
Tipo de Establecimiento Atención Abierta
Complejidad Asistencial Baja Complejidad
Propietario del Prestador Ilustre Municipalidad de Chillán Dirección de Salud Municipal
Página Web www.cesfamlosvolcanes.cl

Representante Legal

Nombre Camilo Benavente Jimenez
Rut 10.734.673-2
Profesión Periodista
Domicilio 18 de Septiembre N°510, Chillán, Región de Ñuble
Correo electrónico cbenavente@municipalidadchillan.cl

Acreditaciones efectuadas

Tercera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
26-01-2023 Resolución Exenta IP/N°468 26-01-2026 Atención Abierta - Baja Complejidad ACA Limitada

Segunda acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
04-01-2019 Resolución Exenta IP/N°41 04-01-2022 Atención Abierta - Baja Complejidad Acredita Norte Chile Limitada

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estandar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
11/08/2015 Resolución Exenta IP/N°1049 11/08/2018 Atención Abierta - Baja Complejidad SALUDMANAGEMENT S.A

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
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Sanciones

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
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acreditación, intendencia de prestadores, prestador acreditado, Centro de Salud Familiar Los Volvcanes
FechaTítuloResumenDescargar
04/07/2012Resolución Exenta IF N° 411Se amonesta al CESFAM Los Volcanes, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.Resolución Exenta IF N° 411
20/02/2014Resolución Exenta IF N° 85Se amonesta al CESFAM Los Volcanes, por el Incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en la normativa.Resolución Exenta IF N° 85
11/10/2019Resolución Exenta IF/N° 933Se amonesta al CESFAM Los Volcanes de Villarrica, por el Incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ella en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología a condición de salud amparada por dichas garantías.Resolución Exenta IF/N° 933